Supremacía constitucional
Enviado por OSWALDOARTURO • 29 de Marzo de 2015 • 329 Palabras (2 Páginas) • 169 Visitas
En un Estado de Derecho la Constitución se considera la norma superior de todo su ordenamiento jurídico. Ella es la manifestación fidedigna de la voluntad suprema del pueblo como poder constituyente originario, tal como lo había concebido el gran filósofo ginebrino Juan Jacobo Rousseau en su obra clásica “El Contrato Social”. Implica que dicha norma debe prevalecer por encima del comportamiento y funcionamiento de los órganos constituidos. De allí que cualquier modificación que intente hacerse debe estar en correspondencia con lo estipulado en su texto. En esto consiste el principio de supremacía constitucional en cualquier sociedad, independientemente del régimen político existente.
En el caso venezolano, la Constitución vigente, en su artículo 7, dispone “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”. Esta disposición constitucional representa uno de los pilares básicos del constitucionalismo moderno, sustentado en la idea de que ningún acto legislativo contrario a la propia Constitución puede ser válido. Además, los órganos públicos y los habitantes de ese Estado tienen la obligación de respetar y mantener la observancia de dicho texto supremo, como resultado de la voluntad general del pueblo.
El espíritu de Kelsen vive todavía
Indiscutiblemente, la famosa Teoría Pura del Derecho, expuesta magistralmente por el jurista Hans Kelsen, abrió el camino para dotar a los diversos Estados del planeta de un ordenamiento jurídico plenamente jerarquizado. Para este autor austriaco el ordenamiento de un Estado de Derecho está integrado exclusivamente por normas jurídicas válidas, las cuales deben pasar de grado jerárquico hasta llegar a la norma fundamental que es la Constitución. De forma que todas las normas se vinculan directa o indirectamente con la norma fundamental que es la que le da la validez y unicidad a ese complejo andamiaje de normas.
Otro jurista de la talla de Norberto Bobbio expresa que “la norma fundamental es el criterio supremo que permite establecer la pertinencia de una norma a un ordenamiento
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