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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO


Enviado por   •  4 de Mayo de 2013  •  Tesina  •  618 Palabras (3 Páginas)  •  381 Visitas

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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

DEL CONTADOR PÚBLICO

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Los principios que se detallan a continuación son de carácter general y determinan un

conjunto de que los Contadores Públicos deben observarlos rigurosamente.

1. INTEGRIDAD

El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral en el ejercicio

profesional. De él se espera: rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad en

toda circunstancia.

2. OBJETIVIDAD

Para el Contador Público, objetividad representa: imparcialidad, desinterés y

actuación si prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de su

actuación profesional.

3. INDEPENDENCIA

El Contador Público en el ejercicio profesional deberá tener y demostrar absoluta

independencia mental y de criterio con respecto a todo enteres que pudiera

considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, junto a los

cuales la independencia de criterio es esencial y concomitante.

4. COMPETENCIA Y CUIDADO PROFESIONAL

El Contador Público deberá contratar solamente trabajos para los cuales él o sus

asociados o colaboradores cuenten con la capacidad e idoneidad necesarias para que

los servicios comprometidos se realicen en forme eficaz y satisfactoriamente obligado

a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y

especialmente aquellos requeridos par el bien común y los imperativos de progreso

social y económico.

El Contador Público actuara con la intención, cuidado, diligencia de un profesional

responsable consigo mismo y con la sociedad, asumiendo siempre una

responsabilidad personal indelegable por los trabajos por él ejecutados o realizados

bajo su dirección.

5. CONFIDENCIALIDAD O SECRETO PROFESIONAL

El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional, no

revelando por ningún motivo los hechos o circunstancias de que tenga conocimiento

durante el curso de la presentación de sus servicios profesionales, a menos que exista

la obligación o el derecho legal o profesional para hacerlo.

6. OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS

El Contador Público debe realizar su trabajo cumpliendo las normas técnicas y

profesionales promulgadas por el Colegio de Contadores de Bolivia. En ausencia de

estas para algún caso específico deberá actuar de conformidad con las normas

técnicas y profesionales promulgadas por la Federación Internacional de Contadores

(IFAC). Además, deberá observar las instrucciones recibida de su cliente o delos

funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que estas sean

compatibles con los principios de

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