ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LA PROFESIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL PERÚ HISTORIA


Enviado por   •  22 de Mayo de 2015  •  9.088 Palabras (37 Páginas)  •  1.282 Visitas

Página 1 de 37

LA PROFESIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL PERÚ

HISTORIA

En nuestra incipiente república el contador mantuvo los lineamientos generales de la colonia y es entre el siglo XVIII y XIX cuando emigraron al Perú capitales y técnicos de los países europeos que dan lugar a la formación de los primeros bancos. Se inicia, una nueva corriente en la práctica de llevar libros contables, de una parte los bancos, las empresas y negocios y de otra parte el estado, que captura tributos.

Un grupo de contadores deciden organizarse corporativamente y solicitan la intervención de la cámara de comercio para constituir el instituto de contadores del Perú (31 de Octubre de 1900), que vendría a resultar la primera institución profesional de contadores en el Perú.

En 1930 con la exigencia de mayor información financiera que las empresas remitirán a los bancos, hace necesario que el contador se adecúe a las nuevas necesidades de la administración científica.

En 1935 el instituto de contadores del Perú organiza el primer congreso nacional de contadores con la asistencia de delegaciones de los países de América y Europa.

Intervinieron en el feliz éxito del congreso los contadores: Teodoro C. Noel, Guillermo Basombrio, Felipe m. Boiset y Benjamín Callirgos Balbuena.

A partir de 1936 en las escuelas de educación secundaria comercial se norman los estudios para obtener el título de contador mercantil. Igualmente la universidad nacional mayor de san marcos, universidad católica y la universidad san Agustín apertura las primeras escuelas superiores de contabilidad.

En 1942 egresan los primeros contadores públicos, a quienes se les considera los fundadores del colegio de contadores públicos del Perú.

PRIMER CONTADOR PÚBLICO DEL PERÚ:

LUIS BURGA FARRO (1900 – 1996)

Don Luis Burga Farro nació en Chepén, Departamento de La Libertad un 26 de julio de 1900.

En 1918 terminó sus estudios secundarios en el Ex-instituto Moderno de Trujillo.

En 1919 inició una intensa carrera por las Ciencias Comerciales y la Contabilidad.

En 1937 egreso de la sección comercial recibiéndose como Contador Público.

El 03 de septiembre de 1938 era el primer título profesional que otorgaba una universidad en el Perú.

La universidad lo incorpora como docente en 1938 y en 1942 se le encarga la reorganización de la Escuela de Ciencias Económicas Comerciales, posteriormente fue nombrado Director.

Se gradúa de Doctor en Ciencias Económicas en la facultad del mismo nombre en la Universidad Nacional de Trujillo en 1963, colegiado en el Colegio de Contadores Públicos de La Libertad, Colegio de Economistas y Colegio de Licenciados en Administración. Se le distinguió como miembro extraordinario del Colegio de Licenciados en Administración de La Libertad, miembro honorario del Colegio de Contadores Públicos de La Libertad y de Lima; contador emérito del Perú según resolución del II Congreso Nacional de Contadores Públicos que se realizó en Lima en el año de 1968; profesor emérito de la Universidad Nacional de Trujillo designado el año de 1970 por los importantes servicios prestados por más de treinta años en la docencia universitaria.

A la edad de 96 años falleció el 23 de octubre de 1996 en la ciudad de Trujillo y fue trasladado al Cementerio de Miraflores.

EL CONTADOR PÚBLICO

El contador público es un profesional con conocimientos científicos, tecnológicos y humanísticos, cuya actividad en la sociedad le permite comprender, valorar, promover el cambio y el desarrollo socio-económico del país.

Es quien organiza y supervisa los sistemas contables de las empresas, garantizando la seguridad del patrimonio y la información veraz de los resultados de la gestión empresarial, determinando los procedimientos y normas de control, archivo y teneduría de libros más adecuados. Es un investigador por excelencia; expositivo, sociable y de amplia cultura, su profesión es de carácter liberal y de extracción universitaria por la formación teórica y la instrucción técnica que se dan únicamente en la universidad. Otras funciones importantes del profesional es la de asesorar a los ejecutivos sobre problemas financieros; además de, organizar, dirigir, controlar y evaluar el Proceso de Contabilidad de las empresas públicas o privadas que permite la mejor toma de decisiones. Para ser contador, la universidad mantiene una estricta enseñanza a través de diversas asignaturas, lo cual le permite un elevado conocimiento acerca de los problemas financieros de las actividades económicas con mayor generalidad y objetividad en cuanto se incorpore a la vida profesional.

LEY DE PROFESIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO

LEY Nº 13253

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la Ley Siguiente:

Artículo 1º. Modifícasele Artículo 35º del Código de Comercio en los siguientes términos:

“Artículo 35. Los comerciantes deberán llevar sus libros de contabilidad con la intervención de Contadores Titulados Públicos o Mercantiles”.

Artículo 2°. El título de Contador Público será conferido por las Universidades. Los titulados en Universidades o Institutos Superiores en el extranjero podrán obtener la revalidación correspondiente de conformidad con las disposiciones vigentes.

Artículo 3º. El título de Contador Mercantil será conferido por los Institutos Oficinales y por los particulares oficialmente reconocidos y en armonía con las disposiciones que dícese el Ministerio de Educación Pública.

Artículo 4º. Corresponde a los Contadores Públicos efectuar y autorizar toda clase de balances, peritajes, tasaciones de su especialidad, operaciones de auditoría y estudios contables con fines judiciales y administrativos. Corresponde a los Contadores Mercantiles, además de las atribuciones que les concede el Artículo 1º de esta Ley, autorizar balances con fines tributarios.

Artículo 5º. Es obligación de la colegiación de los Contadores Públicos en los lugares donde ejerzan actividades profesionales 10 o más titulados. Los Colegios vigilarán la observancia de las normas de ética profesional, propenderán al mejoramiento de la profesión y a la ayuda mutua entre sus asociados. Cada Colegio formulará sus propios estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio.

Artículo 6º. En los lugares donde no ejercieran su profesión tres contadores por

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (62 Kb)
Leer 36 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com