Certificado De Deposito
Enviado por alerojo • 17 de Abril de 2012 • 1.137 Palabras (5 Páginas) • 2.072 Visitas
Certificado de Depósito
El certificado de depósito es un titulo que emiten los Almacenes Generales de Depósito. Este acredita la propiedad de mercancías o bienes en el Almacén que emite el título.
Los almacenes Generales de Depósito son organizaciones auxiliares que tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías, así como la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda. Solo los Almacenes Generales de Depósito pueden expedir estos títulos; las constancias, recibos o certificados que otras personas o instituciones expidan para acreditar el depósito de bienes o mercancías no producen efectos como títulos de crédito. Un agricultor, industrial o comerciante que carece de locales adecuados para la guarda y conservación de sus productos, tiene la posibilidad de depositarlos en estos almacenes, que es una institución organizada especialmente para estos bienes.
Al recibir la mercancía, el almacén entrega al depositante dos títulos de crédito: un certificado de depósito y un bono de prenda; estos dos títulos se expiden juntos.
El certificado de depósito, acredita la propiedad de la mercancía depositada; en consecuencia, el tenedor, del certificado puede vender la mercancía sin que sea necesario entregarla materialmente al comprador, pues basta hacerle entrega del certificado de depósito y del bono de prenda respectivos. Por otra parte el tenedor del certificado de depósito, puede solicitar un préstamo con garantía prendaria de la mercancía. En tal caso, en vez de que tenga que retirar la mercancía del almacén y entregarla como prenda a la persona que le otorga el préstamo, basta que desprenda el bono de prenda, que en el haga las anotaciones respectivas y que lo entregue al acreedor prendario. El tenedor del certificado de depósito continua siendo dueño de la mercancía, pero como ha transmitido el bono de prenda a la persona que le concedió el préstamo, la mercancía ha quedado gravada en concepto d prenda y en garantía del préstamo. Cuando se transmite un certificado de depósito, se transmite. La transmisión del certificado de depósito sin el bono de prenda implica la transmisión de la propiedad de la mercancía depositada, pero con el gravamen consistente en que la mercancía está garantizado el paso del bono de prenda correspondiente.
Por regla general, con cada certificado de depósito debe expedirse un bono de prenda, y este va adherido a aquel. Sólo en el caso de que el certificado de depósito se expida con el carácter de bienes fungibles, si el depositante lo desea, los almacenes pueden expedir bonos de prenda múltiples; esto es, varios bonos de prenda con relación a un solo certificado de depósito.
Requisitos del certificado de depósito:
1. La mención de ser “certificado de depósito”
2. La designación y firma del Almacén que los expide.
3. El lugar de depósito.
4. La fecha de expedición del titulo
5. El numero de orden. Si se expiden bonos de prenda múltiples, todos los bonos llevan el mismo número de certificado de depósito al cual corresponden, además cada bono lleva un número progresivo.
6. La mención de haber sido constituido el depósito con designación individual o genérica de las mercancías. En el caso de mercancías o bienes genéricamente designados, el almacén puede disponer de los bienes que se entregan y devolver otros de la misma especie y calidad.
7. La especificación de las mercancías o bienes depositados, con mención de su naturaleza, calidad y cantidad y de las demás circunstancias que sirvan para su identificación.
8. El plazo señalado para el depósito.
9. El
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