Legislacion
Enviado por ljtejadah • 21 de Septiembre de 2014 • 212 Palabras (1 Páginas) • 225 Visitas
19. Que se entiende por: “Conservación de Documentos” en el SG-SST, cual es el tiempo de conservación y donde está reglamentado?
Conservación de documentos: “El empleador debe conservar los registros y documentos que soportan el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de manera controlada, garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, protegidos contra daño, deterioro o pérdida. 'El responsable del SG-SST tendrá acceso a todos los documentos y registros exceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales de los trabajadores cuando no tenga perfil de médico especialista en seguridad y salud en el trabajo. La conservación puede hacerse de forma electrónica de conformidad con lo establecido en el presente decreto siempre y cuando se garantice la preservación de la información
“deben ser conservados por un período mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa”, algunos de estos documentos o registros son:
Resultados de los perfiles., epidemiológicos de salud de los trabajadores, registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en seguridad y salud en el trabajo, registro del suministro de elementos y equipos de protección personal, etc.
Lo anteriormente descrito se encuentra reglamentado en el Decreto 1443 de 2014, capítulo II, artículo 13.
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