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Contratos a sueldo


Enviado por   •  29 de Agosto de 2012  •  Informe  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  740 Visitas

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Contratos a sueldo, jornal, en participación y mixtos

Contrato de Trabajo a Sueldo.- No hay expresas disposiciones sobre el trabajo a sueldo y por lo tanto debemos referirnos a la costumbre por lo que generalmente el sueldo se fija por un mes.

El sueldo corresponde percibir al empleado privado o al empleado público en contraposición al salario que es el que le corresponde al obrero.

Hay facultad de estipular libremente los sueldos, pero en ningún caso menor al mínimo vital.

"... El sueldo, por meses, sin suprimir los días no laborables". (Final del Inc. 2do. del Art. 79 del Código del Trabajo).

En el Código del Trabajo se considera sueldo o salario como de idéntico significado.

Contrato de Trabajo a Salario.- "Es una forma de contrato en el que se estipula la remuneración a base de la consideración del tiempo de un día de labor, o de estar el trabajador a disposición del patrono. No se toma como base para el pago la cantidad ce obra realizada o la intensidad o categoría del servicio", (Dr., Aníbal Guzmán Lara).

Servicio es el estipendio que paga el empleador al obrero en virtud del contrato de trabajo; y sueldo, la remuneración qué por igual concepto corresponde a empleado.

El salario se paga por jornadas de labor y en tal caso se llama jornal; por unidades de obra o por tareas. El sueldo, por meses, sin suprimir los días no laborables", (Art. 79 del código del Trabajo).

Contrato de Trabajo en Participación.- Es una modalidad de contrato que torna corno base la remuneración que el trabajador debe percibir en parte de las utilidades del patrono como pago de su trabajo o servicio, siendo por tanto esta participación reemplaza al sueldo o salario que le corresponde al trabajador. Puede darse el caso de que e pago del contrato de trabajo en participación resulte incierto, para el caso de no percibir nada por haberse producido pérdidas, pero por el principio de que nadie está obligado a trabajar en forma gratuita, el trabajador, tendría derecho a percibir el salario mínimo vital corno remuneración.

Contrato en participación es aquel en que el trabajador tiene parte en las utilidades de los negocios del empleador, como remuneración de su trabajo". (inc. 2do. del Art. 13 del Código del Trabajo).

Contrato de Trabajo con Remuneración Mixta.- En esta clase de contratos una parte del pago al trabajador se realiza en dinero en una cantidad fija y determinada recibiendo también otra parte, otra cantidad de dinero variable, que depende de I as ganancias patronales, es decir en forma mixta, ya que participa del contrato a sueldo o jornal y del contrato en participación de los beneficios del empleador.

La remuneración es mixta cuando, además del sueldo o salario fijo, el trabajador en el producto del negocio del empleador, en concepto de retribución por si (Inc., 3° del Art. 13 del Código

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