Certificado De Deposito
Enviado por johanvisbal • 16 de Septiembre de 2013 • 6.312 Palabras (26 Páginas) • 982 Visitas
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
DERECHO MERCANTIL II
GRUPO TEORICO 12
TEMA: “CERTIFICADO DE DEPOSITO, BONO DE PRENDA Y CERTIFICADO FIDUCIARIO”
LIC. MORENA GUADALUPE MONTOYA POLANCO
Integrantes:
Eda Beatriz Hernández Romero HR02007
Idania Iveth Reyes Barrera RB04008
Diana Patricia Gómez Melara GM08046
Ricardo Antonio Barahona Bonilla BB08008
Jaime Alberto Romero Crespin RC08011
Celso Noé Gabriel Arévalo GA07073
CIUDAD UNIVERSITARIA, 11 DE JUNIO 2010
INDICE.
Introducción PAGINAS
i
Objetivos ii
Conceptos básicos 5-6
Generalidades 6-7
Certificado de Depósito 7-14
Concepto 7
Características 8
Derechos del tenedor 9-11
Clasificación 11-12
Tipos de certificados de depósito 12
Modelo de certificado de depósito 13-14
Bono de prenda 15-24
Concepto 15
Características 15
Clasificación 16
Modelo de bono de prenda 17
Forma de transferirse 18
Negociación del bono de prenda 18-23
Relación entre bono de prenda y certificado de depósito 23-24
Certificado fiduciario 24-30
Concepto 24-25
Características 25-26
Clasificación 26
Tipos de fideicomisos 26-28
Modelo de certificado fiduciario 29
Forma de transferirse 29-30
Base legal 30-32
INTRODUCCION
En muchas ocasiones sucede que las empresas comerciales, industriales o agrícolas, carecen de locales adecuados para almacenar sus productos y es entonces cuando requieren de los Almacenes Generales de Depósito, cuyos servicios prestados consisten en la guarda y conservación de mercancías y bienes. A cambio de estas mercancías o bienes recibidos, expiden al depositante un Certificado de Depósito que lo acredita como propietario de los productos entregados al almacén, documento que le servirá también para retirarlos.
También son necesarios los servicios de los Almacenes Generales de depósito, cuando una empresa obtiene de una institución de crédito un préstamo de dinero con garantía prendaria. En este caso, la prenda dada como garantía son mercancías que, por su naturaleza o volumen, el banco que concede el préstamo no puede guardar en su local, es entonces cuando se utilizan los servicios de estos Almacenes, quedando allí depositadas las mercancías dadas en garantía del préstamo. En este caso, además del Certificado de Depósito que deberá conservar el propietario de las mercancías, los almacenes deberán entregar el BONO DE PRENDA; este título quedará en poder de la institución de crédito que concedió el préstamo hasta que éste sea liquidado por el deudor.
Desde el momento en que los Almacenes Generales de Depósito reciben las mercancías o bienes deberán expedir el Certificado de Depósito y el Bono de Prenda juntos; por lo tanto, para que el dueño de los bienes pueda retirarlos, deberá presentar los dos documentos a los Almacenes, de tal manera que si ha obtenido algún préstamo dando como garantía el Bono de Prenda, seguirá siendo propietario de las mercancías; pero no podrá retirarlas de los Almacenes hasta recuperar el Bono de Prenda mediante el pago del adeudo que hubiere obtenido.
OBJETIVOS
GENERAL:
Realizar una investigación bibliográfica sobre el certificado de depósito, bono de prenda y certificado fiduciario, sus principales características, formas de transferirse y las clasificaciones respectivas de estos títulos valores.
ESPECIFICOS:
Conocer la importancia y funcionamiento de los Almacenes generales de depósito
Analizar la relación que existe entre el certificado de depósito y el bono de prenda
Estudiar los modelos de título valor tales como certificado de depósito, bono de prenda y certificado fiduciario
CONCEPTOS BASICOS
Título Valor: En el código de comercio en su artículo 5 numeral III podemos encontrar que los títulos valores son cosas mercantiles, y en el artículo 623 se definen como los documentos necesarios para hacer valer el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna.
Debido a que los títulos valor son cosas absolutamente mercantiles, su mercantilidad no se altera porque no sean comerciantes quienes los suscriban o los posean
Fideicomiso: es una obligación impuesta ya sea expresamente o por implicación de la ley, en virtud de la cual el obligado debe manejar bienes sobre los que tiene el control para beneficio de ciertas personas, que indistintamente pueden exigir la obligación.
Warrant: el warrant es un contrato o instrumento financiero derivado que da al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar/vender un activo subyacente (acción, futuro, etc.) a un precio determinado en una fecha futura también determinada.
Endoso: El endoso es el medio de transmitir los títulos nominativos o a la orden
Fiduciario: Es quien recibe y administra los bienes fideicomitidos con la finalidad de cumplir con el fin establecido en el acto constitutivo del fideicomiso (contrato de fiducia mercantil).
Fideicomitente o fiduciante: Es quien transfiere al patrimonio autónomo los bienes y/o activos objeto del negocio, instruyéndolo sobre los fines a cuya consecución los mismos han de ser aplicados.
Fideicomisario o beneficiario: Quien recibe los beneficios que el fideicomiso genera, puede ser el propio fideicomitente o un tercero inversionista o acreedor beneficiario.
Almacenes Generales de Depósito
Los Almacenes Generales de Depósito (AGD) son organizaciones auxiliares de crédito, cuyo objetivo principal es el almacenamiento, guarda, conservación, manejo, control, distribución o comercialización de los bienes o mercancías que se encomiendan a su custodia.
GENERALIDADES:
¿Cómo funcionan los almacenes de Depósito?
El cliente del almacén deposita sus mercancías en un Almacén General de Depósitos y este a su vez expide un Certificado de Depósito y en su caso un Bono de Prenda, los que acreditan la propiedad del bien y la disponibilidad que tendrá el titular depositante sobre el bien.
Es importante señalar que la función del Almacén es la de guardar o conservar, manejar, controlar y distribuir o comercializar los bienes y mercancías que se encuentran bajo su custodia o
...