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Contrato De Arrendamiento


Enviado por   •  18 de Febrero de 2013  •  1.492 Palabras (6 Páginas)  •  277 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA

En la ciudad de Guadalajara de Buga Valle, hoy cuatro (04) de septiembre de 2010, entre los suscritos JORGE ANDRES mayor de edad, vecino de Buga, identificado con la Cedula de ciudadanía No. de Buga, y el señor JAIRO ALBERTO mayor de edad, vecino de Buga e identificada con cedula de ciudadanía No. de Buga, en calidad de arrendatario Y coarrendatario respectivamente por una parte y CARLOS mayor de edad, vecino de Buga e identificado con cedula de ciudadanía No. de Itagüi, en adelante llamado ARRENDADOR, por otra parte acuerdan celebrar el presente contrato de arrendamiento del inmueble regido por las siguientes cláusulas:

PRIMERO: Los arrendatarios responden solidariamente por todas las obligaciones que como tales les corresponde, no solo por el termino principal sino durante la vigencia de las prorrogas tácitas, pactadas por uno de ellos o por todos hasta la fecha de restitución del inmueble.

SEGUNDO: El inmueble objeto de este contrato se encuentra ubicado en la Carrera 12 No. 20-50 de esta ciudad Barrio Mayor, el cual consta de los servicios básicos como agua, energía, etc. El termino de duración de este contrato será de un (1) año contado a partir de hoy cuatro (04) de septiembre de 2010, vencido el cual si ninguno de las partes ha avisado a la otra por escrito con treinta días de antelación su intención de darlo por terminado se entenderá prorrogado por el mismo termino de duración de este contrato.

PARAGRAFO PRIMERO: Si los arrendatarios desocuparen el inmueble antes del vencimiento del termino de la prorroga vigente, pagara al arrendador el valor de dos (02) canon o rentas mensuales a titulo de desastre e indemnización por el incumplimiento del contrato sin perjuicio de las demás obligaciones correlativas a su cargo

TERCERO: El canon o precio mensual del arrendamiento será de TRECIENTOS CESENTA MIL PESOS M/CTE (360.000.ºº) suma que el arrendador se obliga a pagar por cada mes calendario anticipado dentro de los cinco (05) primeros días de cada mes a la orden del arrendador durante la vigencia del presente contrato, sus prorrogas tácitas o renovaciones expresas.

PARAGRAFO PRIMERO: La mera tolerancia de la parte arrendadora en aceptar el pago del precio con posterioridad a los cinco (05) primeros días de cada periodo contractual no se entenderá con ánimo de modificar la cláusula anterior.

CUARTO: El inmueble se destinara exclusivamente para vivienda urbana. Esta prohibido guardar sustancias explosivas o perjudiciales para la conservación, seguridad e higiene del inmueble, así como la fabricación, venta y consumo de sustancias alucinógenas o psicotrópicas.

QUINTO: El arrendatario no subarrendara el inmueble, ni todo o en parte, ni ceder este contrato a ningún titulo.

SEXTO: El arrendatario declara haber recibido el inmueble a su satisfacción, ninguna mejora podrá ser hecha sin la venia escrita del arrendador. Hecha sin ella acrecerá el inmueble sin perjuicio a que el arrendador pueda exigir su retiro. En ningún caso tendrán los arrendatarios derechos de retención sobre el inmueble por razón de mejoras, ni derecho de indemnización alguna. Están los arrendatarios obligados a efectuar en el inmueble las reparaciones locativas que les corresponden por ley, tales como: La integridad de las paredes – techos- pavimentos y cañerías – arreglo de goteras – llaves de agua – servicios sanitarios – reposición de vidrios rotos – conservación de llaves – cerraduras de las puertas e instalaciones eléctricas, etc.

SEPTIMO: Todos los servicios públicos Municipales con los que goza el inmueble, tales como el agua -Energía y Teléfono corren por cuenta del arrendatario, el no pago de estos servicios serán causales para terminar este contrato renunciando a requerimientos privados y judiciales y se declaran deudores de toda suma que pague el arrendador por esta causa.

PARAGRAFO PRIMERO: La parte arrendataria se servirá enviar copia de los recibos de los servicios señalados correspondientes al mes anterior al momento de cancelar el respectivo canon de arrendamiento. La parte arrendadora podrá abstenerse de recibir el canon de arrendamiento cuando la parte arrendadora no presente los recibos señalados, constituyéndose además el incumplimiento del presente contrato por la parte arrendataria.

PARAGRAFO SEGUNDO: La parte arrendataria se obliga a la reparación respectiva sin que la parte arrendadora asuma responsabilidad por las diferencias en tales servicios. El inmueble no se recibirá por el arrendador mientras no se presente un certificado de paz

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