Contrato Compra-venta Internacional
Enviado por Riyari • 22 de Octubre de 2013 • 6.409 Palabras (26 Páginas) • 714 Visitas
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN
COMPRA VENTA INTERNACIONAL
ALUMNAS:
MENDOZA QUIJADA, Marylyn
VARGAS HONORES, Yarixa
VILELA GOICOCHEA, Yesnaya
DOCENTE:
GUEVARA CORCUERA HERMES RENE
Trujillo – Perú
2013
1. INDICE
COMPRA VENTA INTERNACIONAL
1. INDICE 2
2. RESUMEN 3
3. DESARROLLO 4
3.1. CONTRATOS 4
3.1.1. MARCO CONCEPTUAL 4
3.1.2. DEFINICIÓN 4
3.1.3. CARACTERISTICAS 4
3.1.4. REQUISITOS 4
3.1.5. ELEMENTOS 4
3.2. COMPRA VENTA INTERNACIONAL 4
3.2.1 ASPECTOS GENERALES 4
3.2.2 RED CONTRACTUAL EN EL COMERCIO INTERNACIONAL 4
3.2.3 NEGOCIACION COMERCIAL 4
3.2.4 CLAUSULAS O CONDICIONES DEL CONTRATO 4
3.2.5 LEGISLACIÓN APLICABLE A LOS CONTRATOS 4
3.2.6 CONTROVERSIAS 4
4. CONCLUSIÓN 4
5. REFRECIAS BIBLIOGRAFÍAS 5
6. PREGUNTAS 5
2. RESUMEN
3. DESARROLLO
3.1. CONTRATOS
3.1.1. DEFINICIÓN
Proviene del latín “CONTRACTUS” derivado de “CONTRAHERE” que significa concertar, lograr. Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas con el objeto de crear vínculos de obligaciones.
El contrato se define en el Art. 1351 del código civil peruano expresando:
“El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial.”
Doctrinariamente, ha sido definido como un acto jurídico bilateral o multilateral, porque intervienen dos o más personas, y que tiene por finalidad crear derechos y obligaciones. También se denomina contrato el documento que recoge las condiciones de dicho acto jurídico.
3.1.2. CARACTERISTICAS
Entre las características legales de los contratos podemos destacar las siguientes:
Siempre tienen que existir dos o más partes que presten su consentimiento.
Son fuentes de obligaciones para quienes intervienen en ellos: crean, modifica o extinguen relaciones jurídicas.
Recaen sobre cosas y servicios de naturaleza patrimonial.
Participan las personas mayores de edad (18 años).
Participan solo los menores de 18 años legalmente emancipados.
3.1.3. REQUISITOS
Son las condiciones que integran la formación, eficacia y validez del mismo. Son los siguientes:
A. CONSENTIMIENTO
Es el acuerdo de las partes, el convenio o concurrencia de oferta y aceptación. Exige los siguientes requisitos:
Pluralidad de voluntades, es decir, al menos tienen que concurrir la voluntad de dos personas.
Capacidad, los contratantes deben tener capacidad legal para realizar el contrato que se trate.
Libre voluntad, es decir, la voluntad de las partes debe expresarse libre y conscientemente.
Objeto del contrato debe ser:
Real o posible. No puede ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles.
Lícito. El objeto del contrato debe ser una cosa o servicio dentro del comercio y no contrario a la ley y buenas costumbres.
Derecho determinado o determinable. Esto es, que se pueda conocer, por ejemplo, una finca, o que con arreglo a otros condicionantes que pueda determinar.
B. CAUSA
Es el porqué del contrato. Según su causa pueden ser:
Onerosos: cuya causa es que una parte se obliga a algo y viceversa.
Gratuitos: una parte se obliga con independencia de que la otra lo haga o no, e incluso sabiendo que no lo hace.
C. FORMA
Todo contrato tiene una forma, aunque sea verbal; sin embargo, la forma escrita tiene la ventaja de que nos permite la prueba del contrato y sus condiciones, en caso de que la otra parte incumpla su obligación. Según la forma pueden ser:
Consensuales: son válidos y eficaces cualquiera que sea la forma en que se celebren.
Reales: para ser válidos eficaces requieren la entrega o transmisión física del objeto.
Solemnes: para ser válidos y eficaces requieren ser celebrados de una determinada manera
En el contrato hay acuerdo de las partes para voluntariamente llegar a una consecuencia. Es un acto jurídico en el cual no puede faltar la manifestación de voluntad, y no un hecho jurídico, en el cual si puede faltar este elemento.
Para que exista un contrato es necesario que cumplan los siguientes requisitos:
A) Que se encuentren frente a frente, personalmente o debidamente representadas las dos o más partes que desean crear la relación jurídica.
B) Que las partes emitan declaración de voluntad.
C) Que la declaración que se emita pretenda crear una relación jurídica patrimonial.
D) Que en caso de los contratos reales o solemnes, se haga entrega efectiva o jurídica, de la cosa material del contrato o se cumpla con la formalidad exigida para la validez del mismo.
3.1.4. ELEMENTOS
El contrato tiene todos los elementos y requisitos propios de un acto jurídico, cuales son los elementos personales, elementos reales y elementos formales.
a) Elementos personales
Los sujetos del contrato pueden ser personas físicas o jurídicas con la capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse. En este sentido pues, la capacidad en derecho se subdivide en capacidad de goce (la aptitud jurídica para ser titular de derechos subjetivos, comúnmente denominada también como capacidad jurídica) y capacidad de ejercicio o de obrar activa o pasiva (aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones sin asistencia ni representación de terceros, denominada también como capacidad de actuar).
b) Elementos reales
Integran la denominada prestación, o sea, la cosa u objeto del contrato, por un lado, y la contraprestación, por ejemplo, dar suma de dinero, u otro acuerdo.
c) Elementos formales
La forma es el conjunto de signos mediante los cuales se manifiesta el consentimiento de las partes en la celebración de un contrato. En algunos contratos es posible que se exija una forma específica de celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma escrita, la firma
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