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3 El Derecho Comercial Y Las Sociedades Mercantiles.


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  1.081 Palabras (5 Páginas)  •  487 Visitas

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En doctrina no hay coincidencia entre los diversos autores respecto de un concepto único de Derecho comercial. La existencia de diversas opiniones al respecto tiene su explicación básica en que lo que es el Derecho comercial depende de lo que ha consagrado legislativamente cada nación en un momento dado de la historia. Queremos decir que el concepto de Derecho comercial depende del ámbito de aplicación que le haya determinado la Ley y esto difiere de país en país y, además, ha diferido en forma sustancial a través del tiempo.

En los párrafos siguientes, por lo tanto, sólo intentaremos brindar una definición del Derecho comercial uruguayo actual.

El Derecho comercial es una rama del Derecho privado que regula lo siguiente: la actividad calificada por la Ley como comercial; las personas que realizan esa actividad profesionalmente; y determinados bienes utilizados en el ejercicio de la actividad comercial o especialmente afectados a tal actividad. Algunos autores agregan como materia del Derecho comercial la regulación del mercado.

Precisiones

1. En primer lugar, señalamos que el Derecho comercial regula el comercio en su acepción jurídica; esto es, aquellas actividades que la Ley califica como comerciales. El concepto jurídico de comercio ha variado en el tiempo y es distinto en en cada país. Estas variaciones condicionan la extensión y el ámbito de aplicación del Derecho comercial.

2. En segundo lugar, debemos advertir que la actividad comercial es regulada no sólo por el Derecho comercial sino por otras ramas del Derecho que se ocupan, también, de normarla. Al respecto, queremos señalar que si bien estamos o pretendemos estar en una economía de corte liberal, todas las actividades comerciales, el ejercicio profesional del comercio, los bienes mercantiles y el mercado, están diversamente condicionados por normas de Derecho público.

Daremos ejemplos. El Derecho administrativo regula múltiples aspectos de la actividad mercantil. Para algunas actividades se requiere autorización legal. Se requiere, para ciertos giros, autorizaciones previas que debe conceder el Estado o entes estatales (bancos, casas de cambio, bolsas de valores, AFAP, aseguradoras, empresas de radiodifusión o televisión, etc.). Para realizar ciertas actividades hay que inscribirse en registros especiales (empresas de turismo, empresas de seguridad, proveedores del Estado).

Ciertas actividades están sujetas a contralor permanente del Estado o entes estatales. La industrialización y comercialización de ciertos bienes, está rigurosamente regulada: se fijan por decreto los precios de venta, la forma de comercialización, condiciones de los envases, el etiquetado de los productos, la publicidad, etcétera. Son normas de tutela a la concurrencia, de protección al consumidor y otras de tutela al medio ambiente. Todo ello condiciona y limita la actividad comercial en atención a intereses generales e intereses de la economía e intereses sociales[1].

Ciertas actividades se reservan a nacionales o a personas domiciliadas en el país, por distintos motivos que se irán analizando (Derecho de extranjería).

3. El Derecho comercial presenta actualmente una tendencia a extender su ámbito de aplicación al mercado considerado, en sí mismo, como objeto de regulación legal[2]. Cabe advertir, sin embargo, que estas normas son, en general, de Derecho público, escapando a la esfera del Derecho privado y, por lo tanto, estrictamente, no corresponderían al Derecho comercial.

En este sentido, se han dictado las denominadas leyes de mercado, dirigidas a regular la comercialización de ciertos bienes. Así,

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