CUESTIONES TRIBUTARIAS Y CONTABLES DE LA MAQUILA
Enviado por lourdesinsfran • 30 de Mayo de 2012 • 3.661 Palabras (15 Páginas) • 684 Visitas
MAQUILA: ENSAYO REFERENTE A CUESTIONES TRIBUTARIAS Y CONTABLES.
Análisis de la Ley 1064/97 y Decreto Reglamentario 9585/00.
1 LA POLITICA FISCAL Y EL PAPEL DE LA INVERSION PRIVADA
En el ámbito de la política fiscal, la inversión privada constituye una variable importante a efectos de la consecución de algunos de los fines primarios de la Hacienda Pública que suelen concretarse generalmente en introducir mejoras en la asignación de recursos, conseguir una distribución adecuada de la renta y la riqueza, alcanzar la estabilidad económica y promover el desarrollo de la producción nacional. Estas cuatro finalidades primarias pueden exigir, en mayor o menor grado, de una cierta actuación o de un determinado volumen en la inversión privada, como medio para alcanzar los objetivos en que las mismas se concretan.
1.1 MEJORAS EN LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS
El fin primario de conseguir una mejor asignación de los recursos incluye un conjunto muy importante de objetivos que se concretan en intervenciones del Sector Público, cuyo objetivo primordial es la de conseguir un ajuste óptimo entre la preferencia de los consumidores y la producción cuando el mecanismo del mercado, por no darse los supuestos necesarios para ello, es incapaz de lograr tal situación de óptimo. Estas intervenciones suelen producirse en las siguientes ocasiones:
• Satisfacción de necesidades sociales y provisión de bienes públicos.
• Satisfacción de necesidades preferentes.
• Existencia de efectos externos en el consumo o en la producción.
• Relación no apropiada entre precios y costos marginales.
• Principio de neutralidad en la imposición.
• Organización inadecuada del mercado.
• Necesidad de inversiones cuantitativas de capital a largo plazo.
• Economías en la recaudación de los costos a través del Sector Público.
1.2 DISTRIBUCION APROPIADA DE LA RENTA Y RIQUEZA
La finalidad primaria de alterar la distribución de la renta y riqueza resultante del libre juego de las fuerzas del mercado, para aproximarla a la que la colectividad considere como apropiada conforme a su particular sistema de valores, suele ser acometida en el ámbito de la Hacienda Pública fundamentalmente mediante dos tipos distintos de medidas:
• Transferencias de renta a las economías domésticas que no superen ciertos mínimos.
• Imposición progresiva sobre los grupos de rentas altas.
Ninguna de estas medidas se relaciona directamente con la inversión privada, aunque la imposición progresiva pueda posiblemente influir a su vez sobre el volumen de inversión.
1.3 MANTENIMIENTO DE LA ESTABILIDAD ECONOMICA
El mantenimiento de la estabilidad económica generalmente implica un conjunto de diversos objetivos, algunos de los cuales ofrecen cierto grado de incompatibilidad entre sí. Tales objetivos son:
• Pleno empleo de los recursos productivos, evitando el paro involuntario.
• Mantenimiento de un nivel general de precios razonablemente estable.
• Adecuación dinámica de la demanda a la capacidad de producción del sistema.
• Mantenimiento del equilibrio exterior.
El pleno empleo de los recursos productivos, evitando el paro involuntario y la existencia de capacidad no utilizada, exige de una actuación de la política fiscal respecto a la demanda total del sistema y ello puede suponer - y supondrá normalmente – la necesidad de incrementar la demanda total de inversión.
El mantenimiento de un nivel general de precios estable suele ofrecer cierto grado de incompatibilidad con el objetivo anterior, lo que se resuelve admitiendo una tasa no elevada de crecimiento anual de los precios y un porcentaje normal de paro, que para algunas economías se cifra en el 3 o 4 por ciento del total de la fuerza de trabajo.
La adecuación dinámica de la demanda a la capacidad productiva del sistema exige que, incluso en situaciones de pleno empleo y estabilidad de precios, la política fiscal siga actuando
para promover un incremento acompasado de la demanda global, con el aumento contínuo de la capacidad productiva del país, provocada por el crecimiento del equipo capital, el aumento de la fuerza del trabajo y la ampliación y mejora de la técnica disponible.
Finalmente, el mantenimiento de la estabilidad exterior, aunque suele encomendarse generalmente a la política monetaria, puede complementarse con medidas de política fiscal qu afecten, entre otras, a la inversión privada y que alteren las compras o ventas del extranjero.
Toda la política de estabilidad, pues, se fundamenta en la utilización de un conjunto de instrumentos que influyen directamente en la mayor parte de los casos sobre la inversión privada, constituyendo, pues, esta magnitud una variable intermedia fundamental para la consecución de los objetivos concretos de tal finalidad primaria.
1.4 PROMOCION DEL DESARROLLO ECONOMICO
La promoción del desarrollo económico en los países subdesarrollados o en vías de desarrollo exige de una serie de intervenciones de la política fiscal, que pretenden alcanzar generalmente los siguientes objetivos.
• Aumento de la oferta de capital de utilidad pública.
• Mayor dinamismo técnico en sectores atrasados, tales como la Agricultura.
• Definición de una política comercial positiva que proteja la actividad económica interna y favorezca la exportación.
• Estímulo de las industrias básicas.
• Estructura tributaria que permita la financiación de los gastos públicos y conceda incentivos al desarrollo.
Salvo el primero de los anteriores objetivos, que suele reservarse en exclusiva a la inversión pública, los demás ofrecen buenas perspectivas de actuación a la inversión privada, que suele ser inducida a acometerlos mediante incentivos que se insertan en la estructura tributaria.
Como resumen y conclusión de todo lo anterior, puede afirmarse que el papel de la inversión privada, en relación con los fines de la política fiscal, se concreta en su servicio a la consecución de la estabilidad y del desarrollo económico más que en los aspectos de asignación o en los de distribución de la renta
2 ESQUEMAS CONCEPTUALES ESTABLECIDOS EN LA NORMA
La ley 1064/97 DE LA INDUSTRIA MAQUILADORA
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