CONTRATO DE COMPRA VENTA DE MERCANCÍAS
Enviado por Ethan Bonich Gallego • 29 de Octubre de 2022 • Apuntes • 1.742 Palabras (7 Páginas) • 215 Visitas
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MERCANCÍAS
El presente contrato de compraventa internacional se celebra entre Maderas S.L con domicilio social en Vic, Cataluña, España, desde 1996 (en adelante, “el Comprador”) y Leitz Service B.V con domicilio social en Campbelltown, Sidney, Australia, desde 2009 (en adelante, “el Vendedor”). El representante del Comprador es el Sr. Carlos Gómez, director general de la empresa, con el número de tarjeta de la seguridad social: XXIS123456789012; y del Vendedor es Gabriella Mats, directora general de la empresa también, con documento nacional de identidad: 53321970-M.
Ambas partes declaran estar interesadas en la compraventa de los bienes objeto del presente contrato y se comprometen a cumplir el siguiente acuerdo.
Declaraciones
POR UNA PARTE, EL COMPRADOR DECLARA QUE:
I.- De acuerdo con la escritura de constitución de fecha 21/01/2022 y número de protocolo 987654, es una empresa legalmente constituida según la legislación española.
II. El objeto social de la empresa es la venta e importación de tablones de madera.
III. El COMPRADOR cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y personal adecuado para realizar las actividades referidas en la declaración anterior.
IV. El Sr. Carlos Gómez es su legítimo representante y, en consecuencia, está debidamente facultado para firmar el presente contrato y obligar a su representación en los términos del mismo.
V. El COMPRADOR tiene su domicilio en Vic, Cataluña, España. El mismo que señala a todos los efectos legales.
POR OTRA PARTE, EL VENDEDOR DECLARA QUE
I.- De acuerdo con la escritura de constitución de fecha 19/12/2021 y número de protocolo 65432, es una sociedad legalmente constituida conforme a la legislación australiana.
II. El objeto social de la empresa es la venta y exportación de tablones de madera.
III. El VENDEDOR cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y personal adecuado para realizar las actividades a que se refiere la declaración anterior.
IV. Dña. Gabriella Mats es su legítima representante y, en consecuencia, está debidamente facultada para suscribir el presente contrato y obligar a su representación en los términos del mismo.
V. La VENDEDORA tiene su domicilio en Campbelltown, Sidney, Australia. El mismo que señala a todos los efectos legales.
AMBAS PARTES DECLARAN QUE:
Tienen interés en realizar las operaciones comerciales a que se refiere el presente contrato, de acuerdo con las declaraciones anteriores y las siguientes:
Cláusulas del contrato
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. Mediante este instrumento, el vendedor se compromete a vender y el comprador a adquirir una partida de 500m3 de tablones de madera.
SEGUNDA. CONDICIONES DE ENTREGA. El INCOTERM 2020 que se aplica es CIF (Cost, Insurance and Freight) – INCOTERMS 2020. Entonces, el VENDEDOR entregará la mercancía al transportista indicado por el COMPRADOR. En este caso, será en el puerto de Sydney.
Además, el VENDEDOR deberá entregar la factura comercial de acuerdo con el contrato de venta, obtener las autorizaciones necesarias para exportar, realizar el embalaje e inspeccionar el pre-embarque, contratar y asumir el transporte de la mercancía hasta el puerto de destino que se haya acordado, contratar el seguro obligatorio del transporte principal y realizar los trámites aduaneros para exportar; entre otros.
El COMPRADOR obtendrá las licencias de importación u otras autorizaciones necesarias y realizará los trámites aduaneros de importación y transporte de la mercancía, así como el pago de las inspecciones pre embarque. Además, el COMPRADOR contratará el transporte desde el lugar de entrega de la mercancía. Comunicará al exportador, con la debida antelación, el nombre del transportista u otra persona designada para recoger la mercancía; así como el modo de transporte, la fecha concreta y el punto de recogida.
TERCERA. PRECIO Y PAGO. El precio de la mercancía objeto de este contrato es de 5.000 EUROS (€). Y el comprador se compromete a pagarlo. El pago deberá tener efecto a los 60 días del envío mediante un cheque bancario irrevocable.
CUARTA. EMBALAJE DE LA MERCANCÍA. El vendedor se compromete a entregar los bienes objeto de este contrato en el lugar indicado en la cláusula tercera, cumpliendo las siguientes especificaciones. Cada tablón de madera deberá estar bien embalado y ocupará los contenedores necesarios.
QUINTA: FECHA DE ENTREGA. Los tablones de madera se entregarán antes del 16 de abril de 2022 o hasta dicha fecha.
SEXTA. VIGENCIA DEL CONTRATO. El presente contrato surtirá efectos desde el mismo día de su firma. Ambas partes acuerdan que, finalizará una vez que el vendedor entregue los bienes pactados en la cláusula primera y el comprador cumpla con cada una de las obligaciones estipuladas en este instrumento.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR Y DEL VENDEDOR Y SUBSISTENCIA DE LAS OBLIGACIONES. La rescisión o terminación de este contrato no afecta en modo alguno la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad. La rescisión no afecta a la validez de las obligaciones contraídas por su naturaleza o disposición de la ley, o por la voluntad de las partes, que deban diferirse a una fecha posterior.
OCTAVA. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO. De acuerdo con los artículos 49.1 y 64.1 CISG, si una de las partes incumple el contrato y no lo repara en el plazo de 10 días desde que la otra parte tiene conocimiento del incumplimiento, la otra parte podrá resolver el contrato.
En caso de que el VENDEDOR no pueda cumplir el contrato por la imposibilidad de fabricar los bienes, podrá adquirirlos y enviarlos por un tercero, que no dará los datos del comprador español.
La parte que ejerza su derecho a terminar el contrato deberá notificar a la otra parte una vez transcurrido el plazo para corregir el error.
...