CONTRATOS DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Enviado por gaston2215 • 11 de Abril de 2016 • Apuntes • 635 Palabras (3 Páginas) • 219 Visitas
CONTRATOS DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL
LOS CONTRATOS INTERNACIONALES:
Un contrato internacional es un acuerdo libre de voluntades, destinado a transferir bienes, servicios o conocimientos entre sujetos en estados y regímenes jurídicos diferentes, que realicen una tradición real de dichas especies o derechos del territorio de un estado al territorio de otro, o qe pacten desde estados diferentes, o que la tradición se ejecute en territorio distinto a aquel de donde surgió la obligación.
CONVENCION DE VIENA 1980 SOBRE CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS:
Este “instrumento internacional” se llevó a cabo con la finalidad de simplificar la compraventa de bienes que traspasen las fronteras internacionales, al someterla a unas mismas normas jurídicas uniformes. Este convenio es aplicado en casi todas las operaciones de compraventa en las cuales tanto el exportador como el importador operen en uno de los países ratificantes, o que se hayan adherido a él, en los cuales se cumpla el contrato por el derecho de uno de esos países.
La convención comprende 4 partes:
- Ámbito de aplicación y disposiciones generales: Posee los primeros 13 artículos. Ahí habla sobre que se aplicara exclusivamente a los contratos de compraventa internacional; se definen criterios para juzgar cuando un contrato es internacional; se excluyen algunos tipos de compraventa, por su forma u objeto, y también se establecen reglas para interpretar e integrar la convención y para interpretar los contratos de compraventa.
- Formación del contrato: Va desde el artículo 14 al 24. Contiene las reglas relativas a los requisitos para hacer la oferta, la posibilidad de revocarla o retirarla, la forma de realizar la aceptación general, y el momento de perfeccionamiento del contrato. Establece como principio general que la oferta, lo mismo que la aceptación, surten efecto cuando llegan al destinatario.
- Compraventa de mercaderías: Va del artículo 25 al 88. Esta parte es la más amplia, se subdivide en 4 capítulos. El primero establece reglas generales sobre el contrato de compraventa: define lo que entiende por incumplimiento esencial, establece que toda comunicación entre las partes surte efecto en el momento en que se expide, que el contrato se modifica por mero acuerdo entre las partes, y los casos en que es posible reclamar el cumplimiento específico del contrato. El segundo capítulo, obligaciones del vendedor precisa el contenido de la obligación de entregar las mercancías, el lugar, momento y forma en que debe hacerse; define la responsabilidad del vendedor por la calidad de las mercancías y por los derechos y pretensiones de terceros sobre ellas, especialmente los derivados de la propiedad intelectual, y establece los recursos que tiene el comprados en caso de incumplimiento del vendedor. El tercer capítulo, se refiere a las obligaciones del comprador: precisas el contenido de sus obligaciones de pagar el precio y recibir las mercancías, así como los recursos que tiene el vendedor en caso de incumplimiento. El capítulo cuarto, sobre la transmisión del riesgo, con el criterio que esta se opera, en general cuando el vendedor específica y pone las mercancías en manos del portador que las conducirá al comprador o las pone a disposición del comprador. El capítulo quinto da reglas comunes para la obligaciones del comprador y el vendedor: define los recursos que tienen en caso de incumplimiento previsible de la otra o de incumplimiento de una entrega en un contrato de entregas sucesivas; indica los criterios para evaluar los daños y perjuicios y para cobrar intereses moratorios, así como los casos de exoneración de responsabilidad por incumplimiento y los efectos de la resolución del contrato.
- Las disposiciones finales: Va del artículo 89 al 101. Establece que el secretario general de la ONU es el depositario de la convención; se precisan las reservas que pueden hacer los estados, la forma en que deberán ratificarla, aprobarla o adherirse a ella, y el momento en que iniciara su vigencia.
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