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Banco Central De Venezuela


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2014  •  2.536 Palabras (11 Páginas)  •  163 Visitas

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Historia

El Banco Central de Venezuela se creó mediante una ley promulgada el 8 de septiembre de 1939, publicada en la Gaceta Oficial No. 19.974 del 8 de septiembre de 1939, durante la presidencia de Eleazar López Contreras. La emisión y circulación de billetes en todo el territorio nacional era derecho exclusivo del Banco Central. El BCV sólo podría poner en circulación billetes y monedas: mediante la compra de oro, de divisas y de la realización de las operaciones de crédito, especificadas en la ley, con los bancos y con el público. Los billetes del Banco Central eran convertibles en moneda legal venezolana, en barras de oro o en letras o giros a la vista sobre fondos depositados en el exterior. El Banco estaba obligado a respaldar el 50 por ciento de los billetes emitidos en oro amonedado, nacional o extranjero y en barras depositadas en sus propias bóvedas o en custodia en bancos en el exterior, así como en depósitos a la vista en bancos foráneos. La Ley del BCV ha experimentado reformas a lo largo de la historia en 1943, la fallida de 1948, las de 1960, 1974, 1983, 1984,1987, 1992 y por último la de 2001 que es la vigente. Todas las reformas respondieron a exigencias internas derivadas del acelerado cambio experimentado por la nación y a las nuevas orientaciones que la banca central adoptaba en las economías más desarrolladas, las cuales resultaban de la estructuración de un nuevo orden financiero internacional.

LAS SEDES DEL BANCO CENTRAL: La primera sede que ocupó el Banco Central estuvo ubicada entre las esquinas de Veroes y Jesuitas. En este local abrió sus puertas al público el 15 de Octubre de 1940. El 19 de octubre de 1943, se colocó la primera piedra para la construcción de un edificio propio. El diseño de la obra le fue confiado al arquitecto Gustavo Wallis L. A mediados de los años 50 se comenzó la construcción en el terreno ubicado en el ángulo noroeste de la esquina de Carmelitas, sobre la avenida Urdaneta. Su diseño mereció el Premio Nacional de Arquitectura y el edificio fue inaugurado en 1965, esta construcción abarco una segunda fase. La Torre Financiera, como fue denominada, se construyó y fue inaugurada por el Presidente Rafael Caldera el 14 de Septiembre de 1973 con un total de 26 pisos sobre el nivel de la calle, destinados a dependencias del BCV y a los organismos financieros que inicialmente fueron ubicados en el edificio sede. La edificación está interconectada con el edificio sede con el cual forma una sola unidad arquitectónica y funcional que embellece la ciudad capital.

Banco Central de Venezuela

El Banco Central de Venezuela es una persona jurídica pública, es decir, una entidad regida por normas de derecho público. Forma parte de la administración nacional descentralizada, y sus relaciones con el Ejecutivo Nacional se sostienen a través del Ministerio de Finanzas. La Carta Fundamental del BCV señala que es una persona jurídica de derecho público, con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. Sin embargo, esa autonomía se encuentra limitada por la disposición constitucional, según la cual el BCV ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación. El capital de BCV está integrado por su capital inicial de Bs. 10.000.000,00, las reservas de capital y los aportes de la República. Un Banco Central no requiere un gran capital, ya que puede cumplir sus cometidos en ejercicio del privilegio que le otorga la ley, de emitir billetes y monedas metálicas para la realización de las operaciones autorizadas por la propia ley.

Papel del BCV

El BCV tiene por misiones principales, el mantenimiento de la estabilidad monetaria y la preservación de la capacidad de pagos internacionales del país. El mantenimiento de la estabilidad de la estabilidad monetaria significa la conservación del mismo poder adquisitivo de la Moneda nacional, es decir, el combate contra la inflación. Al Estado le corresponde velar por la estabilidad monetaria y de precios, por lo que, el BCV debe: Contribuir con el Ejecutivo Nacional en la armonización de la política monetaria con la fiscal, facilitando el logro de los objetivos macroeconómicos con la creación y mantenimiento de las condiciones monetarias que se requieren para la transición y cambio estructural de la economía venezolana, y con los mecanismos necesarios que permitan minimizar sus niveles de vulnerabilidad ante las fluctuaciones externas y la volatilidad de las variables claves del sistema.

El cumplimiento del principal objetivo de un banco central, es condición necesaria para darle sostenibilidad al desarrollo de un país, y en ese sentido sus actos están en correspondencia con los fines superiores del Estado.

El Banco Central, como autoridad responsable, viene creando las condiciones internas para hacer viable las modificaciones institucionales que se derivan de su nuevo papel, a los fines de garantizar la consistencia y calidad de la política, el ejercicio de sus funciones en coordinación con la política económica nacional; la mayor capacidad para promover y facilitar consensos en torno a objetivos nacionales y para generar resultados congruentes con los mismos, poniendo especial atención a los mecanismos de cooperación y a la necesidad de que los mismos mantengan el principio de equilibrio propio de un régimen democrático. El papel que juega el Banco Central de Venezuela en el crecimiento económico, en la creación de bienestar público y en la satisfacción de las necesidades de la sociedad no sólo proviene de la esencia de su misión y de la política macroeconómica que debe aplicar. Hay una labor subyacente, en relación directa con la comunidad, que también contribuye a los mismos fines. Se trata de la labor social, que pone el énfasis en la dinámica de las relaciones al interior de la comunidad. La responsabilidad social es el mecanismo mediante el cual el BCV es capaz de establecer y mantener una agenda que reconozca las prioridades sociales y sea capaz de diseñar estrategias para atenderlas. Es el compromiso de contribuir al desarrollo económico sostenible, trabajando con los funcionarios, la comunidad local y la sociedad en general, para mejorar su calidad de vida en un marco de actuación complementario a los objetivos prioritarios que le asigna la Ley. No es un desempeño aislado, sino que por el contrario se articula con la acumulación de activos sociales, sicológicos, culturales, cognoscitivos e institucionales que aumentan la cantidad del comportamiento cooperativo mutuamente beneficioso para las personas que lo poseen y para el tejido social en su conjunto. En otras palabras, con su labor social el Banco Central se hace parte y contribuye a la acumulación de capital social. Estos compromisos comprenden una serie de programas y

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