CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY N° 30056 LEY QUE MODIFICA DIVERSAS LEYES PARA FACILITAR LA INVERSIÓN, IMPULSAR EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y EL CRECIMIENTO EMPRESARIAL
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY N° 30056
LEY QUE MODIFICA DIVERSAS LEYES PARA FACILITAR LA INVERSIÓN, IMPULSAR EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y EL CRECIMIENTO EMPRESARIAL
INTRODUCCIÓN
El 02 de julio 2013 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30056, que incorpora importantes modificaciones a diversas leyes en el ámbito tributario, laboral y otras disposiciones legales de carácter general. Entre las principales modificaciones figuran que la empresa ya no se define por el número el número de trabajadores, sino, por el tamaño de sus ventas. De este modo una microempresa podrá contratar más personas que las diez a las que antes estaba limitada, se establece que las ventas anuales de una microempresa pueden llegar hasta los 150 UIT (S/660000), mientras que las ventas anuales de una pequeña empresa estarán entre los 150 UIT (S/.660000) hasta los 1.700 UIT (S/.7480000). Si las ventas de una micro o pequeña empresa exceden las ventas especificadas dentro de esta ley, tendrá un período fijo de tiempo para acoplarse en el lugar al que pertenece. Las micro, pequeñas, medianas empresas que capacitan empleados pueden deducir este gasto del impuesto sobre la renta, hasta un máximo del 1% de sus costos salariales anuales.
Se modifica la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI otorgándole facultades sancionadoras con el objeto de impulsar la eliminación de barreras burocráticas dentro de la actividad empresarial por parte de los funcionarios y entidades públicas. En materia tributaria, se modifica el Decreto N° 973 para simplificar el régimen de recuperación anticipada del impuesto general a las ventas. Asimismo, se modificó la ley del impuesto sobre la renta sobre el método de contabilidad basado en el ingreso total anual del receptor de tercera categoría , así como la exigencia de deducir tributariamente los gastos en proyectos de investigación científica, tecnología e innovación, independientemente de que estén vinculados a la línea de negocio de la empresa de acuerdo con la normativa. La gestión del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) fue transferida a la SUNAT. Cabe señalar que las microempresas registradas en REMYPE disfrutan de una amnistía durante los primeros tres años después del registro. En cuanto a las sanciones correspondientes a las infracciones previstas en los numerales 1, 3, 5 y 7 del artículo 176 y el numeral 9 del artículo 174 del TUO del Código Tributario siempre que cumplan con subsanar la infracción.
Asimismo, se han modificado e incorporado medidas para simplificar las autorizaciones municipales para promover la reinversión en servicios públicos y proyectos de infraestructura pública, y para promover la calificación de proyectos de rehabilitación de edificaciones urbanas. Se modificó la Ley N ° 29230, que promovió la inversión pública regional y local involucrando al sector privado para acelerar los mecanismos tributarios.
En materia laboral, se ha modificado el TUO de la Ley de Promoción de la MYPE. De esta especificación se denomina "Texto único ordenado de la ley de impulso al desarrollo productivo y crecimiento empresarial". Que tiene por objeto la promoción de competitividad, formalización y desarrollo dentro del marco legal , de las MIPYME, así formular políticas generales y desarrollar herramientas de apoyo y promoción para promover el espíritu empresarial y mejorar las organizaciones empresariales y el crecimiento continuo de estas unidades económicas. Para adherirse a este régimen, las empresas deben clasificarse en una de las siguientes categorías en función de sus ventas anuales: micro, pequeñas y medianas empresas siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Además, se brindan algunas medidas para apoyar la gestión de liquidez de la empresa, como el uso de facturas negociables en las ventas o prestación de servicios, así como el pronto pago por parte de las entidades del Estado por las contraprestaciones pactadas a favor de las micro y pequeñas empresas, de acuerdo a los plazos dispuestos por el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Se estipula que el régimen laboral especial es permanente y solo se aplica a las pequeñas y microempresas; además, la inspección del trabajo en materia de sanciones y fiscalización laboral tendrán un trato especial para quienes están acogidos a este régimen, estipulado en el Decreto legislativo N°. 1086. Asimismo, el régimen especial se prorroga por tres años, creada por la Ley N° 28015, para las microempresas, trabajadores y conductores pueden aceptar el sistema laboral estipulado en el Decreto N° 1086 sin perjuicio, y durante el plazo de 30 días deberá presentarse al departamento administrativo laboral en dicho acuerdo. El objetivo es analizar e interpretar las disposiciones previstas dentro de esta ley, mediante casos así como también conocer algunos programas adheridos a esta.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY N° 30056
LEY QUE MODIFICA DIVERSAS LEYES PARA FACILITAR LA INVERSIÓN, IMPULSAR EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y EL CRECIMIENTO EMPRESARIAL
TÍTULO I
MEDIDAS PARA FACILITACIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA
CAPÍTULO I
En este capítulo se establece la sanción a los funcionarios públicos o a cualquier persona que ejerza funciones administrativas y que aplique la barrera burocrática declarada ilegal o carente de razonabilidad, las barreras burocráticas tienen la función de exigir, prohibir, limitar cobrar lo impuesto por las entidades dentro de la administración pública, las cuales están dirigidas a condicionar, restringir, obstaculizar el acceso y permanencia de los agentes económicos (Toda persona natural o jurídica que participe o se dedique a cualquier actividad económica) en el mercado y/o que puedan afectar a los administrados en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y/o principios que garantizan la simplificación administrativa.
En cuanto al procedimiento que se sigue para la sanción previsto en este artículo como primer requisito es que dicha Barrera burocrática ilegal sea publicada previamente en el diario el peruano y que fuera confirmada por el tribunal del indecopi. El costo de publicación en el diario oficial será asumido por la entidad denunciada. Dentro de esto INDECOPI se encarga de reglamentar la difusión de las resoluciones para el conocimiento de los ciudadanos agentes económicos y entidades interesadas como se sabe INDECOPI proporciona el buen funcionamiento del mercado, en beneficio de los ciudadanos, consumidores, empresarios y está encargada de la protección y defensa de los derechos del consumidor en todo el estado peruano. Dichas faltas realizadas por los funcionarios infractores son sancionadas de la siguiente manera: Las sanciones se dan de acuerdo a la escala siguiente, con una falta leve se puede pagar una multa hasta 2 mínima de UIT, una falta grave hasta 10 UIT y falta muy grave Hasta 20 UIT; la comisión evalúa la gravedad del daño ocasionado así como también la continuidad o la reincidencia de la infracción y otros criterios según cada caso.
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