Constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Enviado por DRACKZAR • 8 de Junio de 2023 • Monografía • 2.233 Palabras (9 Páginas) • 75 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA [pic 1][pic 2]
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y
ADMINISTRATIVAS ESCUELA ACADÉMICO
PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
[pic 3]
Curso: Contabilidad Intermedia
Docente: Doris Isabel, Ruiz Salazar de Alcalde
Tema: Constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Ciclo: III
Estudiantes:
Culqui Cubas, Jeanpierre Alexander
Gutiérrez Diaz, Pablo Leonardo
Guevara López, Sherlin Yoceli
Horna Rojas, Diana Alcira
Vásquez Cueva, Greysi Mariceli
Cajamarca,20 de mayo de 2023
Parte Tributaria
LIBROS QUE LA EMPRESA ModaStyle E.I.R.L. VA A LLEVAR
Régimen Especial de impuesto a la Renta.
El Régimen Especial de Renta – RER está orientado a pequeñas empresas (Persona Natural o Jurídica) que realicen actividades de comercialización de bienes que adquieran o produzcan, así como la prestación de servicios cuyos ingresos netos anuales o compras no superen los S/ 525,000.
Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:
- Sólo llevas dos registros contables: Registro de compras y Registro de ventas.
- Sólo presentarás las declaraciones mensuales.
- Puedes emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
Exclusiones
Si realizas estas actividades, no podrás acogerte al RER:
- Contratos de construcción.
- Transporte de mercancías en vehículos con capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas.
- Servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
- Actividades de médicos y odontólogos, veterinarias, jurídicas e ingeniería.
Según el Régimen Especial de Impuesto a la Renta a la cual pertenece la empresa ModaStyle E.I.R.L. obliga a llevar el libro de compras y libro de ventas, pero no nos limita a llevar otros libros, es por eso que implementaremos el Kardex, Inventario Inicial, Libro Diario Simplificado, que se adapten a nuestro giro de negocio.
En el Programa de Libros Electrónicos-PLE, los libros se generarán desde los sistemas de la empresa de acuerdo con un contador, y validado con el aplicativo de la SUNAT que permite generar un resumen de toda la información contable y obtener una constancia de recepción por parte de la SUNAT, respecto de cada libro.
Declararemos impuestos mensualmente ya que así lo establece el RER.
Emitiremos Boletas y Facturas.
Comprobantes de pago que usaremos
- Boletas y Facturas
Es un comprobante de pago emitido por las empresas y los pequeños negocios, cuando venden bienes o servicios a consumidores o usuarios finales.
Pasos
- Ingresar a la aplicación de SUNAT e ingresar con el RUC de la empresa y con la clave SOL. Portal Sol. https://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfesimpopciones/FESimpSunat.htm
- Agregar los datos del cliente para emitir la boleta o factura
- Agregar los detalles de los bienes y fecha de emisión, seleccionar el tipo de moneda, en este caso soles, agregar su DNI.
- Revisar la vista preliminar de la boleta o factura para evitar errores.
- Imprimir comprobante de ser necesario.
Crédito Fiscal
El único comprobante de pago que nos otorga derecho de crédito fiscal es la factura. El crédito fiscal es el Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados. Solo se le otorga derecho a crédito fiscal a las operaciones que cumplan con los siguientes requisitos:
- Sean permitidos como gasto o costo de la empresa.
- Se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto.
- El IGV debe estar consignado por separado en el comprobante de pago.
- Los comprobantes deben consignar el nombre y número del RUC del emisor, este debe estar ACTIVO y HABIDO.
- Los comprobantes de pago hayan sido anotados en el Registro de Compras (debe estar legalizado antes de su uso).
IGV Justo
El IGV Justo es un beneficio que permite a las empresas con ventas anuales de hasta 1,700 UIT, prorrogar el pago del IGV hasta por tres meses bajo condiciones establecidas.
IMPUESTOS QUE ESTAMOS OBLIGADOS A PAGAR
Texto Único Ordenado de la Ley de Impuesto a la Renta
DECRETO SUPREMO N° 179 – 2004 - EF
Impuesto a la Renta: El impuesto a la renta grava todos los ingresos que se perciban, por toda ganancia se debe pagar impuesto, pero no todos pagan el mismo impuesto, por eso hay varias formas de impuesto.
Hay cinco tipos de renta: Renta de primera categoría, renta de segunda categoría, renta de tercera categoría, renta de cuarta categoría y renta de quinta categoría. La empresa ModaStyle E.I.R.L. pertenece a la tercera categoría
- Renta Empresarial:
1.1. Tercera Categoría: A esta categoría pertenecen todas las personas naturales y jurídicas que perciben ingresos por la realización de actividades empresariales como librerías, bodega, entre otros.
Nuestra empresa ModaStyle al pertenecer al Régimen Especial de impuesto a la Renta (RER) y pertenecer a la tercera categoría, esta empresa solo está obligada a pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto a la Renta: Según la ley de impuesto a la renta, al no superar los S/.525, 000. Pagaremos el 1.5% de ingresos netos mensuales
- Impuesto General de las Ventas (mensual): Deberemos pagar el 18% de nuestros ingresos mensuales.
La empresa ModaStyle hará las siguientes reservas:
- Reserva Legal
La Reserva Legal representa aquella proporción de los beneficios no distribuidos que se destina a garantizar el cumplimiento de futuras obligaciones.
Esta reserva legal pertenece así a los fondos propios de la empresa y se utilizará a su vez para responder a los pagos eventuales que puedan producirse en el futuro. Se integran en el estado de situación financiera de la empresa y se reflejan en la cuenta 58 del Plan Contable General Empresarial, constituyendo parte del patrimonio de dicha sociedad.
...