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La diferencia entre las conductas personales de los Servidores Públicos y actos de autoridad


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2018  •  Resumen  •  819 Palabras (4 Páginas)  •  138 Visitas

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La diferencia entre las conductas personales de los Servidores Públicos y actos de autoridad, se determinan por su naturaleza, su objeto, sus características y efectos.

Actos de autoridad: sometidos al escrutinio de la legalidad con que realizan sus actividades

Conductas de los particulares: en su carácter de servidores públicos, atienden a su naturaleza, si cumplen o no el mandato de ley, si se ajustan o no a derecho

TEORIA DEL PODER

De la necesidad de regular las relaciones humanas surgió el Estado con todas sus instituciones, unas al servicio del hombre (ideoligizantes) y otras del Estado mismo (represivas). Las primeras figuras de ejercicio de ejercicio del mando, surgen a raíz de la necesidad de que la sociedad viva en orden y bajo seguridad.

EL ESTADO PUEDE SER UN FIN O UN MEDIO.

Estado como fin: está supeditado a la vida humana, individual y colectiva, requiere de todas las fuerzas, actividades, personas y cosas, para lograr su objetivo consistente en acrecentar el poderío y engrandecimiento del mismo, en detrimento de los fines de la persona humana que pierde toda significación.

Estado como medio: para cumplimiento de fines humanos, se instituyó para servir al hombre y permitirle llevar una vida civilizada en la que pueda desarrollar al máximo sus capacidades. El Estado para el hombre y no el hombre para el Estado.

NIKLAS LUHMAN

Teoría de los Sistemas: la concepción del sistema debe ser, más que una verificación empírica de su actuar, una perspectiva analítica de sus atribuciones, la contrastación de sus atribuciones y facultades en relación con su actuar y el cumplimiento de sus objetivos, ello para poder tener una visión real de su función.

El sistema de responsabilidades debe ser un mecanismo de control constitucional el ejercicio del poder público, normas de control.

El sistema político y el sistema legal, son subsistemas de la sociedad, diferenciados por las funciones sociales.

Propuesta de Tribunal Constitucional: mediante el cual se establece la posibilidad de garantizar la prevalencia y cumplimiento de la norma constitucional por quienes ejercen actos de poder en los órganos del Estado.

El control de la constitucionalidad es correctivo, la defensa de la constitución es preventiva.

Teoría del poder: para que se utilice el poder como medio de comunicación debe ser capaz de explicar cómo es posible que ocurra en la vida social.

Poder: es la capacidad de un individuo o grupo para llevar a la práctica su voluntad, incluso a pesar de la resistencia de otros, se puede ejercer por medios físicos, psicológicos e intelectuales.

Poder del hombre sobre el hombre: es el poder político y puede expresarse de dos maneras: en favor del ser humano individual o socialmente considerado o en favor del ente abstracto e impersonal, que es el estado mismo.

Violencia física:

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