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Introducción al estudio de las Sociedades.


Enviado por   •  2 de Junio de 2015  •  Tesis  •  2.577 Palabras (11 Páginas)  •  202 Visitas

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1. Introducción al estudio de las Sociedades.

La palabra sociedad del latín societas (de secius) que significa reunión, comunidad, compañía, se puede definir metafísicamente como la unión moral de seres inteligentes de acuerdo estable y eficaz para conseguir un fin conocido y querido por todos. Se dice que la sociedad es unión moral porque requiere del acuerdo libre e inteligente de varios hombres para conseguir un fin común. El fin puede ser de muy diversa naturaleza: mercantil, política, cultural, educativa, recreativa, etc., pero en todo caso se exige para la existencia de la sociedad, que se dé el consentimiento de alcanzar entre todos los socios ese fin.

Una sociedad se puede definir como un conjunto de relaciones que se establecen entre los individuos y grupos con la finalidad de constituir cierto tipo de colectividad, estructurada en campos definidos de actuación en los que se regulan los procesos de pertenencia, adaptación, participación, comportamiento, autoridad, burocracia, conflicto y otros.

El concepto de sociedad se ha empleado en las ciencias sociales de todas las épocas con significado y fundamentación diferente: en Roma se utilizaba para definir un grupo constituido por decisión voluntaria con finalidad compartida. El filósofo griego Aristóteles consideró a la sociedad como organismo vivo, concepción que el teólogo italiano Tomás de Aquino completó y desarrolló como totalidad orgánica propia, base del pensamiento social cristiano: los individuos que la componen son partes de un todo, regulado por fuerzas trascendentes.

Creación de sociedades mercantiles en Venezuela

Una sociedad es un contrato realizado entre dos o más personas para constituir o crear un vínculo jurídico. Dicho contrato de ser bilateral, es decir que genere a sus participantes derechos y obligaciones entre ellos. Las personas que contratan dar una aporte ya sea otorgando la propiedad de ciertos bienes u otorgando uso de ciertos activos o con la sesión de su propio negocio o industria, con el fin de conseguir un objetivo que es el mismo entre todos los participantes de la sociedad. (Esto según lo establecido en el código de civil).

CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES

Las sociedades se clasifican de acuerdo a las actividades que ellas realicen para lograr el objetivo por el cual fueron creadas, de esta manera se pueden clasificar en: civiles, mercantiles, y un caso muy en particular que son las cooperativas que desde me criterio deberían ser considerada como una sociedad civil o de personas.

SOCIEDAD Civil O DE PERSONAS: Tiene por objeto actos civiles, o un fin económico común de carácter civil. En estas sociedades los socios no son responsables solidaros de las deudas sociales, sino por una cantidad equivalente a la división de las mismas entre numero socios, aunque la participación de algunos de sus integrantes en la sociedad inferior a la de otros.

Esta norma no rige: a) Para las sociedades que son de naturaleza civil por disposición de leyes especiales, como sucede con las sociedades mineras, que son de naturaleza civil por disposición de la Ley de Minas, aun cuando deben constituirse en la forma establecida por el Código de Comercio. b) Para las sociedades que se dedican exclusivamente a la explotación agrícola o pecuaria.

COOPERATIVAS: Son una especie de sociedad que legalmente no se consideran civil ni mercantil ellas se rigen por una ley especial. Su fin teóricamente conlleva en obtener el mejoramiento social y económico de los asociados, fin que tratan mediante la acción conjunta de los socios (al igual que las sociedades civiles) en la realización de una obra colectiva.

SOCIEDADES MERCANTILES: El artículo 200 del código de comercio las define como aquellas sociedades que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Estas se dividen en: Sociedades en Nombre Colectivo, Sociedades en Comandita Simple y Comandita en Acciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada y las más comunes actualmente las Sociedades Anónimas. Cada una tiene sus particularidades contenidas en el Código de Comercio.

DEFINICIÓN:

Concepto de sociedad.

Concepto amplio y estricto.

¿Cómo surge una sociedad? Surge como un contrato entre varias partes. Ese contrato tiene como finalidad crear una entidad que tendrá una determinada organización. En ese contrato se regularán todos los aspectos de La sociedad.

Concepto estricto El Código de Comercio afirma que el contrato de sociedad es aquel en el que 2 o más personas se obligan a Poner en común bienes, servicios o alguna de las dos, con ánimo de lucro, es decir, de repartirse las ganancias.

El ánimo de lucro es la principal finalidad de la sociedad según el concepto estricto.

Características de esta Concepción estricta:

- Es un contrato en el que pueden participar dos o más personas, es decir, es plurilateral

- Los socios tienen que poner a disposición de la sociedad bienes o servicios que van a constituir un Fondo común, es decir, el capital social se exige la colaboración por parte de los socios en el ejercicio de una actividad económica común

Concepto amplio: Una sociedad no tiene por qué tener como finalidad el ánimo del lucro sino que puede tener el interés de Organizarse.

La sociedad civil es el término con el que se alude a las instituciones que

Ocupan el espacio público intermedio entre el gobierno y lo familiar, o lo

Estrictamente privado; Las organizaciones de la sociedad civil pueden ser catalogadas de agrupaciones mediadoras mientras respondan a necesidades y expectativas previstas por los socios.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y BASES LEGALES.

-Las Sociedades Civiles: se encuentran reguladas en el Código Civil, adquieren personalidad jurídica propia y se caracterizan por perseguir un fin económico (lucrativo) con la ejecución en forma habitual de actividades consideradas por las leyes como civiles. La Ley no establece mayores formalidades para su constitución.

La responsabilidad de los socios se limita estrictamente a la participación que cada uno de ellos tenga en la sociedad, no tienen solidaridad en las obligaciones. Este tipo de sociedades es mayormente utilizado por los profesionales en ejercicio de su profesión como, por ejemplo, las firmas de abogados, contadores públicos, economistas, médicos (las propias clínicas privadas), etc.

CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES:

4.1.-SOCIEDADES CIVILES. Es un contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir entre si las ganancias.

Las principales características de la Sociedad Civil son que pueden haber dos tipos de socios: socios y socios industriales, quienes aportan el capital, tanto en dinero como en bienes o industria.

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