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Posturas Epistemológicas De La Teoría General Del Derecho


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  1.667 Palabras (7 Páginas)  •  787 Visitas

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Posturas Epistemológicas De La Teoría General Del Derecho

Aceptada la existencia del derecho y su posibilidad de conocerlo, desde el punto de vista teórico, es posible acercarnos a él desde distintas posturas de pensamiento, lo cual quiere decir que la teoría del Derecho puede acercarse a él desde las distintas corrientes de pensamiento entre las que tenemos las siguientes:

Empirismo jurídico

Esta corriente toma como punto de partida al Derecho considerando como una captada por los datos de la experiencia, surge como una manifestación contraria a los excesos, como son las sociológicas, históricas, y realistas; todas coinciden en considerar como objeto de conocimiento aquel Derecho que efectivamente se aplica a la conducta de los miembros de la sociedad y lo considera como una experiencia fáctica. El empirismo jurídico, no acepta otro Derecho que el manifestado a través de hechos sociales, históricos, etcétera, y tal cual se manifiesta sin ulteriores interpretaciones racionalistas, para el empirismo toda concepción mental emana de los sentidos: Nihil est in mente quo prius non fuerit in sensu.

Racionalismo jurídico

Esta Postura se caracteriza por considerar al Derecho como un orden racional, el racionalismo jurídico se encuentra ligado al mismo racionalismo filosófico, de esta manera podemos afirmar que el primer gran racionalista fue Aristóteles y es precisamente la filosofía aristotélico-tomista.

El Derecho es un orden racional en virtud de que se construye racionalmente, las construcciones jurídicas se realizan sobre una base axiomática y lógico deductiva. Por otra parte, gr

acias al racionalismo jurídico es que el Derecho alcanza la sistematización que tiene actualmente.

Podemos concluir que dado que el hombre es racional cualquier actividad humana busca, por misma naturaleza, ser racional. El Derecho como creación humana es un producto de esa racionalidad y una vez creado tiene que ser analizado racionalmente, en el Derecho se busca el orden y la rigurosidad conceptual, la coherencia en todo el sistema jurídico, la concordancia entre figuras e instituciones que se encuentran en la legislación, coherencia en los fines que persigue así como los valores que debe sustentar acordes siempre con la racionalidad humana. El racionalismo jurídico, entendido como el abuso de la razón, considera que el Derecho efectivamente es un producto racional, es una realidad abstracta, esto no quiere decir que sea justo.

Voluntarismo jurídico

Aunque algunos autores no la consideran en estricto sentido una postura epistemológica acerca del Derecho, desde nuestro punto de vista si lo es, y es la más aberrante; en virtud de que se considera el Derecho como una creación del Estado, que lo ha hecho de esa manera porque así lo ha querido hacer, de este modo, la actividad epistemológica del jurista sólo consiste en el estudio descriptivo de tal Derecho, ya que se considera incapaz de influir en su contenido, pues se está ante un auténtico mandato de la autoridad. En conclusión el Derecho es así porque la autoridad así lo ha dispuesto.

Diferentes teorías del Derecho

En esta parte pretendo hacer una breve reseña de las

distintas teorías del Derecho, a efecto de dar una idea global del desarrollo de la teoría general del mismo, algunas filosofías son limitativas y dar a conocer los distintos métodos o justificaciones metodológicas que utilizan en su construcción.

Los primeros cuestionamientos acerca del Derecho se los plantearon los griegos y desarrollaron una teoría de la justicia, ya que les inquietaba el problema del porqué algunas conductas prohibidas en un lugar en otro no parecían importar y en otro, quizá, no solo no se prohibían sino que se permitían o hasta podrían premiarse; lo que llamamos la discusión griega sobre el Derecho que nos resulta de particular interés porque parece que sus planteamientos desataron la discusión que todavía traemos quienes estudiamos Derecho.

Discusión griega sobre el Derecho

Esta marca el inicio, el punto de discrepancia de las distintas teorías del Derecho y de las distintas orientaciones filosóficas. Los griegos, dado el Derecho se manifestaba a veces como producto arbitrario no permanente sino cambiante, se cuestionaron si el Derecho y la justicia eran producto de acuerdos arbitrarios, convencionalismos transitorios derivados del pragmatismo o de la utilidad momentánea. Algunos filósofos se pronunciaron en favor de que el Derecho y en la justicia no existían principios inmutables y universales, él mismo era producto circunstancial, arbitrario y era adaptable a los tiempos, costumbres y características del momento. Destacaron celebres sofistas como Platón.

Finalmente, el más famoso de los sofist

as, Protágoras célebre por ser considerado como el padre del relativismo al declarar que el hombre es la medida de todas las cosas parece, según el teeteto de Platón, afirma que las leyes hechas por los hombres son obligatorias y válidas independientemente de su contenido moral.

El pensamiento de los filósofos sofistas, citados en párrafos anteriores, no nos hace dudar que para ellos el Derecho fuera simple convencionalismo, cambiante, variable y adaptable a todo tiempo y circunstancia, sin embargo, para la mayoría de los filósofos predominó el hecho de que en las normas jurídicas prevalecía el aspecto de la universalidad, de lo permanente; ya que estas características se encontraban fundamentadas en cualidades o principios generales,

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