Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico
Enviado por leisha.rodriguez • 3 de Noviembre de 2014 • 2.024 Palabras (9 Páginas) • 540 Visitas
Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico:
Sección: 1
La dignidad del ser humano es inolvidable. Todos los hombres son iguales ante la ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivos de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el Sistema de instrucción pública encarnaran estos principios de esencial igualdad humana.
Noticia: Pablo Casellas pasará el resto de su vida tras las rejas:
En este caso tan reciente se puede observar que aunque Casellas es hijo de uno de los jueces más prestigiados del país esto no evitó que a este le callera todo el peso de la ley. Por tanto, se cumple la sección 1 de la carta de derechos del ELA ya que se juzgó al acusado como cualquier otro hombre del país.
Pablo Casellas pasará el resto de su vida tras las rejas
En su breve mensaje, lanzó un zarpazo a la prensa por la cobertura excesiva que ha tenido de este caso
Por Cynthia López Cabán / cynthia.lopez@gfrmedia.com
Casellas a su entrada a la sala 706. (jose.madera@gfrmedia.com)
Minutos antes de escuchar que pasará el resto de sus días tras las rejas, el excorredor de seguros Pablo Casellas Toro, convicto por el asesinato de su esposa Carmen Paredes Cintrón, proclamó su inocencia en una inesperada alocución ante el juez José Ramírez Lluch, del Tribunal de Bayamón.
Vestido con su uniforme de confinado y esposado a los pies, el hijo del juez federal Salvador Casellas Moreno leyó un mensaje escrito que tocaba con sus manos, que aún lucían las marcas de las esposas.
“...quiero dejar claro que este caso, esta convicción y la sentencia que usted está presto a dictar son una injusticia, porque yo no maté a mi esposa Carmen”, afirmó el hombre de 49 años, ante una sala atestada de público.
“La Fiscalía y la Policía causaron esta injusticia, porque desde el primer día se enfocaron en mí y descartaron todos los demás posibles sospechosos, particularmente a cuatro otras personas que luego del proceso me he enterado tenían la posible motivación y oportunidad de haber matado a Carmen” agregó.
En su breve mensaje, lanzó un zarpazo a la prensa por la cobertura excesiva que ha tenido de este caso.
“Después de 18 meses de bombardeo constante de una prensa que también me adjudicó culpable antes de comenzar el proceso, era de esperarse que un jurado se equivocara”, apuntó en sus primeras expresiones luego del veredicto condenatorio.
“Soy inocente y me iré a cumplir lo que tenga que cumplir con la conciencia tranquila y mi frente en alto", añadió.
Minutos antes, Ramírez Lluch sentenció a Casellas Toro a 99 años de cárcel por el cargo de asesinato, a un año y nueve meses por el cargo de destrucción de evidencia por disponer de los casquillos y la pistola que usó para matar a su compañera y a 90 días por ofrecer una declaración falsa de un delito al reportar un alegado “carjacking” falso el 17 de junio de 2012.
Estas penas de cumplirán de forma concurrente.
Por el cargo de disparar un arma contra su esposa el 14 de julio de 2012, el juez lo sentenció a 10 años de cárcel, una pena que se cumplirá de forma consecutiva a la pena anterior.
En total, el magistrado sentenció al hombre a cumplir 109 años en prisión, por la que el convicto no podrá someter una petición a la Junta de Libertad Bajo Palabra hasta luego de extinguir 35 años de cárcel.
Parado al lado de sus abogados Harry Padilla Martínez, Juan Ramón Acevedo Cruz, Arturo Negrón García y Francisco Rebollo Casalduc, el convicto escuchó las palabras del juez Ramírez Lluch, quien negó su petición para no estar presente en sala durante la vista de lectura de sentencia.
Temprano esta mañana, los abogados defensores presentaron la moción, en la que el convicto renunciaba a su derecho a estar presente en sala durante la audiencia que se transmitió en vivo a través de los diversos medios de comunicación.
Antes de la sentencia, el licenciado Padilla Martínez argumentó ante el magistrado que no existía fundamento jurídico que exigiera que su cliente estuviera en sala. “Salvo exponerlo a que sea fotografiado, es innecesario”, afirmó.
Los fiscales Phoebe Isales Forsythe, Janet Parra Mercado y Sergio Rubio Paredes no asumieron una posición.
“Entendemos que es una discreción del tribunal”, indicó Isales Forsythe.
Luego Ramírez Lluch declaró ha lugar el planteamiento de la defensa para que la sentencia se impusiera sin agravantes puesto que el Ministerio Público no presentó las circunstancias agravantes al jurado.
No obstante, rechazó el argumento de la defensa de que solo correspondía sentenciar al excorredor de seguros a 99 años de prisión porque en el caso del asesinato y de la Ley de Armas se imponía la pena de mayor alcance dado que ambas disposiciones protegían el mismo concepto.
A su salida del salón de sesiones, la fiscal Parra Mercado se expresó complacida con la sentencia.
“Eso no cierto. La prueba se pasó y el jurado deliberó”, respondió sobre el planteamiento de Casellas Toro de que existían otros sospechosos del crimen.
Mientras, el licenciado Negrón García se expresó molesto con la determinación del juez de obligar a su cliente a estar presente en sala.
“Eso fue una injusticia, tenerlo en sala para dictar sentencia. Esto es parte del circo mediático”, apuntó.
El licenciado Padilla Martínez, por su parte, planteó que la sentencia es contraria a derecho y que es parte de los “errores” que se presentarán en la apelación.
Sección 7:
Se reconoce como derecho fundamental del ser humano el derecho a la vida, a la libertad y al disfrute de la propiedad. No existirá la pena de muerte. Ninguna persona será privada de su libertad o propiedad sin debido proceso de ley, ni se negará a persona alguna en Puerto Rico la igual protección de las leyes. No se aprobarán leyes que menoscaben las obligaciones contractuales. Las leyes determinarán un mínimo de propiedad y pertenencias no sujetas a embargo.
Noticia: Casos de pena de muerte en Puerto Rico:
En esta noticia se puede observar que ninguno de los casos a los cuales se le imputaría la pena de muerte fueron posibles. Por tal razón es que se
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