Poderes Públicos en Venezuela
Enviado por ANEC • 21 de Enero de 2013 • 1.636 Palabras (7 Páginas) • 520 Visitas
Analizar y explicar lo relativo a la división de Poderes Públicos en Venezuela.
Con la Junta Suprema que nace el 19 de abril de 1810 en el seno del Ayuntamiento en Caracas se constituye la primera expresión del poder público venezolano, no obstante, que ese poder no pudo ejercerlo en toda la extensión territorial porque algunas provincias se mantuvieron fieles al Consejo de Regencia español. Dada la importancia que representa la Junta Suprema en los albores revolucionarios en 1810, vale la pena señalar su constitución y las disposiciones políticas y administrativas que rigieron hasta la instalación del Congreso en 1811. La Junta Suprema se constituyó con 23 personas: 2 alcaldes, un alférez real, 9 regidores, un síndico procurador, 3 representantes del pueblo, un representante de los pardos y mulatos, 2 representantes del clero, 4 secretarios: Relaciones Exteriores, Gracia y Justicia, Hacienda, Guerra y Marina; y el ex canciller de la Real Audiencia, consultor de la Junta. Se instaló el Tribunal de Apelaciones compuesto de 5 miembros, y con el modelo de la Real Audiencia, extinguida ésta por el movimiento revolucionario de abril. Practicadas las elecciones para diputados conforme a lo decidido por la Junta Suprema, se reúne el primer Congreso venezolano el 2 de marzo de 1811, en Caracas.
En reemplazo de la Junta Suprema que había cesado en el ejercicio del poder, el Congreso designó a 3 ciudadanos para ejercer el Poder Ejecutivo nacional, los cuales deberían turnarse en la presidencia por lapsos semanales. Debe recordarse los nombres de estos ciudadanos, pues con ellos se formó el primer ensayo de gobierno propio que se hubiese visto hasta entonces en América. Fueron Cristóbal de Mendoza, Juan de Escalona y Baltasar Padrón, como principales; y con el carácter de suplentes, Manuel Moreno de Mendoza, Mauricio Ayala y Andrés Narvarte. Este Poder Ejecutivo tuvo 3 secretarios de Estado: Guerra y Marina; Gracia y Justicia; Hacienda y Relaciones Exteriores.
Se constituyó también la Alta Corte de Justicia. La organización del poder público emanará de la Constitución Federal de 21 de diciembre de 1811 que entrará parcialmente en vigencia en marzo de 1812. Por primera vez existe en Venezuela un gobierno constitucional y se habla de la diputación de “los Estados Unidos de Venezuela”, según la ley que estableció la capital federal en Valencia. Los poderes públicos fueron el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial; la composición de los Poderes Públicos que, en la Constitución Federal de 1811, quedan establecidos por primera vez, será la que adoptarán, en general, las sucesivas constituciones venezolanas hasta el presente.
Luego de varias modificaciones sobre elección y modalidades en el ejercicio del poder, pero en sustancia se mantienen aquellos principios que responderán a la evolución social y política del país. Los Poderes Públicos establecidos en aquella Constitución desaparecerán con la caída de la Primera República, para renacer en la Constitución de Angostura en 1819. Ahora bien, desde 1864, con el triunfo de la federación, siempre fue el régimen federal el adoptado en las Constituciones subsiguientes, hasta la de 1945 que centralizó el Poder Judicial, y otorgó al presidente de la República la facultad de nombrar y remover a los gobernadores de los estados, prerrogativa ésta que quedó eliminada con la promulgación de la Ley que establece la elección universal y secreta de los mencionados funcionarios.
Con la vigencia de la nueva Constitución Nacional de 1999, el Poder Público se transformó del tradicional esquema de tres poderes, a una estructura de cinco poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Así mismo, la Asamblea Nacional Constituyente decretó un Régimen de Transición del Poder Público, para realizar los cambios pertinentes de la pasada Constitución Nacional a la aprobada en referendo del 15 de diciembre de 1999. De esta manera, nombró una Comisión Legislativa Nacional, integrada por 21 personas, que se encargarán de las funciones de la Asamblea Nacional, hasta tanto se elija el nuevo cuerpo legislativo. Asimismo, designó a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el Fiscal General de la República, el Contralor General de la República y el Defensor del Pueblo.
Los Poderes Públicos quedaron establecidos de la siguiente manera:
• El Poder Ejecutivo: lo ejerce el Presidente o Presidenta, un Vicepresidente ejecutivo o Vicepresidenta ejecutiva y los Ministros o Ministras. El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial), consistente en hacer cumplir las leyes y que suele ejercer el gobierno o el propio jefe del Estado. Es responsable de la gestión diaria del Estado. El poder ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas, representa a la Nación en sus relaciones diplomáticas, sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación. En los estados democráticos, el poder ejecutivo está considerado como administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser su más firme garante.
• El Poder Legislativo:
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