JUICIO POLÍTICO
Enviado por nancy084 • 17 de Julio de 2014 • 372 Palabras (2 Páginas) • 353 Visitas
Sujetos, sanciones y órganos encargados de sustanciar el juicio político.
De acuerdo con el ordenamiento constitucional, podrán ser sujetos de juicio político los:
Senadores y diputados al Congreso de la Unión,
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
Los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho,
Los jefes de Departamento Administrativo,
Los diputados a la Asamblea del Distrito Federal,
El Procurador General de la República,
El Procurador General de Justicia del Distrito Federal,
Los magistrados de Circuito y jueces de Distrito,
Los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal,
Los consejeros de la Judicatura del Distrito Federal,
El consejero Presidente, los consejeros Electorales,
Y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral,
Los magistrados del Tribunal Electoral,
Los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados,
Empresas de participación estatal mayoritaria,
Sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.
Sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos del título cuarto de la constitución, por violaciones graves a la misma, así como a las leyes federales y por el manejo indebido de fondos y recursos federales:
Los gobernadores de los estados,
Diputados locales,
Magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y,
Los miembros de los consejeros de las judicaturas locales,
En este caso la resolución del Congreso será únicamente declarativa, la cual se comunicará a la Legislatura local respectiva, para que, en ejercicio de sus atribuciones, proceda conforme a la ley.
Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
Por ejemplo:
o El ataque a las instituciones democráticas;
o El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal;
o Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales;
o El ataque a la libertad del sufragio;
o La usurpación de atribuciones, etc
Sanciones y resoluciones
“Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público”.
NOTA:
El juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo,
cargo o comisión,
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