Adopción De Las NIIF PARA PYMES
Enviado por cjmoran • 6 de Octubre de 2013 • 1.462 Palabras (6 Páginas) • 404 Visitas
ADOPCIÓN DE LAS NIIF PARA PYMES
-Impacto y apuntes al proceso comunicacional-
1. INTRODUCCIÓN.
La adopción de las NIIF para PYMES del IASB, a título de norma profesional vigente en Argentina para las empresas que encuadren en dicha categoría, no puede soslayar la crítica situación de la implementación normativa de los últimos años, a riesgo de sobrellevar el anodino destino de una suscripción sin suscriptores.
A tal fin, se partirá de un conjunto de aseveraciones fuertes, si bien suscriptas a título personal, basadas en los innúmeros intercambios con profesionales y secretarios técnicos de Consejos Profesionales y Delegaciones del país, así como objetivable en las marcas que un seguimiento evolutivo de los vistos y considerandos de las sucesivas modificaciones implementadas al primer intento de acercamiento a la normativa internacional (1), así como por los múltiples desacuerdos a su respecto, que motivaran la necesidad de un proceso de armonización (2),permiten delinear, a saber :
Divorcio relativo entre la matrícula general y los pronunciamientos normativos, que halló encarnadura en las dificultades para la aprobación de dichos cuerpos en las distintas jurisdicciones.
Vértigo normativo que dificulta la integración de conceptos y procedimientos, y haya traducción en una escasa aplicación cuando no conocimiento de muchos de los pronunciamientos profesionales.
Dificultades en el matriculado promedio, para reconocer si se trata de un incumplimiento de la normativa vigente o de un “no aplicable” para la naturaleza y contexto operacional de los entes sobre los que recae su tarea, que se expresan a partir de la sensación de algo que o bien los excede, o bien les resulta excesivo.
El carácter inexorable del proceso de internacionalización normativa, así como el entendimiento que muchas de las resistencias se motivan en un problema de comunicación y clarificación terminológica, motivan el presente trabajo, que a modo de puente, propone un recorrido por los principales temas de la propuesta de NIIF para PYMES, integrando a modo de censor el trípode: “Interés del usuario- Materialidad--costo/beneficio de la información”, con una clasificación que atiende de forma aproximativa (se pueden ensayar otras), a la naturaleza transaccional del universo PYMES.
El desarrollo comprenderá los puntos siguientes:
Delimitación terminológica.
Incidencia por zona temática, agrupamiento y naturaleza
transaccional.
Conclusiones.
2. DELIMITACIÓN TERMINOLÓGICA.
En el presente punto se establecen el sentido y contexto en que se emplearán algunos de los términos esenciales del trabajo, a saber:
Estados contables con propósito general.
Pequeña y mediana empresa.
Entes económicamente significativos y sociedades del art 299 de
la ley 19.550.
Censor del impacto normativo.
2.1 ESTADOS CONTABLES CON PROPÓSITO GENERAL.
La creación del IASC, así como su posterior transformación en IASB, estuvo guiada por armonizar los criterios de medición y reconocimiento de resultados, así como las exigencias en materia de información a revelar, para las empresas que hacen oferta pública de sus títulos valores a nivel internacional.
En tal sentido, una primera preocupación del organismo, quedó referida por su competencia para la sanción de normas internacionales de contabilidad, que armonicen los criterios del universo PYME.
Una vez convencidos de que su misión, conforme a los estatutos de su constitución, no sólo debía restringirse a las empresas que participan en bolsa, quedaba por fundamentar la necesidad y finalidad de alinear criterios en el ámbito PYME.
A tal fin, y sobre la base de que la dimensión y el hecho de hacer o no oferta pública de sus títulos valores, no se correlaciona de forma estricta con el hecho de operar con los restantes países, funda dicha necesidad en la defensa del usuario tipo minoritario o no significativo, y de su derecho a contar con requerimientos mínimos de información, que le permitan evaluar la conveniencia y modalidad de vinculación con el ente que informa.
En tal sentido, el concepto fundacional en que se instrumenta la protección del usuario no significativo para un determinado ente, está basado en la categorización de “Estados contables con propósito general”, que los puntos 7 y 8 del prólogo de las NIIF para PYMES del IASB (3), definen en los términos siguientes:
P7 Las NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito general, así como en otras informaciones financieras de todas las entidades con ánimo de lucro. Los estados financieros con propósito general se dirigen a la satisfacción de las necesidades comunes de información de un amplio espectro de usuarios, por ejemplo accionistas, acreedores, empleados y público en general. El objetivo de los estados financieros es suministrar información sobre
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