Gobierno presidencial
Enviado por rapucell • 19 de Octubre de 2011 • Examen • 702 Palabras (3 Páginas) • 759 Visitas
CLASES DE GOBIERNOS
SILVIA PATRICIA CORDOBA RAMIREZ
COD: 2006262536
UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
AREA: ADMINISTRACION Y FINANZAS PUBLICAS
NEIVA-HUILA
15/JULIO/2011
PAISES CON GOBIERNOS PRESIDENCIALES
Afganistán, Argentina, Bielorrusia, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Chipre, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Estados, Unidos, Filipinas, Guatemala, Honduras, Indonesia, Kenia, México, Nicaragua, Nigeria, Panamá, Paraguay, Perú, Seychelles, Surinam, Tanzania, Uganda, Uruguay, Venezuela y Zambia.
PAISES CON GOBIERNOS PARLAMETARISTAS
REPUBLICAS:
Alemania, Italia, Polonia, Suiza, Letonia, Austria, Hungría, Rep. Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Croacia, Bosnia H, Bulgaria, Grecia e Israel.
MONARQUIAS;
Reino Unido, Canadá (bajo la corona del Reino Unido), Suecia, Holanda, Noruega, Dinamarca, Bélgica, Luxemburgo, España, Japón, India (bajo la corona del Reino Unido), Australia (bajo la corona del Reino Unido).
PAISES CON GOBIERNOS MIXTOS
República Romana
El gobierno es mixto porque al enfocarnos en los cónsules, el régimen es monárquico; al tomar en cuenta al Senado, es aristocrático; al mirar los Comicios, es democrático. Este sistema constitucional engendra un armonioso equilibrio que asegura a la vez la fuerza del Estado y la dignidad de vida de los ciudadanos".
Sin embargo este sistema sólo tiene las apariencias de una igualdad republicana, en efecto, el gobierno está en manos de la nobleza senatorial que se configura cada vez más en una oligarquía más cerrada y exclusiva...
Monarquía limitada
En este régimen se combina el principio monocrático del gobierno del monarca con participación en el poder de una aristocracia nobiliaria y hereditaria que forma la Cámara Alta, y una Plutocracia censitaria que designa la Cámara Baja, y tenida por representante de la nación entera.
Se trata de un sistema intermedio entre la Monarquía Absoluta y el Parlamentarismo dualista. Este fue el sistema adoptado en la Gran Bretaña de 1689.
La totalidad del poder de gobierno pertenece al monarca, y el poder legislativo pertenece al Parlamento bajo reserva del poder reglamentario que posee el monarca. Este monarca, gobierna solo o con sus ministros, que sólo son responsables ante él, pero no ante el Parlamento. En cambio, una o las dos cámaras pueden ser disueltas por el monarca, pero normalmente sólo la cámara elegida puede serlo, pues la otra, según el esquema histórico puede ser obligada por la sola amenaza de nombramiento efectivo de una hornada de pares nuevos y dóciles. Este derecho de disolución incondicional de la cámara elegida,
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