Procedimiento Trabajo En Altura
Enviado por viviana.cuminao • 31 de Mayo de 2014 • 2.191 Palabras (9 Páginas) • 527 Visitas
1. OBJETIVO
Definir los procedimientos y estándares para operar, inspeccionar y mantener las grúas y accesorios de levante en
condiciones de operación.
2. ALCANCE
Es obligatorio en todas las faenas donde la Empresa realice trabajos con grúas.
3. DEFINICIONES
Embarrilar: Acción de enrollar fuerte y ordenadamente un alambre alrededor de un cable para evitar que se abran
los alambres de los torones cuando estos sean cortados.
Anemómetro: Instrumento que sirve para medir la velocidad del viento.
4. DOCUMENTOS RELACIONADOS
Norma NCh2431, “Grúas torre - Características y requisitos de seguridad”
Norma NCh2437, “Grúas torre - Condiciones de operación”
Norma NCh2438, “Grúas torre – Requisitos de montaje”
5. RESPONSABILIDADES
Gerente de Obra: Aprobar, dar a conocer y hacer que se ejecute en su totalidad este Procedimiento.
Administrador de Obra: Dar a conocer al jefe de terreno, capataz y trabajadores el presente Procedimiento,
además serán directamente responsables de coordinar la presente actividad.
Asesor en Prevención de Riesgos: Controlar que el Procedimiento séa informado a todo el personal involucrado,
controlar que las charlas se efectúen quedando registradas y que las medidas de control y/o preventivas se
cumplan a cabalidad.
Jefe de Obra: Realizará la tarea de instruir al personal de dicho Procedimiento y mantendrá inspecciones
semanales de terreno del cumplimiento del Procedimiento.
Capataz: Será responsable de inspeccionar y evaluar las condiciones del terreno y de los equipos involucrados,
como a la vez verificar su Mantención antes de ponerlos en uso, además de reinstruir al personal respecto a los
riesgos asociados de las tareas que deban ejecutar.
Trabajadores: Acatar toda instrucción emanada de este Procedimiento.
Operadores:
Cumplir con los requisitos de instrucción dispuestos en la Norma NCh2437.
Cumplir con los requisitos de edad y salud dispuestos en la Norma NCh2437.
Cumplir con las inspecciones diarias a las grúas.
6. PROCEDIMIENTO
6.1. De las grúas en general
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Departamento de Prevención de Riesgos 3
Toda grúa movilizada hacia una obra deberá poseer un informe de Inspección de Grúa, realizada por un
taller competente o por el representante del fabricante y que contemple toda la información requerida en
el Formulario FO-GE-SE-207, Anexo A: “Grúas y accesorios de levante”. Además mensualmente deberá
ser inspeccionada utilizando el mismo formulario.
No podrán usarse las grúas para otra labor que no sea la de izaje, quedando prohibida cualquier otra
función distinta para la que ha sido diseñada tales como arrastre, desempotramiento de materiales, etc.,
que pongan en peligro a terceros, equipos, materiales o bienes.
No se podrá operar ningún equipo de levante cuando según el diseño del fabricante, no lo permitan las
condiciones climatológicas.
Toda instrucción adosada a la grúa en forma de afiche o autoadhesivo y que diga relación con medidas
de seguridad, deberá estar escritas en español.
Las líneas eléctricas en altura serán consideradas siempre energizadas a menos que una persona
autorizada asegure lo contrario y como regla general la operación cerca de cables eléctricos deberá
hacerse siempre a más 3 mts. de distancia para las líneas de hasta 380 volt, a más de 5 mts para
líneas de capacidad entre 380 y 13.600 volt y a más de 7 mts para tensiones superiores a 13.600 volt.
En caso que la operación deba efectuarse a menor distancia deberá usarse pantallas protectoras o
proceder a la aislación del cable eléctrico mediante tubería PVC tipo conduit
Cuando sea posible se establecerá un cerco con conos de señalización o cintas de seguridad para evitar
el acceso de personas dentro del radio de acción de la grúa, en caso contrario se deberá recurrir al uso
de señaleros, señales sonoras o carteles de advertencia para señalar el peligro
Las correas, engranajes, piñones, tornos, tambores, cadenas y otras partes giratorias o en movimiento
que sean susceptibles de entrar en contacto con personas deberán encontrarse protegidas
Queda prohibido alterar, modificar o eliminar los dispositivos de seguridad de una grúa
Las cargas que ofrezcan resistencia al viento o sean de longitudes mayores deberán ser guiadas
mediante cables de estiba, para evitar que oscilen o giren durante su traslado. Los cables de estiba
nunca deberán enrollarse al cuerpo o a las muñecas del estibador.
Las cargas no deberán quedar suspendidas en una grúa desatendida.
La cabina de las grúas deberán poseer vidrio de seguridad u otro material que esté libre de
obstrucciones o quebraduras que distorsionen la visión del operador.
En la cabina y en un lugar accesible deberá instalarse un extintor de incendio adecuado.
Se prohíbe al personal viajar en la pluma o sobre la carga.
6.2. De las grúas torres
Las grúas torres deberán tener señalizado en la pluma, mediante letreros de 30 por 50 cms el peso
máximo a levantar en cada tramo.
Todos los pernos y tuercas para el montaje de una grúa torre deberán encontrarse en excelentes
condiciones y cumplir con las especificaciones del fabricante.
Deberán contar con dispositivos limitadores para el avance del carro en ambos sentidos del brazo; de
carrera del gancho en la vertical y de radio de operación de acuerdo a la carga izada.
En aquellas zonas expuestas a viento deberá instalarse en la parte superior o cerca de ella un
anemómetro y la lectura de la velocidad del viento deberá ser visible por el operador y en lo posible con
una alarma audio-visible cuando se exceda un valor predeterminado.
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Departamento de Prevención de Riesgos 4
Por norma el operador no deberá moverse ningún tipo de carga con vientos en el punto de trabajo,
mayores a 64 km./hora, ni cargas de gran volumen con velocidades superiores a 50 km./hora. y una vez
finalizadas las labores las grúas quedarán siempre en posición de veleta.
Toda grúa torre operada eléctricamente deberá contar con todas las protecciones eléctricas incluyendo
conexión a tierra.
En el máximo desenrollado de un cable se deberá asegurar
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