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Enviado por dannapaola • 9 de Diciembre de 2011 • 681 Palabras (3 Páginas) • 624 Visitas
PERSONA FÍSICA Y PERSONA MORAL
Existen dos tipos de personas jurídicas: las físicas y las morales, estas últimas
llamadas también personas jurídicas colectivas. El primer concepto corresponde al
sujeto en lo individual, o sea, al hombre en cuanto tiene derechos y obligaciones;
el segundo corresponde a grupo de personas asociadas, formando una
personalidad jurídica distinta a la de sus integrantes, ejemplo de ello lo tenemos
en una asociación civil o sociedad anónima.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS
PERSONAS FÍSICAS.- Las personas físicas o seres humanos, tienen los
siguientes atributos:
1.- Capacidad.
2.- Estado Civil.
3.- Patrimonio.
4.- Nombre.
5.- Domicilio.
6.- Nacionalidad.
PERSONAS MORALES.- Son atributos de las personas morales:
1.- Capacidad.
2.- Patrimonio.
3.- Denominación o Razón Social.
4.- Domicilio.
5.- Nacionalidad.
Existe una correspondencia entre los atributos de las personas físicas y las
morales, con excepción del estado civil, que sólo puede darse en las personas
físicas, ya que deriva del parentesco, divorcio, etc.
CAPACIDAD.- La capacidad en las personas físicas se distingue de las morales,
en que en estas últimas no puede haber incapacidad de ejercicio y sen que su
capacidad de goce esta limitada por su objeto, naturaleza y fines.
La capacidad es el atributo más importante de las personas. Todo sujeto por el
hecho de serlo, debe tener capacidad jurídica, que puede ser total o parcial.
La capacidad puede ser de goce o de ejercicio, la primera es el atributo esencial e
imprescindible de toda persona.
La capacidad de goce es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.
La capacidad de ejercicio supone la posibilidad jurídica de la persona de hacer
valer directamente sus derechos.
ESTADO CIVIL.- Consiste en la situación jurídica concreta de una persona física
que guarda en la relación con la familia, y el Estado.
El estado civil es soltero o casado. No hay estado civil divorciado o viudo, en virtud
de que el divorcio y la muerte del cónyuge ponen fin al matrimonio recuperándose
la soltería.
DOMICILIO.- Se define como el lugar donde una persona reside habitualmente
con el propósito de radicarse en él.
NOMBRE.- El nombre determina, en cada sujeto, su identificación personal.
La denominación de las personas morales equivale al nombre de las físicas.
PATRIMONIO.- Es la posibilidad
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