Sociologia Juridica
Enviado por odilenny • 3 de Abril de 2014 • 1.924 Palabras (8 Páginas) • 273 Visitas
1-HABLA SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ONTOLOGÍA Y LA LÓGICA.
1- El principio de identidad
Algo no puede ser y no ser. Este es el llamado “principio de identidad”: A=A. O sea: si A es, A no puede no ser, al mismo tiempo y dentro de la misma relación;
Según el principio de identidad (A=A), algo no puede ser y no ser al mismo tiempo y en la misma relación. Pues bien, hay quien pretende objetar este principio, sin tener en cuenta las condiciones puestas para su aplicación: por ejemplo, aplicando el principio estructural de la diferencia (el que tiene lugar para definir las unidades de la lengua [Miller, 1981]). Sabemos que dicha aplicación produce la exclusión de un elemento: por ejemplo, x, si sirvió como referencia para ser diferente a los demás. Ahora, si aplicamos pongamos por caso– los diferentes de z, entonces x queda incluido, con lo que parecería
como si x≠x, idea que contradiría el principio de identidad. Pero, en realidad, con esa operación forzamos las relaciones (recordemos que son condición del principio de identidad), pues escogemos otro elemento con el objetivo de hacer entrar el que fue
excluido en la primera operación... pero, entonces, ya estaríamos en una segunda operación (no es la misma relación), lo cual elimina la posibilidad de aplicar el principio:
Primer tiempo: elementos ≠ de x: a≠x, b≠x, c≠x... z≠x, donde x queda por fuera (no cumple la condición de ser ≠de x).
Segundo tiempo: elementos ≠ de z: a≠z, b≠z, c≠z... x≠z, donde x queda por dentro (cumple la condición de ser ≠de z); pero esta vez es z el que queda por fuera (no cumple la nueva condición).
De manera que x esta en el conjunto, bajo ciertas condiciones, y sale del conjunto, bajo otras condiciones.
Seria el mismo caso de Plutón: en 1930 se le declaro planeta y en 2006 se le quito esa categoría.
Entonces, como planeta, .Plutón es y no es? No, lo que ocurre es que los criterios para asignar ese estatuto han cambiado. Todo esto puede afirmarse, sin necesidad de pretender objetar el principio de identidad. Aristóteles condiciono la aplicación del principio, pues sabia muy bien –podemos presuponerlo que fácilmente pueden hacérsele objeciones a un principio de identidad sin condiciones (por ejemplo, durante un tiempo suficiente, puede decirse que un ser vivo es y no es.
2- El principio de no contradicción
Es imposible que un atributo pertenezca y no pertenezca al mismo sujeto. Este es el llamado “principio de no-contradicción”: si {A es x} → {A no es no-x}, donde x y no-x son atributos contrarios; ejemplo: algo no puede ser blanco y no-blanco, al mismo tiempo y dentro de la misma relación;
Según este principio, si {A es x} → {A no es no-x};o sea, es imposible que un atributo pertenezca y no pertenezca al mismo sujeto. Con este principio —perdón por la simpleza— lo que Aristóteles esta diciendo es que si nos ponemos a conversar, con el
propósito de decir algo sobre el mundo (no es que sea así, pero al menos es el propósito), lo mínimo es reconocer que lo dicho ha sido dicho; de lo contrario, no se podría avanzar. !Es una redundancia! Claro, pero es que toda la lógica lo es, lo que pasa es que allí se habla de “tautología”.
Al argumentar, estamos basados en el principio de no-contradicción, pues si no, nada se podría demostrar ni contradecir. No quiere decir que no haya contradicciones, o que este principio le tenga pavor a la contradicción. Querría decir, mas bien, que si todo vale, nada es argumentable. Y que, si se quiere argumentar, es necesario poner limites.
Por eso, reflexionar es perder la libertad: en una demostración, nos vemos obligados, por lo dicho, a concluir de determinadas maneras, hasta el punto que la ultima afirmación la demostración final del teorema, por ejemplo– se dice casi sola, es una implicación necesaria. Ahora bien, podría pensarse que en ámbitos como las noticias o la política se ignora que lo dicho ha sido dicho; sin embargo, postulo la idea de que el intercambio comunicativo en esos casos hace cesar de manera abrupta –casi que después de cada frase– la condición temporal que se ha puesto como condición de operatividad de los principios aristotélicos: allí no vale decir: “!Pero si acabas de decir lo contrario!”, pues perfectamente se nos puede responder: “ya estamos en otro momento”.
Contra el principio de no-contradicción se ha argüido, por ejemplo, que propiedades excluyentes, como las que caracterizan a las ondas y a las partículas, pueden ser detectadas en las entidades subatómicas (de donde estas serian objetos materiales, pero contradictorios). Pero, en realidad, no es que se haya objetado el principio de no-contradicción, sino que –como explica Capra [1982: 82-86]– la terminología disponible (‘onda’, ‘partícula’, ‘causalidad’) es insuficiente para describir los fenómenos atómicos; las unidades subatómicas aparecen como partículas o como ondas según se las busque y según se argumenten las pruebas.
Aunque haya ámbitos donde la contradicción es funcional (en los mitos, por ejemplo, y sin ir tan lejos, en la conversación cotidiana), si un enunciado aspira a la dignidad de ser indicativo, si se aspira a “logicizar” una descripción, a formalizar una disciplina, se acepta el principio de no-contradicción, independientemente de que la revisión de las doctrinas sea permanente (es decir: creemos en la nocontradiccion aunque luego reconozcamos que lo que habíamos dicho era contradictorio).
De nuevo, Aristóteles parece haberse referido a la discusión, no a las cosas. Cuando alguien intenta dar cuenta de algo, lo mínimo que Aristóteles le pide es que tenga en cuenta que lo dicho ha sido afirmado y que si va a cambiarlo lo diga o que, en todo caso, se atenga a las consecuencias si sus interlocutores se dan cuenta. Esto explica que el principio de incertidumbre de Heidelberg se refiera a la imposibilidad de describir, al mismo tiempo, velocidad y posición de las partículas subatómicas. Es decir, no se trata
exactamente
...