CONTRATO COMPRA VENTA
Enviado por Alondra Moreno • 16 de Mayo de 2018 • Documentos de Investigación • 512 Palabras (3 Páginas) • 163 Visitas
CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL
REUNIDOS
(1)Mininas, con domicilio social en Capuchinos “413 Apaseo el Grande, 38160, México, que actúan representada en este acto por Alondra Moreno Jiménez, en su condición de apoderado o administrado, en adelante la parte vendedora; y
(2) SalVani, con domicilio social en 15 de Mayo #123, Celaya, 38016, México, que actúa representada en este acto por Daniela Galicia Jiménez, en su condición de apoderado o administrador, en adelante la parte compradora.
Ambos tienen capacidad para firmar y quedar obligados por este contrato y
EXPONEN
1.- Que la parte vendedora en propietaria de las mercancías descritas en la clausula4ª
2.-Que la parte compradora, cuya actividad consiste en Venta de Alimentos para animales, desea adquirir dichas mercancías, para proceder a su posterior reventa o utilización en exploración mercantil.
3.-Que las partes han acordado la compraventa de dichos bienes a través del presente contrato, que quedara sometido a las siguientes
CLÀUSULAS
Objeto
4.- Que la parte vendedora, vende a la parte compradora la siguiente mercancía:
Producto | Características/Especificaciones | Unidades |
Conchilla, avena, cebada | Alimento/animales de granja | 50 |
Croquetas, whiskas | Alimento/ animales domésticos | 60 |
Suplementos alimenticios | Forma de croqueta, sabor pollo | 45 |
5.- La entrega de la mercancía se realizara el día 31 de marzo de 2018, en el establecimiento de la parte vendedora.
6.-La parte compradora pagara por la mercancía la cantidad de $25, impuestos excluidos, constituyendo el resultado el precio de la presente compra.
7.-La parte compradora efectuara, en el momento de la entrega de la mercancía, el pago del precio mediante dinero en metálico.
8.-La parte vendedora garantiza que en momento la mercancía no tiene ningún vicio o defecto oculto, obligándose a la evicción y saneamiento de la misma siempre y cuando, tratándose de vicios manifiestos, la parte compradora lo comunicara en el acto a la parte vendedora o, siendo vicios ocultos, lo hiciera al conocer su existencia y, en todo caso, antes de que transcurran 30 días a contar desde su recepción.
9.- El presente contrato podrá ser resuelto conforme a lo previsto en la Ley y, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas a causa del mismo, la extinción de la personalidad o la declaración judicial de concurso de cualquiera de las partes.
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