Contrato mercantil ¿Que son los contratos mercantiles y por que aludimos mucho a ellos?
Enviado por Blanca Isela pulido figueroa • 23 de Febrero de 2025 • Tarea • 2.861 Palabras (12 Páginas) • 43 Visitas
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CONTRATO MERCATIL
ENTREGABLE 1
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INDICE
Indice 1
Introducciòn 2
Desarrollo del contrato 3
Declaraciones ………………………………………………………………………………………..………… 3
Cláusulas ……………………………………………………………………………………………………….…4
Conclusión……………………………………………………………………………………………………………………8
Bibliografía……………………………………………………………………………………………………………………9
INTRODUCCIÒN
En el presente proyecto trabajaremos con los contratos mercantiles, mediante la realización de un contrato con el objetivo de diferenciar los diferentes contratos mercantiles que tenemos dentro de nuestro sistema jurídico, sus fuentes , su forma , sus elementos , características y efectos, además de analizar su estructura , lo que nos ayudara a poder desarrollar el análisis y pensamiento , así como a reafirmar los conceptos aprendidos dentro de la teoría en el aula virtual, llevándolo a la práctica.
Para introducirnos más al tema, diremos que, en el sistema económico actual, los contratos mercantiles juegan un papel importante, ya que fungen como instrumento entre la mayoría de las transacciones, principalmente entre particulares, otorgando certidumbre a todos los procesos de actos jurídicos, que en el día a día se llevan a cabo.
Imagínate que dentro de las tantas transacciones que se generan en las distintas industrias y servicios comercios, no existiera algo que las regule, la incertidumbre sería muy grande y no tendríamos seguridad. Es por ello por lo que los contratos mercantiles nos ofrecen esta seguridad y constituyen un acto muy poderoso, a tal grado que son utilizados por el mismo estado.
¿Pero que son los contratos mercantiles y por que aludimos mucho a ellos?
Según el artículo 1793 del Código Civil para el Distrito Federal, lo define como el convenio o un acuerdo entre dos voluntades que transfiere derechos y obligaciones, un acuerdo entre dos o más voluntades de naturaleza mercantil. Los contratos mercantiles se diferencian de los civiles por la presencia de un comerciante en alguna de sus dos partes y son contenidos en el Código de comercio.
¿Como se clasifican? Dentro de los contratos mercantiles existen varios tipos entre ellos;
- Contrato de compraventa. – Es el principal y se realiza con mayor frecuencia en todos los ámbitos y es cuando se trasmite una propiedad, cosa, documentos u otros bienes.
- Contrato de comisión. Es cuando el comisionista se obliga a ejecutar por cuenta de otra persona el comitente, los actos concretos del comercio.
- Contrato de transporte.es cuando un porteador se obliga a trasladar cosas o personas.
- Arrendamiento financiero. Cuando una arrendadora financiera obliga a adquirir bienes .
- Asociación en participación. Una persona concede a otras que le aportan bienes.
- Contrato de Fianza. Una persona llamada fiador se compromete con el acreedor a pagar por el deudor.
- Contrato de Seguro. Es cuando una aseguradora se obliga a resarcir el daño o pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad del contrato.
- Fideicomiso. Se destina ciertos bienes a un fin licito encomendado a una institución Fiduciaria.
Los anteriores son algunos de ellos, como podemos ver son muchos los contratos que se realizan dentro del comercio, pero yo tratare uno mas común el cual es: el préstamo Mercantil, el cual se obliga a transferir la propiedad, una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad. A continuación, desarrollare uno en referencia a un préstamo de dinero.
CONTRATO DE PRESTAMO MERCANTIL
En la ciudad de México, siendo las dieciséis horas del día 8 de octubre de dos mil veintitrés en un acuerdo de voluntades celebran el presente contrato, por una parte se presenta el señor MAURO PATRICIO CABALLERO GONZALEZ, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUANTE”; y por otra parte se presenta el señor MARCELO RODRIGUEZ PERALES, quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUARIO “,ante lo cual y aclarando en este acto que a “EL MUTUANTE” Y A “EL MUTUARIO”, en su conjunto se les denominara “LAS PARTES”, personas cuyas firmas aparecen al final del presente contrato y quienes de conformidad y al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.
D E C L A R A C I O N E S
I.-Declara “EL MUTUARIO” bajo protesta de decir verdad:
- Celebra el presente contrato por su propio derecho.
- Ser persona física, mayor de edad con nacionalidad mexicana, la cual se sustenta con la identificación expedida por el Instituto Nacional Electoral con clave de elector ROPEMO922386H70087 registrada en el año 1991.
- Que cuenta con las facultades necesarias para suscribir y obligarse en los términos del presente Contrato.
- Se identifica, además mediante el RFC ROPMO922386Q12 y CURP ROPM0922386NBJU602.
- Que su domicilio para efectos legales, para oír y recibir todo tipo de notificaciones del presente contrato se ubica en calle Isidro Fabela número 124, colonia Jacarandas C.P. 09280, alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México,
- Que sus medios de contacto son el correo: marope@hotmail.com y número telefónico 55-76-87-09-34.
II.- Declara “EL MUTUANTE” bajo protesta de decir verdad:
- Celebra el presente contrato por su propio derecho.
- Ser persona física, mayor de edad con nacionalidad mexicana, la cual se sustenta con la identificación expedida por el Instituto Nacional Electoral con clave de elector CAGOMP250978H45432 registrada en el año 1990.
- Que cuenta con las facultades necesarias para suscribir y obligarse en los términos del presente Contrato.
- Se identifica, además mediante el RFC CAGM250978M18 y CURP CAGM250978HBNMIL09.
- Que su domicilio para efectos legales, para oír y recibir todo tipo de notificaciones del presente contrato se ubica en calle Samuel Gompers número 18, colonia Jacarandas C.P. 09280, alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México,
- Que sus medios de contacto son el correo: cabmau.87@gmail.com y número telefónico 55-92-34-25-32.
III.- Ambas partes quedan conformes y aceptan su personalidad de forma mutua, quedando conformes en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clausulas.
CLÁSULAS
ANTECEDENTES
- PRIMERA. – El “MUTUANTE” demuestra que es dueño de la suma pactada en el presente contrato, la cual equivale a $1,500,000.00 (un millón, quinientos mil pesos mexicanos).
- SEGUNDA. - El “MUTUANTE” deja constancia de que el dinero de su propiedad es licito y se encuentra en el banco Santander con el número de cuenta Nª 679034216.
OBJETO
- TERCERA. -En el presente contrato “EL MUTUANTE” se obliga a extender al “MUTUARIO “la cantidad pactada, en los términos establecidos en la cláusula siguiente del presente contrato.
PRESTAMO
- CUARTA. - El “MUTUANTE” da en préstamo al “MUTUARIO” la suma $1,500,000.00 (un millón quinientos mil pesos mexicanos, el cual es cancelable hasta la liquidación total del mismo.
- QUINTA. La cantidad correspondiente a este préstamo será utilizada para actos de comercio acordes a la actividad comercial del “MUTUARIO”.
- SEXTA. - La forma de pago se deber realizar por cuotas mensuales el domicilio del “MUTUANTE”, establecido el presente contrato.
PLAZO DEL CONTRATO
- SEPTIMA. - El “MUTUARIO” se obliga a pagar al “MUTUANTE” durante un plazo de más tardar de dos años, los cuales se comienzan a contar a partir de la firma del presente contrato con fecha ocho de octubre del dos mil veintitrés y con termino el ocho de octubre del dos mil veinticinco.
OBLIGACIONES
- OCTAVA. – El “MUTUANTE” se obliga a entregar el dinero prestado en la fecha en que se suscribe el presente documento y de las firmas puestas de las partes interesadas en dicho documento.
- NOVENA. - El “MUTUARIO” se obliga a pagar una fianza que garantice la recuperación del objeto, deberá presentar la póliza a la firma del presente contrato.
- DECIMA. - El “MUTUARIO” se obliga a pagar el dinero prestado en la fecha de suscripción de este documento, sin más constancia de las firmas de las partes puestas en él, además de los testigos presentes durante su firma. Esta obligación se verifica con la entrega física del dinero.
- DECIMA PRIMERA. - El “MUTUARIO” se obliga a pagar el monto de la cantidad pactada cada mes, la cual se suscribe en la siguiente cláusula del presente documento.
- DECIMA SEGUNDA. – El “MUTUARIO” se obliga a pagar la cantidad mensual de $62,500.00(sesenta y dos mil quinientos pesos mexicanos), más los intereses generados al mes vencido enunciados en la cláusula siguiente.
- DECIMA TERCERA. - El “MUTUARIO” se obliga a pagar el diez por ciento mensual de la cantidad que se deba al momento del pago, ya que, al abonar a capital, el monto será variable.
- DECIMA CUARTA. - El “MUTUARIO” pagará el dos por ciento de interés adicional por recargos a la demora en los primeros dos días vencidos de la fecha estipulada como días de pago en la cláusula siguiente del presente contrato, generando el mismo interés adicional por cada dos días de vencimiento.
- DECIMA QUINTA. El “MUTUARIO” se obliga a pagar la mensualidad de la deuda mes con mes los días ocho de cada mes la cantidad pactada en la cláusula decima primera, más los intereses establecidos en la cláusula decima segunda y en su caso los intereses por demora en la cláusula decima tercera, de acuerdo con la demora existente.
- DECIMA SEXTA. -El “MUTUARIO” podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si paga la totalidad del capital en préstamo, antes del plazo estipulado.
- DECIMA SEPTIMA. – “El “MUTUARIO” Se obliga a ser la única persona autorizada a pagar el préstamo a favor de él, sin la intervención de un tercero.
- DECIMA OCTAVA. -El “MUTUARIO” se obliga a firmar una letra de cambio, por mes por el monto pactado en el presente documento en el cual se estipulará el abono al capital de la deuda y el pago de intereses del mes.
- DECIMA NOVENA. - El “MUTUARIO” no podrá dar por concluido sin considerar el interés vencido en el tiempo establecido.
- VEITEVA - El presente préstamo deberá cancelarse en pesos mexicanos. No se acepta pagos en especie bajo ningún motivo ni circunstancia.
- VEITEAVA PRIMERA. – El “MUTUANTE” podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si El “MUTUARIO” falta al exacto cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contra falta, a cualquiera de las obligaciones contraídas.
- VEITEAVA SEGUNDA. En caso de una situación fortuita o de causa de fuerza mayor, que genere una incapacidad del ejercicio la obligación pasaría a la cónyuge, cuyo nombre se suscribe como ANA CRISTINA MEDINA SOTO, la cual cuenta con las facultades necesarias para suscribir y obligarse en los términos del presente contrato, quien en este acto quien podrá oír y recibir notificaciones en su domicilio calle Isidro Fabela número 124, colonia Jacarandas C.P. 09280, alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México. Y que adicionalmente se pre como persona física, mayor de edad con nacionalidad mexicana, que se sustenta con la identificación expedida por el Instituto Nacional Electoral con clave de elector MESACR020889NNH45432 registrada en el año 1990.
- VEITEAVA TERCERA. - El presente contrato surtirá efectos a partir del momento en que sea firmado.
- VEITEAVA CUARTA. - Las partes convienen someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando al fuero que por razón de su domicilio actual o posterior les corresponda, para el efecto de interpretar y dar cumplimiento al presente contrato.
- VEITEAVA QUINTA, - En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por la normas y sistemas jurídicos aplicables.
Una vez leído el contenido, del presente contrato, las partes estando conformes con sus alcances, lo firman en la Ciudad de México: a los ocho días del mes de otubre del dos mil veintitrés.
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