Contrato Servicios
Enviado por propet • 25 de Julio de 2012 • 2.697 Palabras (11 Páginas) • 879 Visitas
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN TLAXCALA, (EN LO SUCESIVO “EL CLIENTE”), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. BERNARDINO ROMERO JIMENEZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA CONSULTORIA GAVAGE, S.C., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA C. MA. TERESA DEL ROCIO GARCIA PEREZ (EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR”), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “EL CLIENTE”:
I.1 Que es un Partido Político con personalidad jurídica y patrimonio propio, legalmente constituido de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos del Título Segundo del Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales vigente; y que cuenta con registro definitivo, según consta en los Archivos del Instituto Federal Electoral.
I.2 Que BERNARDINO ROMERO JIMENEZ, tiene las facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente contrato en nombre y representación del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, mismas que a la fecha no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna, según lo dispuesto en la Escritura Pública Número Ciento siete mil cuatrocientos sesenta y cinco, de fecha 9 de Junio del año dos mil once, otorgada ante la fe del Licenciado Alfonso Zermeño Infante, Titular de la Notaria Número Cinco del Distrito Federal.
I.3 Que el COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, tiene establecido su domicilio Fiscal en Av. Coyoacán No. 1546, Colonia del Valle, C.P. 03100, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal.
I.4 Que es contribuyente de acuerdo con el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y que para el pago de impuestos, así como para el cumplimiento de las obligaciones que marcan las distintas leyes fiscales, cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes Clave PAN400301JR5.
I.5 Que manifiesta su voluntad de contratar los servicios que presta CONSULTORIA GAVAGE, S.C., de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
I.6 Que cuenta con los recursos materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de los compromisos derivados del presente contrato.
II. Declara “EL PRESTADOR”:
II.1 Que es una persona moral con capacidad suficiente para obligarse en la forma y términos aquí convenidos.
II.2 Que MA. TERESA DEL ROCIO GARCIA PEREZ, tiene las facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente contrato en nombre y representación de CONSULTORIA GAVAGE, S.C., mismas que a la fecha, no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna, según lo dispuesto en la Escritura Pública VOLUMEN CENTESIMO OCTAGESIMO PRIMERO INSTRUMENTO NUMERO CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS. SIENDO LA NOTARIA PUBLICA NUMERO SIETE DE LA CIUDAD DE PUEBLA.
II.3 Que para el pago de impuestos, así como para el cumplimiento de las obligaciones que le marcan las distintas leyes fiscales, está debidamente dado de alta en Registro Federal de Contribuyentes bajo el número RFC CGA040108598.
II.4 Que señala su domicilio para los efectos de este contrato, el ubicado en la LOTE 62 MANZANA 1 COL. AURIS CHICOLOAPAN EN EL ESTADO DE MEXICO C.P. 56377.
II.5 Que dentro de sus actividades cuenta con los recursos materiales y humanos para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de éste contrato.
III. Declaran “AMBAS PARTES”:
III.1 Que el presente contrato no contiene cláusula alguna contraria a la ley, a la moral o a las buenas costumbres y que para su suscripción, no media coacción alguna, en tal virtud, carece de dolo, error, mala fe o cualquier vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte la validez del mismo.
III.2 Que vistas las anteriores declaraciones y una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad con que comparece cada una de las partes, es su voluntad celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO. “EL PRESTADOR” se obliga a llevar a cabo el servicio de renta y colocación de espectaculares a favor del CANDIDATO A DIPUTADO FEDERAL POR EL DISTRITO I HUMBERTO ALBA LAGUNAS, “EL CLIENTE”.
SEGUNDA. ALCANCE. El alcance de la prestación del servicio consistirá en lo que a continuación se describe:
CANT. DESCRIPCION P. UNITARIO IMPORTE
1
1
2
1
Espectacular de 9.80x4.90 de 48.02 m2a favor de Humberto Alba L. y Josefina Vázquez M.
Espectacular de 9.50x4.10 de 38.95 m2 a favor de Humberto Alba L. y Josefina Vázquez M.
Espectacular de 9.76x4.56 de 44.50 m2 a favor de Humberto Alba L. y Josefina Vázquez M.
Espectacular de 9.80x4.90 de 48.02 m2 a favor de Humberto Alba L. y Josefina Vázquez M. $5,042.10
$4,089.75
$4,672.50
$5,042.10
$5,042.10
$4,089.75
$9,345.00
$5,042.10
SUBTOTAL $ 23,518.95
I.V.A. 16% $ 3,763.03
GRAN TOTAL $ 27,281.98
TERCERA. LUGAR Y FECHA. La realización del servicio se llevará a cabo en el periodo comprendido en el mes de Abril a Junio del 2012.
CUARTA. CONTRAPRESTACIÓN. Como contraprestación por los servicios prestados conforme a las cláusulas Primera y Segunda, las partes acuerdan se realice un pago total por la cantidad de $27,281.98 (VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 98/100 M.N.) I.V.A. INCLUIDO.
QUINTA. FORMA DE PAGO. El monto a que se refiere la cláusula anterior será cubierto por “EL CLIENTE” a “EL PRESTADOR” en una sola exhibición, contra entrega de la factura equivalente, misma que se pagará a los 15 días siguientes de que sea revisada y autorizada por el área respectiva.
SEXTA. LUGAR DE PAGO. El pago se efectuará en las oficinas administrativas del COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, ubicadas en Av. Independencia Núm 55, Col. San Isidro, Tlaxcala, Tlax.,, contra la presentación y entrega de la o las facturas o recibos respectivos, que deberán contener todos los requisitos fiscales de ley, por lo que el incumplimiento de esta formalidad exime a “EL CLIENTE” de cualquier responsabilidad que se pueda originar por la falta de pago.
SEPTIMA. VIGENCIA. Las partes pactan que la vigencia del presente contrato surte efectos a partir de la fecha de su formalización y hasta
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