Asimilados A Salarios
Enviado por zandiota • 28 de Agosto de 2014 • 661 Palabras (3 Páginas) • 359 Visitas
¿Qué son los asimilados a salarios?
Aunque no existe una definición, se considera los pagos efectuados a personas físicas que se comprenden en el Artículo 94 de la ley del Impuesto sobre la Renta, misma que los clasifica en obligatorios (Fracc. I a IV) y optativos (Fracc. V y VI).
La intención al establecer esta figura, fue otorgar facilidades administrativas de comprobación y retención del Impuesto sobre la Renta para las personas que los paguen, y de disminución de obligaciones fiscales para las personas que los perciben.
¿Quiénes son?
Según el artículo 94 de LISR se asimilan a salarios de manera obligatoria
1. Remuneraciones a trabajadores del gobierno
“Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.”.
2. Anticipos de cooperativistas de producción, sociedades y asociaciones civiles
“Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles.”.
3. Honorarios, administradores, comisarios y consejeros
“Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.”
4. Servicios profesionales
“Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último.”
En el segundo párrafo se establece que por preponderante se entiende cuando los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior del prestatario representen más del 50%.
Los ingresos obtenidos por las personas físicas por ejercer la opción otorgada por el Empleador, o una parte relacionada del mismo, para adquirir, incluso mediante Suscripción, acciones o títulos valor que representen bienes, sin costo alguno o a un Precio menor o igual al de mercado que tengan dichas acciones o títulos valor al Momento del ejercicio de la opción, independientemente de que las acciones o titulas
Valor sean emitidos por el empleador o la parte relacionada del mismo.
Según el artículo 94 de LISR se asimilan a salarios de manera voluntaria
“Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.”.
“Los ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades
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