Adopcion De Un Nuevo Formulario De Itbms
Enviado por JEFRAJJ • 25 de Junio de 2015 • 400 Palabras (2 Páginas) • 255 Visitas
Adopción de un nuevo formulario de ITBM.
Adoptar la utilización de un nuevo formulario para la declaración de las transacciones del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles, ITBM, en los términos y especificaciones del formato que se acompaña a la presente resolución, junto con las correspondientes instrucciones para su correspondiente trámite, los cuales forman parte integral de la misma.
La utilización del nuevo formulario será obligatoria para todos los contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles, ITBM, atendiendo los siguientes períodos fiscales:
a) los contribuyentes de la clase uno con período fiscal mensual, a partir del período fiscal de septiembre de 2001 que se debe presentar hasta octubre 15 del mismo año.
b. los contribuyentes de la clase dos con período fiscal trimestral, a partir del trimestre julio – agosto - septiembre de 2001, que se debe presentar hasta octubre 15 de 2001.
Cada formulario constará de dos ejemplares, un original y una copia que tendrán la siguiente destinación:
Original: Para la Administración Regional de Ingresos.
Copia: Para el contribuyente.
El formulario no tendrá costo alguno para los contribuyentes del impuesto, por lo tanto su distribución se hará en forma gratuita a través de todas las Administraciones Regionales de Ingresos de la República.
Boleta de pago del ITBM.
Adoptar el formato de boleta para el pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles, ITBM, en los términos y especificaciones del formato y las instrucciones para su elaboración, que se acompañan a la presente resolución formando parte integral de la misma. En dicho formato los contribuyentes del impuesto deberán realizar los pagos que correspondan al valor a pagar que se hayan determinado en las declaraciones juradas correspondientes, así como también los montos que figuren a su cargo en carácter de morosos.
Cada boleta de pago constará de tres ejemplares: un original y dos copias que tendrán la siguiente destinación:
Original: Para la Dirección General de Ingresos.
Primera Copia: Para el contribuyente.
Segunda Copia: Para el banco o entidad recaudadora.
Los pagos que efectúe el contribuyente del ITBM en la boleta de pago se aplicarán siguiendo el orden establecido para tal efecto en el artículo 2 de la Ley 60 de 19 de julio de 1973.
El formato de boleta de pago que se adopta en el presente artículo podrá utilizarse para efectuar pagos correspondientes a cualquier período fiscal del impuesto.
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