CONTRATO DE COMPRA VENTA
Enviado por joel.123 • 3 de Julio de 2018 • Documentos de Investigación • 508 Palabras (3 Páginas) • 192 Visitas
CONTRATO DE COMPRA VENTA
Yo, GREGORIA DEL CARMEN MONSABLES GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 7.367.715, estado civil soltera, ocupación oficios del hogar, nacionalidad venezolana y de este domicilio, declaro: que doy en VENTA, pura y simple, perfecta e irrevocable, a la ciudadana: YOHERLIN MARIA PIÑERO TORRES, venezolana, mayor de edad, soltera, de ocupación comerciante, titular de la cedula de identidad N° 23.904.878 una bienhechuría con las siguientes características: vivienda de bloque de tres (3) habitaciones, sala, comedor, cocina, baño, porche, corredor techado con sesenta y dos (62 mts2) de construcción; con la siguiente ubicación, medidas y linderos: ubicada en Tierra Negra calle Negra Matea, N° 04, sector Caucagüita parte baja, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un terreno Ejido con una superficie de ochocientos doce metros cuadrados(812 mts2) con árboles frutales y que tiene como medidas y linderos, por el Norte: en línea de treinta metros con ochenta centímetros (30,80 mts) con terreno que ocupa Angélica Santeliz y Juan Echeverría Sur: en línea de veintisiete metros con noventa y seis centímetros(27,96 mts) con terreno que ocupa Lisandro Bracho, Yasmin Durán y Yaritza Espinoza; Este:en línea de trece metros con setenta centímetros (13,70 mts) con terreno que ocupa Alida Cordero; Oeste: en línea de dieciocho metros(18 mts) con calle Negra Matea, que es su frente. Dicha vivienda me pertenece la cual fabrique con mis propias expensas. La venta está valorada en ochenta millones de bolívares (Bs. 80.000.000, oo), dinero que recibo en este acto de manos de la Compradora mediante cheque N° 025405390 por sesenta y cinco millones de bolívares (65.000.000,00 bs) y cheque N° 18405391 por un monto de quince millones de bolívares (15.000.000,00), cuenta bancaria N° 01340879398791022986 del Banco Banesco, la cual se ha hecho efectivo a mi entera satisfacción y plena disposición. Clausula única Especial: Se acuerda entre las partes de “buena fe” realizar el desalojo y entrega de la vivienda, en un lapso de veinte (20) días, fecha que comienza a correr a partir de la firma de este Contrato de Compra Venta, quedando obligada la Vendedora en el cumplimiento de dicha cláusula, de lo contrario acarreara responsabilidad civil, penal y administrativas establecidas en la Ley a favor de la Compradora. Y yo YOHERLIN MARIA PIÑERO TORRES, ya identificada declaro: acepto la venta que se me hace en los términos antes expuestos.
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