QUE ES UNA CONSTITUCIÓN
Enviado por frutascaro • 15 de Agosto de 2013 • 2.298 Palabras (10 Páginas) • 219 Visitas
Lassalle comienza su conferencia de forma simple planteando incógnitas de tipo cotidiano, en donde pregunta sin duda alguna ¿qué es una constitución?, pero este quería ir más a fondo de una simple respuesta cotidiana, preguntaba ¿cuál era la verdadera esencia de una Constitución?, en donde así mismo se planteaba que recibiría respuestas que no veía más allá de una definición como: `` la constitución es un pacto jurado entre el rey y el pueblo que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país ´´ o en términos un poco más generales puesto que también hay y habido constituciones republicanas : `` la Constitución es la ley fundamenta proclamada en el país, de la que se echan los cimientos para la organización del derecho público de esa nación, definiciones que daban a conocer el hecho de cómo se forma las constituciones y qué papel generan en la sociedad , lo que era importante pero no daba a conocer la esencia de una constitución, atendiendo su enfoque el pueblo es quien constituye un estado, es la razón de ser de una constitución, ya que es la base, el fundamento para tener una sociedad equilibrada en la que todos gocen de derechos y por ende contribuyan con obligaciones que el estado impone para convivencia pacífica e integral, para que esto genere un desarrollo la constitución va de la mano de la Ley, pero hay una distinción entre ambas , La ley y la constitución tienen evidentemente una esencia jurídica común. Una constitución para regir necesita la promulgación legislativa, es decir que tiene que ser también ley, pero destacamos la constitución no es una ley como cualquier otra, sino la ley fundamental del país, para esto lassalle planteaba vemos a la constitución como una ley fundamental y otra ley cualquiera, por ende la ley fundamental debe tiene que ser una ley que ahonde más que las leyes corrientes, como ya su nombre lo indicaba
`` fundamentales´´ y si realmente es merecedora de dicho nombre, es decir, ley fundamental deberá engendrar las demás leyes ordinarias basadas en ellas, vemos que la constitución es la ley fundamental de un país.
Para la creación de las Constituciones, debe tenerse en cuenta, lo que para Lassalle se llaman:
Los factores de poder: Rigen en una sociedad determinada, los factores reales del poder se rigen en el seno de cada sociedad son esa fuerza activa y eficaz que informa todas las leyes e instituciones jurídicas de la sociedad en cuestión, haciendo que no puedan ser, en sustancia, más que tal y como son.
Lassalle planteo un ejemplo el cual tenía como objetivo lo que podíamos aprender respecto si podía llegar a ser realidad, coloca como ejemplo a Prusia y si esta llegase a quedar despojada de todas sus leyes y que no tuviese el remedio de crear nuevas leyes, como lectores nos imaginamos el caos que esto ocasionaría, es entonces cuando aparece, la monarquía , la aristocracia , la gran burguesía, los banqueros, la conciencia colectiva y la cultura general, la pequeñas burguesías y la clase obrera, es cuando vemos los factores del poder y las instituciones jurídicas, con el ejemplo Lassalle logra demostrar en esencia la constitución de un país, es decir, la suma de los factores reales del poder que rigen en ese país, explica de forma clara y concisa los factores reales del poder, se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita y a partir de ese momento , incorporados en un papel, ya no son simples factores reales de poder, sino que se han erigido en derecho, en instituciones jurídicas, y quien atente contra ellos, atenta contra la ley, y es castigado. Es ahí donde nos damos cuenta la importancia de la constitución en el seno de la sociedad para que esta lleve un desarrollo en pro de todos los ciudadanos.
Una constitución real y afectiva la tienen y la han tenido siempre todos los países, no hay nada mas equivocado ni que conduzca a deducciones más descaminadas, que esa idea tan extendida de que las constituciones son una característica peculiar de los tiempos modernos, de mismo modo y de la misma ley que todo cuerpo tiene una constitución, su propia constitución, buena o mala, estructurada de un modo o de otro, todo país tiene necesariamente una constitución.
Lanssalle planteo algo muy importante:
`` Los problemas constitucionales no son problemas de derecho, sino de poder; La verdadera constitución de un país solo reside en los factores reales y efectivos de poder que en ese país rigen, y las constituciones escritas no tienen valor, más que cuando dan expresión fiel a los factores de poder imperantes que deben ustedes retener ´´
La pregunta concreta seria: ¿Qué relación guarda esto con lo que llamamos constitución? , entonces podríamos deducir que los factores reales de poder son tomados y expuestos en una hoja de papel que por consiguiente toman expresión escrita, lo que conlleva a que no sean simples factores reales de poder, si no que erigen derecho en instituciones jurídicas, quien viole la ley, es sancionado.
En la segunda conferencia dio a conocer que era necesario distinguir entre las constituciones reales y las constituciones meramente escritas, Constitución “real, la cual por lo que entendí es aquella que atiende los problema actuales y se ubica en una realidad concreta y concisa sobre las necesidades del estado y la constitución escrita la cual puede estar en una hoja de papel estableciendo las instituciones y principios del gobierno vigente y no estar al tanto de las necesidades de la sociedad , por consiguiente es beneficiario que estos dos tipos se lleven correlativamente.
Dejando claro que la constitución de un país reside únicamente en los factores reales y efectivos de poder que rigen en esa sociedad. Mientras que las Constituciones escritas no tienen ningún valor ni son verdaderas si omiten dar expresión a esos factores reales de poder que imperan en la realidad social. La solución ante el absolutismo de los factores reales de poder se da en Inglaterra, según Lassalle, en lo que hoy conocemos como la desobediencia civil tributaria, la cual, no tiene carácter de insurrección popular y consiste en un recurso muy acreditado para obligar al gobierno a someterse a un punto cualquiera a la voluntad de la nación. Pero, esta medida tan eficaz en Inglaterra, no lo es así en Prusia, ya que en la primera los factores reales y efectivos de poder, el poder organizado está de parte de la nación. Por ello, se ve obligado Lassalle a proclamar la realidad de "lo que es". Finaliza Lassalle, proponiendo como fórmula frente al absolutismo prusiano, que los diputados abandonen la Cámara indefinidamente para
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