Tema 5 exposicion de penal 1
Enviado por Rosa212121 • 16 de Marzo de 2017 • Informe • 959 Palabras (4 Páginas) • 246 Visitas
Tema
Homicidio. EXPOSICION DE TERESA
Noción de Homicidio Voluntario. Evolución
Es intencional (voluntario) el que comete a sabiendas y con intención, esto es con conocimiento de lo que se hace y con ánimo de quitar la vida, El agente efectúa su conducta ánimos mecandi . Esto se encuentra en nuestra legislación en el artículo 295 del código penal dominicano , el cual sustenta el concepto de Homicidio voluntario ,cuando expresa que “ el que voluntariamente mata a otro se hace reo de homicidio “ EL homicidio voluntario puede ser simple o acompañado de circunstancias que lo agravan
Elementos constitutivos.
El homicidio intencional comprende tres elemento 1) la preexistencia de una vida humana destruida; 2) un elemento material y 3 )un elemento moral
.1 Preexistencia de una vida humana este es el elemento indispensables para constituir la objetividad del crimen llamado homicidio ( hominiscaedes) ; el como ya dije es el mayor de los crímenes que puede cometerse contra un individuo , pues arrebata el primero y el más apreciado de los bienes : la vida.
2 Elemento material, Este implica un acto de naturaleza tal que pueda producir la muerte de otra persona poco importo los medios empleados para perpetrar el homicidio ( golpes con instrumentos , armas de fuego, armas blancas , golpes dado directamente con los puños y pies).
3 Elemento moral o intencional El agente debe tener la intención de matar , es decir , el designio de querer dar muerte , Esta intención es necesaria y suficiente ; no hay que buscar el móvil que indujo a cometer el hecho.
EXPOSICIÓN DE florimon.
LA Tentativa.
Se dice que la tentativa está presente cuando, con el objetivo de cometer un delito , ha comenzado alguien su ejecución por medios apropiados y no ha realizado todo lo que es necesario a la consumación del mismo .
Según lo establece el artículo 2 del C. P. D ‘ Toda tentativa de crimen podrá ser considerada como el mismo crimen cuando se manifiesta como un principio de ejecución , o cuando el culpable , a pesar de haber hecho cuanto estaba de su parte para consumarlo , no logra su propósito por causas independientes de su voluntad “
COMPLICIDAD
La complicidad es el acto por el cual una persona participa o se asocia indirectamente o accesoriamente al delito cometido por otro , hecho limitado por la ley , que son un comienzo de ejecución , indispensable para la existencia de la inflación .Nuestro derecho penal distingue entre los autores y los cómplices de una inflación no solamente desde el punto de vista de las acciones que cada una realiza , sino asimismo en cuanto a las sanciones .
PENALIDAD
El homicidio con la pena aflictiva o infamante. como ya veremos , cuando a su comisión preceda , acompañe o siga a otro crimen , se castiga con la pena de treinta ano de reclusión , igual pena se impone cuando el homicidio haya tenido por objeto preparar facilitar o ejecutar o delito o asegurar su impunidad.
...