Regitro De Motor
Enviado por ara810828 • 10 de Marzo de 2014 • 444 Palabras (2 Páginas) • 281 Visitas
Contenido del registro de vehículos de motor: El registro de vehículos de motor contendrá una descripción del vehículo incluyendo marca, modelo, año, color, tipo, caballos de fuerza de uso efectivo, número de su motor, número del chasis, número de cilindros, capacidad nominal de carga, capacidad de pasajeros, peso del vehículo vacío, alto, ancho y largo en metros, gomas delanteras o traseras en pulgadas, sistemas de luces, tipos de vidrios, así como el nombre y la dirección del dueño y cualquier acto de enajenación o gravamen que se relacione con ellos, identificación que se le conceda, uso aque se autorice, derechos anuales de matrícula pagados y cualquier otra información necesaria para darle efecto a las disposiciones de esta Ley, Leyes Fiscales y sus reglamentos
TEMA I
Las excepciones y el fin de in admisión
1.1 ¿Qué son las excepciones?
Las excepciones constituyen uno de los medios de defensa más importante con que cuenta el procesado, todo ello con el propósito de pretender poner fin a la instrucción abierta contra él o para regularizar su tramitación.
El fundamento de las excepciones es el de evitar las consecuencias de un proceso indebido, por existir ciertas circunstancias que impiden la constitución de la relación procesal. Por razones de economía, estabilidad y regularidad procesal se faculta su planeamiento antes de entrar a considerar el fondo del asunto, para evitar así su rectificación o archivamiento posterior.
Se pueden destacar dos significados de la excepción:
Sentido abstracto: Es el poder que tiene el demandado para oponer, frente a la pretensión del actor, aquellas cuestiones que afecten la validez de la relación procesal e impedir un pronunciamiento de fondo sobre dicha pretensión (cuestiones procesales), o aquellas cuestiones que, por contradecir el fundamento de la pretensión, procuran un pronunciamiento de fondo absoluto (cuestiones sustanciales).
Sentido concreto: Son las cuestiones concretas que el demandado plantea frente a la pretensión del actor, con el objeto de oponerse a la continuación del proceso, alegando que no se han satisfecho los presupuestos procesales (excepciones procesales), o con el fin de oponerse al conocimiento, por parte del juez, de la fundamentación de la pretensión de la parte actora, aduciendo la existencia de hechos extintivos, modificativo o imperativos de la relación jurídica invocada por el demandante (excepciones sustanciales).
1.2 Evolución histórica de las excepciones.-
La excepción se origino en la etapa del proceso por formulas del derecho romano como medio de defensa del demandado. Consistía en una clausula que el magistrado, a petición del demandado, insertaba en la formula para que el juez, si resultaban probadas las circunstancias
de hecho alegadas por el demandado, absolviera a éste, aun cuando se consideraba fundada la intentio
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