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Manejo Agronomico Del Cafe


Enviado por   •  24 de Mayo de 2015  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  313 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular Para la Educación

Misión Sucre- Aldea Universitaria

Libertad Estado Cojedes

PROFESOR:

JOSE ARANGURE

TRIUNFADOR:

PEÑA DANIEL

C.I:18.503.193

Ricaurte, Mayo del 2015

Poder judicial

El poder judicial es un poder del Estado encargado de administrar la justicia en una sociedad. Es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo), mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

Según la teoría clásica de Montesquieu de la separación de poderes, que distingue entre poder legislativo, ejecutivo y judicial, la división garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo. Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico y convertirse en el encargado de hacer efectivo la idea del Derecho como elemento regulador de la vida social.

Funciones del poder judicial

Conforme el artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponderá a la Dirección Ejecutiva, de conformidad con la ley, el reglamento y las directrices que la Corte, el Presidente del Consejo o éste le indiquen:

1. Dirigir, organizar, coordinar y supervisar las funciones administrativas de sus dependencias.

2. Velar por que se cumplan los acuerdos del Consejo.

3. Autorizar los gastos que deban realizarse en las oficinas judiciales, con motivo de peritajes, honorarios, copias, diligencias y otros servicios de la misma índole, cuando ese gasto corresponda al Poder Judicial.

4. Dictar los acuerdos de pago, una vez que los gastos hayan sido debidamente aprobados y autorizados.

5. Otorgar permiso, sin goce de sueldo, por períodos no mayores de seis meses, al personal de la Dirección y a los jefes de las dependencias subordinadas a ésta.

6. Proponer al Consejo, el nombramiento del Subdirector y de los jefes de los departamentos

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