Contabilidad Financiera
Enviado por siul6991 • 6 de Marzo de 2015 • 2.107 Palabras (9 Páginas) • 202 Visitas
2.- Clasificación de los bienes
Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por si mismos, ya por defecto de una fuerza exterior. Son bienes muebles por determinación de la ley las obligaciones y los derechos o acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles en virtud de acción personal.
Por otra parte son bienes inmuebles a contrario sensu, aquellos que no pueden ser movidos o trasladados por que se alteraría su naturaleza y esencia.
Los bienes fungibles son los que pueden ser remplazados por otros de la misma especie y calidad. Los no fungibles son aquellos que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie, cantidad y calidad.
3.- La propiedad y sus elementos
Jurídicamente a la propiedad la podemos definir como: el derecho que una persona tiene y puede ejercer sobre una cosa para usarla, disfrutarla y disponer de ella.
La propiedad, de acuerdo al artículo 831 del Código Civil Federal, no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización correspondiente y de acuerdo con la ley.
La propiedad de un bien se puede adquirir por muy diversas formas que la propia legislación Civil autoriza y regula, destaca la enajenación, la cual se refiere a que el propietario del bien transmite el dominio y propiedad del mismo a otra persona.
Otra forma de poder adquirir una propiedad puede ser por precepción adquisitiva, que es hacerse propietario de un bien reuniendo los requisitos que la ley exige. Otra manera de adquirir un bien es por medio de la herencia atreves de un testamento.
Capitulo sexto
Las obligaciones
1.- concepto
Se define la obligación jurídica como la que tiene que cumplir el deudor o sujeto pasivo de la relación para con el acreedor, o sujeto activo, pudiendo consistir en una presentación de dar, hacer o no hacer.
2.- Elementos de la obligación
Los elementos de la obligación son: la relación jurídica, los sujetos y el objeto.
La relación jurídica generalmente se lleva a cabo por medio de contratos, que son acuerdos de voluntades entre las partes con la finalidad de crear o transmitir derechos y obligaciones.
Los sujetos de la obligación son, por una parte, el sujeto pasivo o deudor, quien se obliga a cumplir con la prestación pactada, y por la otra del sujeto activo o acreedor es quien tiene el derecho de exigir al deudor el cumplimiento de la prestación.
El objeto puede ser una cantidad de dinero, un bien o un derecho. Cuando el objeto de la obligación es de hacer, se refiere a que el sujeto pasivo o deudor debe cumplir con su acreedor haciendo algo, realizando un acto o actividad en su favor.
3.- Fuentes de las obligaciones
La fuente de las obligaciones es la que da a entender de donde tienen su origen o su creación. Dichas fuentes son: la ley, los contratos, los delitos y la declaración unilateral de la voluntad, pues por medio de cada uno de ellas, se crean o generan obligaciones en las personas, las cuales deberían cumplir por voluntad propia.
La ley es una norma jurídica emanada o creada por el poder legislativo, con las características de ser general, abstracta y obligatoria.
Los contratos son la fuente más abundante cuantitativamente hablando, de las obligaciones ya que por medio del acuerdo de voluntades, los contratantes se imponen entre sí.
Los delitos que son materia de estudio del derecho penal, al producirse, crean obligaciones en el derecho civil, pues al realizarse la comisión de un delito, se lleva un daño a la víctima y nace la obligación civil de reparar el daño causado, amén de las sanciones penales a que se haga acreedor el delincuente.
La declaración unilateral de la voluntad es también fuente creadora de las obligaciones civiles.
4.- Clases de obligaciones
Obligaciones puras y condicionales, las obligaciones puras son aquellas que su cumplimiento no está sujeto a que se presente determinado plazo o condición. Esto se refiere a que las partes obligadas se entregan o cumplen con las prestaciones pactadas.
Las obligaciones condicionales son aquellas cuya existencia o resolución dependen de un acontecimiento futuro o incierto de acuerdo a lo establecido por el artículo 1938 de la legislación civil federal, por lo que el cumplimiento de una obligación puede estar sujeta a una condición suspensiva o a una resolutoria.
5.- Efectos jurídicos de las obligaciones
Los efectos de las obligaciones son las consecuencias jurídicas que nacen de la misma, consiste en la necesidad de que se cumpla la obligación ya sea voluntaria mente o a través de los medios jurídicos que otorga la ley. El efecto se traduce en la ejecución de obligación.
La obligación solo se produce efectos entre las partes y sus sucesores, se treta de una forma aplicable a toda especie obligacional. La obligación produce sus efectos jurídicos directos entre las partes sustanciales (acreedor y deudor), o sea, entre los titulares de la relación jurídica, y no perjudique a tercero.
6.- Transmisión de las obligaciones
En una relación jurídica contractual, existe un acreedor, por una parte y un deudor por la otra, tanto el titular del crédito como el obligado a cumplir la prestación, pueden legalmente transmitir a un tercero su derecho antes de ejercerlo o su obligación antes de pagarla.
la cesión de derechos es la que comprende todos los derechos accesorios como la hipoteca, la finanza, prenda o privilegio, así como los intereses vencidos también se presume fueron cedidos con el crédito principal.
Cesión de deudas, es la sustitución de un deudor por otro en una relación jurídica, así mismo se presume que el acreedor consiste en la sustitución del deudor cuando permite que el sustituto ejecute actos que debería ejecutar el deudor como pago de intereses, pagos parciales, siempre que lo haga a nombre propio y no por cuenta del deudor primitivo.
7.- Formas de extinguir las obligaciones
Cuando una obligación es creada en virtud de una relación jurídica contractual, o de la imposición de una ley o por cualquier otra figura jurídica permitida por dispositivo legal, tiende a producir sus efectos a consecuencias de derecho, es decir, su pago o cumplimiento, y como consecuencia inmediata a extinguirse.
El pago, es la figura jurídica es la forma más común de liquidar las obligaciones, como se define en el artículo 2062 del código civil federal: “Pago o cumplimiento es la entrega de la cosa o cantidad debida o la prestación del servicio que se hubiere prometido”.
Compensación:
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