CONCEPTO Y DIFERENCIAS ENTRE ALTOS FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS
Enviado por leilani86 • 11 de Junio de 2013 • 1.214 Palabras (5 Páginas) • 1.212 Visitas
CONCEPTO Y DIFERENCIAS ENTRE ALTOS FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS
El servidor público puede ser considerado desde diversos puntos de vista; Duhalt Kranss los clasifica así: a) según la naturaleza jurídica de su vinculación: relación civil y relación laboral; b) según su rango: altos funcionarios y empleados.
Desde el punto de vista de su relación laboral pueden ser:
1. Según el tiempo de duración: de planta y temporal.
2. Según la naturaleza de sus labores: de confianza y de base; que a su vez pueden clasificarse según el documento que origine la relación laboral y según la partida presupuestal.
3. De conformidad con la formalidad que da origen a la relación laboral: a) con nombramiento (definitivos, internos, por tiempo fijo o por obra determinada); b) en listas de raya (obreros, técnicos, administrativos, especialistas y provisionales).
4. Conforme al presupuesto y la partida correspondiente: numerarios, supernumerarios, de base y eventuales.
En la teoría, mucho se ha discutido la definición de estos conceptos, toda vez que su designación, en lo general, está sujeta al mismo procedimiento. Sus derechos fundamentales son idénticos y, en ciertos casos, como el de los asesores, los llamados funcionarios no cuentan con poder jerárquico.
Para Rafael Bielsa, la diferencia sustancial consiste en que la designación del funcionario constituye un encargo especial o una delegación trasmitida por la ley y, en cambio, la del empleado supone un complemento al desempeño de la función pública mediante el servicio que presta al Estado; para este autor, el funcionario expresa la voluntad estatal y los empleados sólo se ocupan de examinar, redactar y contratar documentos, realizar cálculos y tramitar o desarrollar cualquiera otra actividad afín que no implique representación alguna del Estado.
El artículo 5º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado nos da un catálogo de quiénes son los empleados o trabajadores de confianza. Estamos de acuerdo con nuestro maestro Baltasar Cavazos Flores, cuando afirma al respecto: "Sería preferible establecer un concepto general, de acuerdo con las funciones que desempeñan, más que una enumeración arbitraria e imperfecta". En su «Legislación federal del trabajo burocrático», los tratadistas Hugo Ítalo Morales y Rafael Tema Suck nos dicen sobre el particular: "El verdadero sentido de este artículo es definir al trabajador de confianza, con el objeto de que sean excluidos de los beneficios de esta ley, y como lo establece el artículo 8º, lo cual es injusto, pues no gozan de la estabilidad en el empleo, como una de las grandes conquistas laborales, ni forma de exigirla, ni derechos individuales y colectivos de ninguna especie, no obstante que tiene a su cargo la máxima responsabilidad y los cargos de trabajo". Y citan en su apoyo al doctor Acosta Romero, en su «Teoría general del Derecho administrativo», que establece: "No existe razón jurídica fundada para excluir de la aplicación de los principios contenidos en el apartado B del artículo 123 constitucional a los servidores públicos de confianza, lo que implica desconocer que vivimos en un Estado de Derecho".
Concepto de servidor público
Es un término amplio, que abarca el de funcionario, empleado y trabajador; así, el artículo 108 de nuestra Constitución reputa como servidor público a toda persona que desempeña un empleo, un cargo o una comisión de cualquier naturaleza dentro de la administración pública, incluso a los representantes de elección popular, a los miembros del poder judicial y a los demás funcionarios y empleados.
En consecuencia, y dado que la denominación del tema alude a los "servidores públicos" y que, en mi concepto, aquí radica la fuente de confusión por cuanto al régimen jurídico que los regula en sus relaciones laborales, se hace necesario establecer criterios de distinción que dejen claramente
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