Resumen de NORMA Oficial Mexicana NOM-251
Enviado por Aome18 • 18 de Septiembre de 2018 • Resumen • 4.007 Palabras (17 Páginas) • 2.334 Visitas
Página 1 de 17
NORMA Oficial Mexicana NOM-251
En el siguiente resumen hablaremos de los puntos 5, 6 ,7 y 8 de la norma oficial mexicana 251 las cuales nos hacen mención sobre las Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
5. DISPOSICIONES GENERALES
Se menciona que todos los establecimientos que se dediquen al proceso de alimentos o bebidas, deben cumplir con las normas establecidas en dicho documento.
5.1 Instalaciones y áreas
- 5.1.1 Los establecimientos deberán tener instalaciones que eviten la contaminación de cualquier alimento o bebida
- 5.1.2. El área de producción deberá ser de fácil de limpiar.
- 5.1.3 Las puertas y ventanas deben tener protecciones para evitar la entrada de cualquier cosa que pueda contaminar los alimentos, excepto puertas
- 5.1.4 Debe evitarse que las tuberías, cables, etc., pasen por encima de tanques y áreas de producción. y donde existan, debe mantenerse en perfectas condiciones
- Equipo y utensilios
- 5.2.1 Los equipos que se instalen tiene que tener el mismo espacio entre ellos, de forma que permita su limpieza y desinfección.
- 5.2.2 El equipo y los utensilios que toquen las materias primas, deben ser lisos, lavables y sin roturas.
- 5.2.3. Los materiales que puedan entrar en contacto directo con cualquier alimento o bebida, se debe poder lavar y desinfectar.
- 5.2.4, 5.2.5 En equipos de refrigeración y congelación se debe evitar la acumulación de agua y debe contar con un termómetro colocado en un lugar accesible para su monitoreo.
5.3 Servicios
- 5.3.1 Debe usarse agua potable.
- 5.3.2 Los tinacos para almacenamiento de agua deben estar protegidos contra la contaminación y permanecer tapados. Sólo se podrán abrir para su mantenimiento y verificación, siempre y cuando no existan riesgo de contaminación.
- 5.3.3 Las paredes internas de las cisternas o tinacos deben ser lisas. De lo contrario, debe tener un filtro u otro mecanismo que impida la contaminación del agua.
- 5.3.4 El agua no potable que se utilice para la producción no deben estar en contacto directo con alimentos o bebidas y debe transportarse por tuberías completamente separadas e identificadas, sin que haya ninguna conexión transversal.
- 5.3.5 Para evitar plagas, éste debe tener trampas contra olores, y coladeras con rejillas, las cuales deben mantenerse limpias. En caso de no funcionar, se deberán establecer otras medidas que cumplan con la misma finalidad.
- 5.3.6 Los establecimientos deben disponer de un sistema de evacuación de aguas residuales, el cual debe estar libre fauna nociva y estar en perfectas condiciones.
- 5.3.7 Cuando se requiera, los drenajes deben tener trampas de grasa.
- 5.3.8 Los baños deben contar con separaciones físicas completas, no tener ventilación hacia el área de producción y contar como mínimo con lo siguiente:
- Agua potable, retrete, lavabo, jabón o detergente, papel higiénico y toallas desechables, El agua para el retrete podrá ser no potable.
- Depósitos para basura con bolsa y accionada por pedal.
- ilustraciones en donde se promueva la higiene personal, sobresaliendo el lavado de mano.
- 5.3.9 La ventilación debe evitar el calor, la condensación de vapor, acumulación de humo y polvo.
- 5.3.10 Si se cuenta con aire acondicionado, se evitara que las tuberías y techos provoquen goteos sobre las áreas de producción que están expuestas.
- 5.3.11 Se debe tener iluminación que permita la realización de las operaciones de manera higiénica.
- 5.3.12 Los focos y las lámparas que puedan contaminar alimentos, deben contar con protección o ser de material que evite su astilla miento.
- Almacenamiento
- 5.4.1. El almacenamiento debe ser adecuado al tipo de materia prima. Se debe contar con controles que eviten la contaminación de los productos.
- 5.4.2 El almacenamiento de productos de limpieza e higiene se debe hacer en un lugar separado de cualquier área de manipulación. Los recipientes de limpieza deben estar cerrados e identificados.
- 5.4.3 Las materias todo producto consumible, debe colocarse en anaqueles o cualquier superficie limpia que evite su contaminación.
- 5.4.4 La colocación de alimentos debe hacerse de tal manera que permita la circulación del aire.
- 5.4.5 La estiba de productos debe realizarse sin romper los empaques y envolturas.
- 5.4.6 Los implementos o utensilios para la limpieza del establecimiento, deben almacenarse en un lugar específico para evitar la contaminación de los alimentos.
- Control de operaciones
- 5.5.1 Los establecimientos pueden instrumentar un Sistema de HACCP, en su caso se puede tomar como guía el apéndice A de la presente norma. Cuando la norma oficial mexicana correspondiente al producto que se procesa en el establecimiento lo establezca, su instrumentación será obligatoria.
- 5.5.2 Los equipos de refrigeración deben mantenerse a 7°C (máximo).
- 5.5.3 Los equipos de congelación se deben mantener a una temperatura que permita la congelación del producto.
- 5.5.4 Se debe evitar la contaminación cruzada, entre la materia prima, producto en elaboración y producto terminado.
- 5.5.5. Los alimentos procesados no deben estar en contacto con los no procesados, aun cuando requieran de las mismas condiciones de temperatura para su conservación.
- 5.5.6 El establecimiento periódicamente debe dar salida a productos y materiales inútiles.
- Control de materias primas
- 5.6.1 Los establecimientos que preparen alimentos, deben clasificar sus materias primas e insumos antes de la elaboración del producto.
- 5.6.2 No utilizar materias primas con fecha de caducidad vencida.
- 5.6.3 Tener identificadas sus materias primas.
- 5.6.4 Separar y eliminar del lugar las materias primas que evidentemente no sean aptas.
- 5.6.5 Cuando aplique, las materias primas deben mantenerse en envases cerrados para evitar su posible contaminación.
- 5.6.6 No aceptar materia prima cuando el envase no garantice su integridad.
- 5.6.7 No aceptar las materias primas enlistadas en la tabla No 1, cuando al corroborar sus características alguna de éstas corresponda a la de rechazo.
- 5.6.8 Quedan excluidos de la aplicación del numeral 5.6.7 las fábricas de alimentos, las cuales deben cumplir con el numeral 6.6.1.
- 5.6.9. Los alimentos, deben almacenarse de acuerdo a su naturaleza e identificarse de manera que se permita aplicar un sistema de PEPS.
- Control del envasado
- 5.7.1 Los recipientes que entren en contacto directo con los alimentos se deben almacenar protegidos de materias contaminantes.
- 5.7.2 y 5.7.3: Los materiales de envase primarios y cualquier otro, se debe asegurar que los envases se encuentren limpios, desinfectado y en buen estado antes de usarlos.
- 5.7.4 Los materiales de empaque y envases de materias primas no deben utilizarse para fines diferentes, a menos de que se habiliten para el nuevo uso en forma correcta.
- 5.7.5 Los recipientes vacíos que contuvieron cualquier sustancia tóxica, no deben ser reutilizados para alimentos y deben ser dispuestos de manera tal que no sean un riesgo de contaminación en ningún aspecto.
- Control del agua en contacto con los alimentos
- 5.8.1. El agua que esté en contacto directo con cualquier producto comestible debe ser potable y cumplir con los límites permisibles de cloro residual libre y de organismos totales y fecales establecidos en la Modificación a la NOM-127-SSA1-1994 y debe llevarse un registro diario del contenido de cloro residual libre.
- 5.8.2 En caso de que no se dé el cumplimiento del punto anterior, se deberán tomar las medidas necesarias para hacerla potable antes de añadirla a productos comestibles.
- 5.8.3. El vapor utilizado para la elaboración de alimentos, no debe contener ninguna sustancia que pueda representar riesgo a la salud.
5.9 Mantenimiento y limpieza
...
Disponible sólo en Clubensayos.com