Artículo 2: Precio
Enviado por karinaachagomez • 29 de Mayo de 2014 • 453 Palabras (2 Páginas) • 190 Visitas
Artículo 2: Precio
El precio de la instalación es de 1.200.000 Dólares.
Este precio comprende el suministro de los equipos, su montaje e instalación, puesta en marcha y ensayos.
Artículo 3: Entrada en vigor del contrato
El contrato entrará en vigor cuando el comprador:
-haya realizado el pago anticipado del 10% del pedido
-haya obtenido la licencia de importación
Artículo 4: Fecha de entrega y montaje
La entrega se efectuará dentro de los ocho meses siguientes a la fecha de entrada en vigor del contrato, en un solo lote.
El montaje y los ensayos de recepción provisional tendrán lugar dentro de los tres meses siguientes a la llegada de los equipos.
Artículo 5: Condiciones de pago
El precio total Cip Niamey (Incoterms 2000) de 1.200.000 Dólares será pagado por el comprador de la siguiente manera:
-10% cuando el comprador haya obtenido la licencia de importación
La transferencia de este anticipo se efectuará a través del National Bank of Surinam. El vendedor tendrá que constituir una garantía de restitución de anticipo por el mismo importe.
-20% mediante Crédito documentario irrevocable pagadero a la vista contra presentación de; factura del vendedor, Certificado de inspección, Certificado de origen, póliza de seguro, lista de embalaje y juego completo de conocimientos de embarque clean on board.
-60% mediante Letra aceptada pagadera a 90 días de la fecha del “Acta de Pruebas de Recepción Provisional”
-10% mediante Letra aceptada pagadera a 90 días de la fecha del “Acta de Pruebas de Recepción Definitiva”
Artículo 6: Penalizaciones por retrasos
El vendedor pagará al comprador una penalización del 1% del precio del presente contrato por cada semana de retraso respecto de la entrega prevista en el artículo 4.
Si el retraso sobrepasare los seis meses, a contar desde la expiración del tiempo previsto para realizar el montaje y los ensayos, el Comprador tendrá derecho a rescindir el contrato, independientemente de su derecho a reclamar al ven
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dedor una indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 7: Fuerza mayor
Los siguientes casos: incendio, terremoto, inundación, autorizan al vendedor a prolongar los plazos de entrega previstos en el artículo 4, siempre que el retraso por causa de fuerza mayor no sea superior a seis meses. En caso contrario el comprador tendrá derecho a rescindir el contrato.
El vendedor está obligado a informar al comprador de las circunstancias que provoquen el retraso en la ejecución del contrato, dentro de los 15 días siguientes
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