10 Principios De La Onu A Nivel Laoral
Enviado por chenchal123 • 4 de Marzo de 2015 • 1.823 Palabras (8 Páginas) • 750 Visitas
2014
Cesar Morales Merino
3 “D”
[10 PRINCIPIOS DEL PACTO MUNIDAL ]
Los 10 Principios del Pacto Mundial
Los Diez Principios del Pacto Mundial están basados en Declaraciones y Convenciones Universales aplicadas en cuatro áreas: Derechos Humanos, Medio Ambiente, Estándares Laborales y Anticorrupción.
Derechos Humanos
Tienen su origen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Principio 1: Apoyar y respetar la protección de los derechos humanos.
Principio 2: No ser cómplices de abuso de los derechos humanos.
Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación, entre ellas:
Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables;
Proteger los derechos de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a condiciones de trabajo justas y favorables, y en particular a igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, a condiciones de trabajo seguras y saludables, incluida la protección contra el acoso, y a la reparación por agravios sufridos;
Asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás;
Permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua;
Alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de las personas con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al mismo;
Promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias;
Emplear a personas con discapacidad en el sector público;
Promover el empleo de personas con discapacidad en el sector privado mediante políticas y medidas pertinentes, que pueden incluir programas de acción afirmativa, incentivos y otras medidas;
Velar por que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad en el lugar de trabajo;
Promover la adquisición por las personas con discapacidad de experiencia laboral en el mercado de trabajo abierto;
Promover programas de rehabilitación vocacional y profesional, mantenimiento del empleo y reincorporación al trabajo dirigidos a personas con discapacidad.
Estándares Laborales
Se basan en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo:
Principio 3: Apoyar los principios de la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva.
La libertad de asociación exige el respeto del derecho de empleadores y trabajadores de establecer libre y voluntariamente organizaciones de su propia elección y de adherirse a las mismas. Además, dichas organizaciones tienen derecho a realizar sus actividades con total libertad y sin injerencias. La negociación colectiva se refiere a un proceso o una actividad que desemboca en la conclusión de un convenio colectivo. La negociación colectiva es un proceso voluntario en el que se determinan los términos y las condiciones de trabajo y la regulación de las relaciones entre los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones.
Principio 4: Eliminar el trabajo forzoso y obligatorio.
El trabajo forzoso constituye una vulneración fundamental de los derechos humanos. La mayoría de las víctimas perciben salarios bajos o no perciben salario alguno y trabajan muchas horas en unas condiciones de salubridad y seguridad extremadamente deficientes. El trabajo forzoso o realizado bajo coacción es todo trabajo o servicio (tanto si los trabajadores perciben o no un salario o algún tipo de compensación) que se obliga a llevar a cabo a una persona bajo amenaza de castigo y para el cual dicha persona no se ha ofrecido de forma voluntaria. La ley establece que el trabajo debe ofrecerse de forma voluntaria y que los empleados deben tener libertad para cesar en el mismo cuando lo deseen. Aunque las empresas constituidas legalmente no suelen emplear dichas prácticas, pueden estar vinculadas a prácticas de trabajo forzoso a través de sus contratistas y proveedores.
Principio 5: Abolir cualquier forma de trabajo infantil.
El trabajo infantil es todo aquel que perjudique el desarrollo físico, social, mental, psicológico y espiritual del niño; por realizarse a una edad demasiado temprana. El trabajo infantil priva a los niños de su infancia y de su dignidad. Los niños que lo ejercen se ven privados de su derecho a la educación y pueden verse separados de sus familias. Es muy probable que los niños que no finalicen su educación básica sean analfabetos y no adquieran nunca las capacidades necesarias para conseguir un trabajo y contribuir al desarrollo de una economía moderna. Así pues, el trabajo infantil produce trabajadores insuficientemente calificados y sin las cualificaciones necesarias y pone en peligro la mejora, en un futuro, de las capacidades de la fuerza de trabajo. El Convenio sobre la edad mínima de la OIT insta a que se establezca una edad mínima para trabajar (por lo general, en torno a los 15 años) que coincida con el final del período de escolarización obligatoria. Ofrece opciones de flexibilidad (por ejemplo, en los países en desarrollo) para el trabajo realizado en el marco de la capacitación
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