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INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO


Enviado por   •  11 de Enero de 2013  •  Trabajo  •  24.123 Palabras (97 Páginas)  •  419 Visitas

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INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO

INTRODUCCION

Hay sin duda una relación muy estrecha entre derecho y sociedad. Radica en la propia naturaleza del derecho que es eminentemente social. El derecho es creado por la sociedad y consecuentemente forma parte de ella.

Esta relación entre derecho y sociedad puede también ser explicada a través del hombre, pues el derecho está dirigido al ser humano no considerándolo como un ser aislado, encerrado en sí mismo y desconectado de los demás, sino como a un ente integrado que vive en sociedad; es decir en relación permanente con sus semejantes.

De este modo y juntando las perspectivas de la naturaleza social de derecho y del ser humano, puede afirmarse como una idea de justificación inicial del tema que así como no es factible pensar en una sociedad sin ser humano; tampoco es admisible pensar en una sociedad sin derecho.

1.- DERECHO Y SOCIEDAD

La sociedad se concibe como la organización de convivencia humana en la que cada persona está en posibilidad de realizar en identidad individual y su ser colectivo; en todas las formas sociales –familia, asociación, clase social, municipio, Estado y comunidad internacional- destaca la interacción social como la forma determinante a través de la cual se generan las relaciones entre los hombres.

La interacción social se caracteriza como hechos de influencia recíproca entre dos o más conductas humanas con sentido, influencia reciproca que puede producirse en presencia o a distancia, con conciencia más o menos clara, pero siempre a través de fenómenos psicológicos; la interacción es la esencia misma de la sociedad. Sin embargo, de estas interrelaciones surge la necesidad de que las mismas sean reguladas para que haya armonía, es por ello, que casi todas las actividades del ser humano están regidas y consideradas por el Derecho; por ejemplo, su profesión, su empleo, lo que se compra, lo que se vende, lo que se da u obtiene prestado, la propiedad, el matrimonio, etc. El Derecho señala las reglas a que debe sujetarse el registro de un niño recién nacido, la patria potestad, la ciudadanía, la elaboración de testamentos, entre otros.

LAS RELACIONES ENTRE EL DERECHO Y LA SOCIEDAD

A modo de formulaciones básicas, mencionamos los siguientes:

A). El derecho al normar, al regular las relaciones sociales las delimita, las precisa, las fija y las convierte en relaciones jurídicas.

B). La sociedad es el sistema, el todo; el derecho es solo un subsistema, una parte de aquella.

C). Los cambios sociales conducen al cambio del derecho.

D). El derecho contribuye a la formación y conservación de la sociedad y establece con ella las condiciones para el bienestar común y el desarrollo del grupo.

E). El derecho organiza la sociedad y realiza en beneficio de sus miembros la justicia como la razón de ser.

EL SER HUMANO Y EL DERECHO.

Bueno yo creo que al hablar de individuo y de derecho lo referimos también a la sociedad entonces me permito citar una parte del texto de la función del derecho.

Sabemos que la sola presencia de la palabra derecho, nos indica que existe un fenómeno al cual aludimos, estemos conscientes o no de su existencia, que este es de naturaleza social y que su presencia se acrecienta en la medida en que sea mayor la trascendencia de nuestros actos, al vincularnos de uno u otro modo con los demás miembros del grupo social. el hombre cabria afirmar que está condenado a vivir en sociedad, esa es su dimensión existencial, dado como se expresa Recasens Siches, el ser humano requiere una interpretación inicial del mundo en que se halla y es incapaz de satisfacer por si mismo todas sus necesidades. Ambas circunstancias nos constriñen, mas allá de nuestra conciencia y voluntad a desenvolvernos dentro de un grupo colectivo dentro del cual nacemos o nos desarrollamos. En el mismo sentido se expresa Trinidad García, cuando afirma: Normalmente, la vida del hombre se desarrolla en sociedad, porque así lo imponen las leyes de la naturaleza a que está sujeta nuestra especie. La vida humana es vida de relación; las actividades de los hombres se desenvuelven las unas alado de las otras, bien tendiendo a alcanzar propósitos independientes entre sí, o un común objeto, bien persiguiendo por los medios encontrados fines opuestos y dando nacimiento a inevitables conflictos. La explicación del porqué y para que de la vida en sociedad tiene, evidentemente, un carácter antropológico: el hombre para ser y desarrollarse como tal, requiere de la sociedad. De hecho su concepción del mundo y de su mera supervivencia está dados siempre e inicialmente por aquella. El hombre en ese sentido, en ser un ser social por necesidad. ¿Para qué sirve el derecho?, sirve para establecer el orden, la paz; conseguir el bien común y proporcionar la seguridad jurídica.

1.1.2 REGLAS INTERNAS Y EXTERNAS La obligación moral se define como la presión que ejerce la razón sobre la voluntad, enfrente de un valor. Por ello, está lejos de ser una presión originada en la autoridad, o en la sociedad, o en el inconsciente, o en el miedo al castigo. La obligación moral no es la obligación que se siente por la presión EXTERNA, ni mucho menos ese tipo de acción psíquica originada por el inconsciente. Cuando una persona capta un valor con su inteligencia, se ve solicitada por dicho valor, y entonces la inteligencia propone a la voluntad la realización de tal valor. Pero la inteligencia presiona suavemente, sin suprimir el libre albedrío; simplemente ve una necesidad objetiva y como tal la propone a la voluntad para su realización. La base de la obligación, es la razón frente a un valor que puede ser INTERNO Y EXTERNO. Por esto se dice que el fundamento próximo de la obligación moral es el valor. Y no solo en el plano subjetivo, sino que también en el plano objetivo, ya que, la ley es la expresión de un valor originada en la razón. Esta misma ley la cualidad de producir en el sujeto, que se guía por su recta razón, el sentimiento de obligación. A esto se le llama obligatoriedad de la ley, propiedad típica y que se deduce a partir del valor expresado por ella. En otras palabras: el hombre, con su razón, trasciende al plano de los hechos y percibe el valor de las leyes, con esto el mismo se impone una obligación o exigencia de tipo racional, sin menospreciar su libre albedrío y su autonomía. Esta es la fundamentación inmediata de la obligación moral. Si conceptualizamos al Derecho como un conjunto de normas de conducta, debemos analizar su objeto: la norma. Entendida de dos formas:

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