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Balanza De Comprobacion


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2014  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  347 Visitas

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La balanza de comprobación. Es una lista de todos los saldos deudores y acreedores de todas las cuentas del mayor para comprobar la igualdad, sumándolos en columnas separadas; esto así a consecuencia de que la contabilidad a base de partida doble deriva su nombre del hecho de que el registro de toda operación requiere el asiento de débitos y créditos de una operación que suman igual importe, resulta obvio que el total de débitos de todas las cuentas debe ser igual al total de los créditos.

La balanza de comprobación sirve para localizar errores dentro de un período identificado de tiempo y facilita el encontrarlos en detalle y corregirlos. Es una lista muy conveniente de los saldos de las cuentas que serán empleados en la preparación de los Estados Financieros.

Es útil para comprobar la exactitud matemática del mayor y proporcionar al contador información para preparar los Estados Financieros periódicos, ya que le es mucho más sencillo utilizar los datos de la Balanza que tomándolos directamente del mayor.

Ley del Impuesto Sobre la Renta (L.I.S.R.) En su Artículo 58 fracción I establece la obligación de las Personas Morales de llevar la contabilidad. Artículo 67-F fracción II establece la obligación de las personas Morales del Régimen simplificado de llevar la contabilidad. Artículo 72 fracción I establece la obligación de las personas Morales no contribuyentes de llevar la contabilidad. Artículo 88 fracción II establece la obligación de las personas físicas con ingresos por honorarios de llevar la contabilidad. Artículo 94 fracción II establece la obligación de las personas físicas con ingresos por arrendamiento de llevar la contabilidad. Artículo112 fracción II establece la obligación de llevar contabilidad a las personas físicas con actividad empresarial. Art. 115-B fracción II establece la obligación de las personas físicas contribuyentes menores de llevar contabilidad simplificada.

Reglamento de la L.I.S.R. En su Artículo 64.- Donde establece la obligación de llevar contabilidad para los residentes en el país que tengan establecimiento en el extranjero; Artículo 67-F. Obligación de llevar contabilidad para las personas morales del régimen simplificado; Artículo 70-A y 70B y 70C; Instituciones autorizadas para recibir donativos; Artículo 72. Obligación de llevar contabilidad para las personas morales no contribuyentes; Artículo 112. Obligación de llevar contabilidad para las personas físicas del régimen general; Artículo 115-B. Obligación de llevar contabilidad para las personas físicas del régimen de menores; Artículo 119-I. Obligación de llevar contabilidad para las personas físicas del régimen simplificado, entre otros.

Esto está regido en el artículo 106 de la LISR 2014 e indica:

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto

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