La Constitución Política de la República de Guatemala
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Sede Zona 5
Ciencias Jurídicas y Sociales
Instructor: Lic. Héctor Aragón
Curso: Derecho Administrativo
Tarea No. 1
Personalidad del Estado
Herrera Ortiz, Sergio Romeo
Carné 11-108-038
Guatemala, 17 de agosto de 2013
INDICE
Pág.
Introducción 3
El Estado 4
Personalidad Jurídica del Estado 4
Conclusiones 5
Recomendaciones 5
Bibliografía 6
INTRODUCCIÓN
La Constitución Política de la República de Guatemala, establece al Estado, definiendo su forma de gobierno, la delegación de funciones en los organismos correspondientes para su ejercicio como tal. Así también encontramos su estructura y organización.
Vemos al Estado como una realidad social y política. En el sentido político el estado es el conjunto de los hombres que componen un pueblo, cuando tienen asiento territorial y soberanía o independencia. El estado en este sentido, está compuesto por todos los habitantes.
Los pueblos hacen uso de su soberanía para establecer un orden jurídico dentro de su territorio, en el cual reglan sus actividades como individuos aislados y como pueblo en conjunto. Surgen así de este orden jurídico creado por el estado con su personalidad política, dos tipos de personas jurídicas: las personas jurídicas individuales, correspondientes a cada uno de los seres humanos, y la persona jurídica estatal, correspondiente a la totalidad de ellos, tomados como conjunto.
Debemos entonces entender cómo funciona la personalidad jurídica del Estado, la cual actúa por medio de una estructura de órganos jurídicos que al efecto se crean, y que son desempeñados por órganos físicos, y éstos últimos, no son más que seres humanos que componen la colectividad.
EL ESTADO
Es la organización jurídica de una sociedad bajo un régimen jurídico que se ejerce en determinado territorio y entonces se dice que es una persona jurídica de derecho público, con una sola personalidad, regulada en su estructura por la Constitución y leyes administrativas secundarias. Otra conceptualización de lo que entendemos por Estado, de acuerdo a lo que describe el autor Acosta Romero: “El Estado en nuestra opinión, es la organización política soberana de una sociedad humana establecida en un territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y de administración que persigue determinados fines mediante actividades concretas.”
Para Porrúa Pérez: “El Estado es una sociedad humana establecida en el territorio que le corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, que es creado, definido y aplicado por un poder soberano, para obtener el bien público temporal, formando una institución con personalidad moral y jurídica.”
Como puede observarse, las definiciones anteriores son similares y ambas hacen referencia de una u otra forma, a tres elementos importantes: la población, territorio y el poder; mismos elementos que señala García Maynez cuando expresa: “El Estado suele definirse como la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de denominación que se ejerce en determinado territorio.”
De esa cuenta el estado de Guatemala, contiene
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