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Prision, Instituciones Completas Y Austeras


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  1.571 Palabras (7 Páginas)  •  380 Visitas

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PRISIÓN

1.- UNAS INSTITUCIONES COMPLETAS Y AUSTERAS

La forma-prisión prexiste a su utilización sistemática en las leyes penales. Se ha constituido en el exterior del aparato judicial, cuando se elaboraron, a través de todo el cuerpo social, los procedimientos para repartir a los individuos, fijarlos y distribuirlos espacialmente, clasificarlos, obtener de ellos el máximo de tiempo y el máximo de fuerzas, educar su cuerpo, codificar su comportamiento continuo, mantenerlos en una visibilidad sin lagunas, formar en torno de ellos todo un aparato de observación, de registro y de notaciones, constituir sobre ellos un saber que se acumula y se centraliza. La forma general de un equipo para volver a los individuos dóciles y útiles, por un trabajo preciso sobre su cuerpo, ha diseñado la institución-prisión, antes que la ley la definiera como la pena por excelencia.

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La prisión debe ser un aparato disciplinario exhaustivo. En varios sentidos: debe ocuparse de todos los aspectos del individuo, de su educación física, de su aptitud para el trabajo, de su conducta cotidiana, de su actitud moral, de sus disposiciones; la prisión, mucho más que la escuela, el taller o el ejército, que implican siempre cierta especialización, es "omnidisciplinaria". Además la prisión no tiene exterior ni vacío; no se interrumpe, excepto una vez acabada totalmente su tarea; su acción sobre el individuo debe ser ininterrumpida: disciplina incesante. En fin, da un poder casi total sobre los detenidos; tiene sus mecanismos internos de represión -y de castigo: disciplina despótica. Lleva a su intensidad el más fuerte de todos los procedimientos que se encuentra en los demás dispositivos de disciplina. Tiene que ser la maquinaria más poderosa para imponer una nueva forma al individuo pervertido; su modo de acción es la coacción de una educación total: "En la prisión, el gobierno puede disponer de la libertad de la persona y del tiempo del detenido; entonces se concibe el poder de la educación que, no sólo en un día sino en la sucesión de los días y hasta de los años, puede regular para el hombre el tiempo de vigilia y de sueño, de la actividad y del reposo, el número y la duración de las comidas, la calidad y la ración de los alimentos, la índole y el producto del trabajo, el tiempo de la oración, el uso de la palabra, y por decirlo así hasta el del pensamiento, esa educación que, en los simples y breves trayectos del refectorio al taller, del taller a la celda, regula los movimientos del cuerpo e incluso en los momentos de reposo determina el empleo del tiempo, esa educación, en una palabra, que entra en posesión del hombre entero, de todas las facultades físicas y morales que hay en él y del tiempo en que él mismo está inserto."

Este "reformatorio" íntegro prescribe una trasposición del orden de la existencia muy diferente de la pura privación jurídica de libertad y muy diferente también de la simple mecánica de las representaciones en que pensaban los reformadores en la época de la Ideología

1) Primer principio, el aislamiento. Aislamiento del penado respecto del mundo exterior, de todo lo que ha motivado la infracción, de las complicidades que la han facilitado. Aislamiento de los detenidos los unos respecto de los otros. No sólo la pena debe ser individual, sino también individualizante. Y esto de dos maneras. En primer lugar, la prisión debe ser concebida de manera que borre por sí misma las consecuencias nefastas queprovoca al reunir en un mismo lugar a condenados muy diferentes: sofocar las conjuras y los motines que puedan formarse, impedir que se urdan complicidades futuras o que nazcan posibilidades de chantaje (el día en que los detenidos se encuentren libres), obstaculizar la inmoralidad de tantas "asociaciones misteriosas". En suma, que la prisión no forme con los malhechores que reúne una población homogénea y solidaria: "Existe en este momento entre nosotros una sociedad organizada de criminales... Forman una pequeña nación en el seno de la grande. Casi todos esos hombres se han conocido en las prisiones, en las que vuelven a encontrarse. Es esa sociedad cuyos miembros se trata hoy de dispersar." A. de Tocqueville, Rapport à la Chambre des Députés, citado en Beaumont y Tocqueville, Le système pénitentiaire aux États-Unis, 3a éd. 1845, pp. 392-393. Además la soledad debe ser un instrumento positivo de reforma.

2) "El trabajo alternando con las comidas acompaña al detenido hasta la oración de la noche; entonces un nuevo sueño le procura un reposo agradable que no vienen a turbar en absoluto los fantasmas de una imaginación desordenada. Así trascurren seis días de la semana. Van seguidos de una jornada exclusivamente consagrada a la oración, a la instrucción y a meditaciones

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