Caso Convenios & Expatriados
Enviado por JocelynCm • 16 de Octubre de 2023 • Documentos de Investigación • 496 Palabras (2 Páginas) • 40 Visitas
Una empresa peruana dedicada a la venta y fabricación de vidrios para el sector automotriz cuenta con la necesidad de tener un Ingeniero Químico que cuente con experiencia para realizar mejoras y tecnología para sus procesos para un nuevo requerimiento de unos de sus principales clientes. En el site de México, se encuentra uno de sus ingenieros destacados, por lo que han optado que esa persona preste sus servicios en el territorio peruano.
Asimismo, se le otorgarán diversas bonificaciones, tales cuales, bono por mudanza para él y su familia, bono para alquiler de vivienda, pasajes al inicio y al termino del contrato de trabajo; y bono expatriado que se otorga cada 3 meses.
- ¿Qué se debe realizar para que el Ingeniero Químico mexicano pueda laborar en territorio peruano?
- ¿Como sería el tratamiento de estos bonos para el trabajador?
- ¿El tratamiento de estos bonos sería el mismo, en caso fuera de nacionalidad colombiana?
Resolución CASO:
Es importante considerar que la contratación de extranjeros se regula por el Decreto Legislativo N° 689, Ley para la contratación de trabajadores extranjeros y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-TR. En ese sentido:
Ref:
- CASACIÓN LABORAL N° 11560-2016 LIMA - Reconocimiento de vínculo laboral
- RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 071-2020-SUNAFIL/IRE-LIM
- RESOLUCION TRIBUNAL FISCAL 2021_1_00849
- ¿Qué se debe realizar para que el Ingeniero Químico mexicano pueda laborar en territorio peruano?
Se sugiere realizar un Acuerdo de Expatriación en el que se señale quienes asumirán los permisos de trabajo, cuáles serán las condiciones económicas que tendrá el trabajador, así como los derechos de retorno. Asimismo, para que el trabajador de nacionalidad mexicana, pueda laborar en Perú, se requiere que cumpla con los siguientes requisitos:
- Contar con la calidad migratoria habilitante.
- Aprobación del Contrato de trabajo, esto no autoriza a iniciar la prestación de servicios hasta que no se cuente con la calidad migratoria habilitante. La aprobación se gestiona a través de la Plataforma SIVICE del Ministerio de Trabajo.
- Capacitar a personal nacional en la misma ocupación del trabajador mexicano.
- Compromiso del empleador de asumir gasto de Retorno al país de origen, tanto al trabajador como a su familia.
- ¿Como sería el tratamiento de estos bonos para el trabajador?
Una vez, cumpla con los requisitos laborales para poder brindar sus servicios en Perú, el pago de estos bonos tendrá el tratamiento de acuerdo con su condición de domiciliado o no domiciliado.
En este caso, el personal mexicano durante los 03 primeros meses de residencia en el país tendrá la condición de “no domiciliado”. Por lo que, constituyen renta gravable de quinta categoría los siguientes conceptos que el pago de los pasajes, vivienda y pasajes otorgados no serán afectos a impuestos de renta de quinta categoría, bono expatriado.
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