Niif Para Pymes
Enviado por floruvita • 17 de Abril de 2013 • 1.488 Palabras (6 Páginas) • 528 Visitas
Sección 14
Inversiones en Asociadas
Alcance de esta sección
14.1 Esta sección se aplicará a la contabilización de las asociadas en estados
financieros consolidados y en los estados financieros de un inversor que no es
una controladora pero tiene una inversión en una o más asociadas. El párrafo
9.26 establece los requerimientos para la contabilización de asociadas en estados
financieros separados.
Definición de asociadas
14.2 Una asociada es una entidad, incluyendo una entidad sin forma jurídica definida
tal como una fórmula asociativa con fines empresariales, sobre la que el inversor
posee influencia significativa, y que no es una subsidiaria ni una participación
en un negocio conjunto.
14.3 Influencia significativa es el poder de participar en las decisiones de política
financiera y de operación de la asociada, sin llegar a tener control o el control
conjunto sobre tales políticas.
(a) Si un inversor mantiene, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de
subsidiarias), el 20 por ciento o más del poder de voto en la asociada, se
supone que tiene influencia significativa, a menos que pueda demostrarse
claramente que tal influencia no existe.
(b) A la inversa, si un inversor mantiene, directa o indirectamente (por
ejemplo, a través de subsidiarias), menos del 20 por ciento del poder de
voto en la asociada, se supone que no tiene influencia significativa, a
menos que pueda demostrarse claramente que tal influencia existe.
(c) La existencia de otro inversor que posea una participación mayoritaria o
sustancial no impide que un inversor tenga influencia significativa.
Medición – elección de política contable
14.4 Un inversor contabilizará todas sus inversiones en asociadas utilizando una de
las siguientes opciones:
(a) El modelo de costo del párrafo 14.5.
(b) El método de la participación del párrafo 14.8.
(c) El modelo del valor razonable del párrafo 14.9.
Modelo del costo
14.5 Un inversor medirá sus inversiones en asociadas, distintas de aquellas para las
que hay un precio de cotización publicado (véase el párrafo 14.7) al costo menos
las pérdidas por deterioro del valor acumuladas reconocidas de acuerdo con la
Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.
NIIF PARA LAS PYMES – JULIO 2009
© IASCF 87
14.6 El inversor reconocerá los dividendos y otras distribuciones recibidas
procedentes de la inversión como ingresos, sin tener en cuenta si las
distribuciones proceden de las ganancias acumuladas de la asociada, surgidas
antes o después de la fecha de adquisición.
14.7 Un inversor medirá sus inversiones en asociadas para las que hay un precio de
cotización publicado mediante el modelo del valor razonable (véase el párrafo
14.9).
Método de la participación
14.8 Según el método de la participación, una inversión en patrimonio se reconocerá
inicialmente al precio de la transacción (incluyendo los costos de transacción) y
se ajustará posteriormente para reflejar la participación del inversor tanto en el
resultado como en otro resultado integral de la asociada.
(a) Distribuciones y otros ajustes al importe en libros. Las distribuciones
recibidas de la asociada reducirán el importe en libros de la inversión.
Podrían también requerirse ajustes al importe en libros como consecuencia
de cambios en el patrimonio de la asociada que surjan de partidas de otro
resultado integral.
(b) Derechos de voto potenciales. Aunque se tienen en cuenta los derechos de
voto potenciales al decidir si se existe influencia significativa, un inversor
medirá su participación en los resultados de la asociada y su participación
en los cambios del patrimonio de la asociada en función de las
participaciones en la propiedad actuales. Esas mediciones no reflejarán el
posible ejercicio o facultad de conversión de los derechos de voto
potenciales.
(c) Plusvalía implícita y ajustes del valor razonable. En el momento de la
adquisición de la inversión en una asociada, un inversor contabilizará
cualquier diferencia (tanto si es positiva como si fuera negativa) entre el
costo de adquisición y la participación del inversor en los valores
razonables de los activos identificables netos de las asociada, de acuerdo
con los párrafos 19.22 a 19.24. Un inversor ajustará su participación en las
pérdidas o ganancias de la asociada después de la adquisición, para
contabilizar la depreciación o amortización adicional de los activos
depreciables o amortizables (incluyendo la plusvalía) de la asociada,
calculadas sobre la base del exceso de sus valores razonables con respecto
a sus importes en libros en el momento de adquirir la inversión.
(d) Deterioro de valor. Si hay una indicación de que se ha deteriorado el valor
de una inversión en una asociada, un inversor comprobará el importe en
libros completo de la inversión por deterioro de valor de acuerdo con la
Sección 27 como un activo individual. No se comprobará por separado el
deterioro del valor de cualquier plusvalía que se haya incluido como parte
del importe en libros de la inversión en la asociada, sino que formará parte
de la comprobación de deterioro del valor de la inversión en su conjunto.
(e) Transacciones del inversor con asociadas. Si se contabiliza una asociada
utilizando el método de la participación, el inversor eliminará las ganancias
y pérdidas no realizadas procedentes de las transacciones
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