La Dignidad Del Abogado
Enviado por ivonisl • 29 de Abril de 2014 • 4.002 Palabras (17 Páginas) • 469 Visitas
LA DIGNIDAD DEL ABOGADO
El fin del abogado es realizar la justicia por medio del derecho, la justicia, el orden, la seguridad, la libertad y la paz se unen para servir al perfeccionamiento y realización del hombre en su plenitud e integridad.
El Abogado debe de ser soldado de la Justicia y defensor de la libertad, por medio de la libertad se desenvuelve y es el fin al que esta encaminado se quehacer.
La injusticia siempre es una fuente de inconformidad y de violencia, cuando la justicia se aleja de una sociedad en su lugar entra la violencia, la misma que ejercen los fuertes y los poderosos sobre los débiles, misma a la que también acuden los débiles como recurso contra la explotación u opresión.
La Justicia es el valor dominante entre aquellos que el derecho aspira a realizar, la justicia es armonía de las partes del alma y de los componentes de la sociedad, Ulpiano la definió como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.
Si examinamos la evolución del derecho, nos encontramos con la abolición de la esclavitud; con la igualdad de derechos en la mujer; con la extensión del sufragio; con la condenación, cada vez mas generalizada, de la creación de los derechos al trabajo, a la salud, y a la vivienda.
Para Couture existen más valores , pero el que define esencialmente al derecho es la justicia.
El derecho es un medio de realizar la justicia y otros valores que también afectan a la vida de la colectividad, es por ello que en los tribunales en que se aplica reciben el nombre de Suprema Corte de Justicia.
De ahí el mandato del abogado; cuándo en el fondo de tu conciencia surja el conflicto entre el derecho y la justicia, lucha por la justicia: lucha por ella procurando que la fórmula jurídica, al aplicarse al caso concreto, se rija por los dictados de la justicia. Lucha por ella cuando la ley parezca injusta y reclama para hacer el derecho un instrumento de cambio. Couture nos dice; ten fé en el derecho cómo el mejor instrumento para la convivencia humana.
Para Diego Valdez el abogado es el notario de la historia, sin embargo también es factor de cambio y debe de hacer del derecho un instrumento útil para el desenvolvimiento y progreso para la humanidad, recoger instrumentos cambiante, estar atento de la nuevas necesidades, a los nuevos datos morales y sociales que despiertan en la conciencia colectiva y a las aspiraciones de los hombres.
La Claridad y la Justicia ; la justicia consiste en dar a cada quién lo suyo, en cambio la claridad es estar dispuesto a dar lo suyo a los demás. No es lícito pretender dar dar por caridad lo que se debe en justicia. La caridad debe ejerce yendo mas allá de la justicia. La justicia abrió un camino permanente hacia la claridad a través de la equidad. El hombre justo es quién tiene la voluntad recta, un ánimo propicio y constante de dar a los demás lo que a su dignidad corresponde, realmente no sería justo si lo hiciera con mezquindad y con reecelo.
El abogado es quién usa la justicia para servir al derecho, un procurador de la justicia y un curador de la libertad, debe de llevar en su alma una fe inquebrantable ante la justicia; quién tiene fe en la justica consigue siempre, aun a despecho de los astrólogos, hacer cambiar el curso de las estrellas.
Todos los abogados al recibirnos juramos que al ejercer nuestra profesión tendríamos como norma suprema de nuestra conducta no sólo en la ley, sino también en la moral, y la justicia. Juramos tener siempre en cuenta que las personas que ponen en nuestras manos la defensa de su fortuna, de su honor, de su libertad y de su vida, confían aún más en nuestra lealtad y honradez.
Un juramento es un acto solemne que obliga a quién lo pronuncia las normas de ética que debe ajustarse el ejercicio de nuestro quehacer.
En México el único código que conozco es el expedido por la Barra Mexicana, Colegio de Abogados el 13 de Octubre de 1948.
Algunos de sus preceptos aquellos que de manera especial interesan al orden jurídico han sido recogidos en nuestro código penal para el distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, tipificando como delito de violación.
El primer deber del abogado es el Código de la Barra. El Abogado debe de luchar por la justicia; es un deber luchar por el derecho y pugnar por la Justicia. Este es el sentido de la Obra de Ihering ; La lucha por el derecho.+
Se nos impone el deber de mantener el honor y dignidad profesionales y combatir por los medios lícitos la conducta reprobable por jueces, funcionarios públicos y compañeros de profesión. El honor y la dignidad del abogado están ligados con su independencia; frente al magistrado, frente al cliente, frente al funcionario, frente a amenazas y coacciones, por lo mismo el abogado ejerce su ministerio y es defensor de la libertad.
Hay dos cosas decía Berryer, por las que hay que luchar aun a costa de la vida: la justicia y la libertad.
El Abogado debe de obrar con prioridad y buena fe. El abogado debe saber derecho; pero principalmente debe de ser un hombre recto.
El Articulo 231, Fracción I del Código Penal para el Distrito Federal impone suspensión de un mes dos años y multa de $50.00 a $500.00 a los abogados, patronos o litigantes que aleguen a sabiendas, hechos o leyes inexistentes o derogados.
Para Ossorio y Gallardo la recitud de la conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos.
El Abogado, dice el articulo 4° del Código de la Barra, debe abstenerse del empleo de formalidades y de recursos inecesarios. En el articulo 231, fracción II del Código Penal se sanciona con la misma suspensión y multa la violación de dicho precepto.
Angel Ossorio y Gallardo se plantea la cuestión moral de la chicana en su libro “El alma de la toga# el cuál dice que está es aceptable cuando está encaminada a obtener tiempo para impedir que se cometa una injusticia.
El Código Penal configura cómo delito pedir términos para probar lo que notariamente no puede probarse o no ha de provecharse como parte.
En el artículo 5° el Código de Ética establece que el abogado que en el ejercicio de su profesión coheche a un funcionario público o auxiliar de la impartición de la administración de justicia, faltará al honor y a la ética profesional, cuando le conste un hecho así tiene el deber de hacerlo saber a su Colegio de Abogados.
El Código Penal para el Distrito Federal en su artículo 222 tipifica el cohecho como un delito y dice que lo comete el servidor público por sí, o por interpósita persona solicite, o reciba indebidamente para si o para otro dinero, o cualquier otra dádiva o acepte una promesa para hacer o dejar de hacer algo. Las penas consisten según la dádiva o promesa;
...