Conceptos DIAN relacionados con la retención en la fuente para empleados asalariados y no asalariados
Enviado por Maria Fernanda Narvaez Ramos • 20 de Febrero de 2016 • Documentos de Investigación • 30.959 Palabras (124 Páginas) • 375 Visitas
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Conceptos DIAN relacionados con la retención en la fuente para empleados asalariados y no asalariados 24/01/2016 www.consultorcontable.com |
Contenido
Oficio 012646 de 2013 (marzo 1) Retención en la fuente empleados
Oficio 016785 de 2013 (Marzo 20) Trabajadores – servicios personales
Oficio 016740 de 2013 (marzo 20) Retención en la fuente empleados
Oficio 016733 de 2013 (marzo 20) Retención en la fuente empleados
Oficio 017857 de 2013 (marzo 26) Retención en la fuente por rentas de trabajo
Oficio 0377 de 2013 (abril 11) Retención en la fuente a empleados
Oficio 022592 de 2013 (abril 18) Retención en la fuente a empleados
Oficio 022871 de 2013 (abril 19) Retención en la fuente a empleados
Oficio 022872 de 2013 (abril 19) Retención en la fuente a empleados
Oficio 023299 de 2013 (abril 22) Retención en la fuente a empleados
Oficio 024057 de 2013 (abril 24) Retención en la fuente empleados
Oficio 024059 de 2013 (abril 24) Aportes voluntarios de pensiones y retención en la fuente a empleados
Oficio 025322 de 2013 (abril 30) Retención en la fuente por rentas de trabajo
Oficio 027623 de 2013 (mayo 9) Asalariados no obligados a declarar
Oficio 032672 de 2013 (mayo 29) IMAN para empleados
Oficio 035899 de 2013 (junio 13) Retención en la fuente empleados
Oficio 036037 de 2013 (Junio 14) Retención en la fuente empleados
Oficio 038923 de 2013 (junio 25) Procedimiento 2 para retención de ingresos laborales
Oficio 039876 de 2013 (Junio 28) Retención en la fuente empleados
Oficio 041556 de 2013 (julio 8) Tabla de retención en la fuente
Oficio 049832 de 2013 (agosto 12) Retención en la fuente salarios retroactivos
Oficio 059382 de 2013 (septiembre 19) Retención en la fuente mínima para empleados (art. 384 ET)
Oficio 070390 de 2013 (noviembre 1) Disminución de la base de retención en la fuente
Oficio 018153 de 2014 (marzo 17) Retención en la fuente por Entidades Ejecutoras de Presupuesto Nacional por Rentas de trabajo-Empleados
Oficio 036040 de 2014 (junio 5) Rentas de Trabajo exentas,
Oficio 040899 de 2014 (julio 10) Retención en la fuente cesantías
Oficio 049417 de 2014 (agosto 15) Retención en la fuente por indemnización
Oficio 057060 de 2014 (octubre 3) Retención en la fuente por rentas de trabajo
Oficio 059255 de 2014 (octubre 20) Retención en la fuente pagos liquidación
Oficio 062595 de 2014 (noviembre 12) determinación de retención en la fuente por indemnización por despido injustificado y por bonificación por retiro definitivo.
Oficio 003420 de 2015 (febrero 10) – Aportes a ARL
Oficio 008720 de 2015 (marzo 20) Depuración de la Base del Cálculo de la Retención en la Fuente.
Oficio 008899 de 2015 (marzo 24) Retención en la fuente por ingresos laborales
Oficio 013090 de 2015 (mayo 07) Retención en la fuente por ingresos laborales
Oficio 012646 de 2013 (marzo 1) Retención en la fuente empleados
Consulta: solicita aclarar cuál es el procedimiento para aplicar la retención en la fuente a una persona natural con categoría de empleado, no declarante del impuesto sobre la renta, perteneciente al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas, respecto a un contrato de prestación de servicios técnicos cuyos ingresos mensuales no superan las 95 UVT, teniendo en cuenta que el 100% de los ingresos del contratista provienen de lo percibido por ese contrato.
A partir del 1 de abril de 2013, la retención en la fuente mensual sobre los pagos o abonos efectuados a las personas naturales residentes en el país pertenecientes a la categoría de empleados, cuyos ingresos totales en el año gravable inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a cuatro mil setenta y tres (4.073) UVT, en ningún caso puede ser inferior a la que resulte mayor al aplicar la tabla del artículo 383 y la tabla del artículo 384 del Estatuto Tributario.
Oficio 016785 de 2013 (Marzo 20) Trabajadores – servicios personales
Consulta: la reciente reforma tributaria dejó un vacío respecto a las tarifas de retención en la fuente para las personas naturales que prestan servicios personales. Al respecto, atentamente le manifestamos lo siguiente:
El artículo 10 de la Ley 1607 de 2012 adicionó el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con un Capítulo, y en el artículo 329 de ese capítulo clasificó a las personas naturales en dos categorías tributarias, a saber:
a) Empleado;
b) Trabajador por cuenta propia.
A su vez, los artículos 13 y 14 de esa ley modificaron y adicionaron los artículos 383 y 384 del Estatuto Tributario, respectivamente, adaptando la retención aplicable a los pagos gravables efectuados a las personas naturales que la soportan bajo la categoría de “empleados”.
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